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Las condenas por violencia de género olvidan al menor

Un estudio del CGPJ sobre 45 sentencias revela que sólo en dos se inhabilitó al agresor para ejercer la patria potestad

PAULA DÍAZ

Las cifras de muertes por violencia de género son siempre una tragedia. Pero lo son todavía más si al asesinato de una mujer se une también el de sus hijos. En 2010 murieron cuatro menores por esta causa, según fuentes de Igualdad, y ya ha habido una víctima en lo que va de enero: el joven de 16 años a quien su padre presuntamente asesinó junto a su madre antes de suicidarse el jueves pasado en Torrecaballeros (Segovia).

Aun así, el último informe el Grupo de Expertos en Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que analiza 45 sentencias dictadas en casos de asesinatos y homicidios consumados en el ámbito de la pareja durante 2009, revela que en sólo dos ocasiones se inhabilitó al culpable para el ejercicio de la patria potestad, lo que supone un descenso de 6 puntos con respecto al estudio del año anterior.

Desde 2001, sólo se suspendió en dos casos el régimen de visitas a los hijos

'Es una tendencia preocupante que venimos observando desde hace tiempo. Aunque desconozco los datos concretos, la cifra es digna de estudio, porque revela que no le estemos prestando suficiente atención a los menores de estas parejas', señala Ángela Cerrillos, presidenta de la Asociación de Mujeres Juristas Themis.

Además, desde 2001, año en el que se comenzó a estudiar este tipo de datos, sólo se le suspendió el régimen de visitas a sus hijos a dos maltratadores: en 2006 y 2009. 'Hay que dedicar atención prioritaria a la vigilancia y a la supresión del régimen de visitas si reporta un peligro para el menor. Es algo fundamental', manifestó Cerrillos.

Algunos magistrados, sin embargo, ponen en duda las estadísticas. 'Esos datos hay que compararlos con las medidas cautelares que se dictan al año. En ellas sí se retira con frecuencia la patria potestad y se suspende el régimen de visitas. Si luego eso no se refleja en las sentencias, es que ha habido déficit de pruebas y ha fallado la acusación', replica José Luis Ramírez, portavoz de Jueces para la Democracia.

El Consejo de Ministros acordó el pasado noviembre la propuesta de la ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, Leire Pajín, de reformar el Código Civil para evitar que las personas que estén inmersas en una causa penal por maltrato y, a la vez, estén en proceso de separación o divorcio puedan tener la custodia individual de sus hijos.

La medida fue muy criticada por los jueces, que no son partidarios de hacer generalizaciones. 'El automatismo es bastante pernicioso porque no nos permite ver qué ocurre en cada caso. Y esa es nuestra misión: juzgar casos individuales', opina Ramírez. 'Además, son el ministerio fiscal y la policía los que luchan contra la violencia de género, no los jueces. Nuestra labor es ver quién lleva razón en un juicio y, para ello, tenemos que valorar a ambas partes en situación de igualdad', concluyó el portavoz.

Los hijos de la pareja fueron testigos en un 7% de los crímenes

Ángela Cerrillos está, en parte, de acuerdo. 'No se trata de endurecer las penas de forma generalizada, pero sí de estudiar cada caso y aplicar la ley de forma más rigurosa, sin ningún tipo de benevolencia', sentenció.

El estudio del CGPJ analiza sentencias dictadas por los tribunales del jurado y las audiencias provinciales de toda España. De ellas, 43 fueron condenatorias y en las otras dos 'concurría una circunstancia eximente completa de la responsabilidad criminal del acusado que derivó en internamientos psiquiátricos'.

Los datos incluyen no sólo sentencias dictadas por delitos de violencia de género, sino también de violencia doméstica. Sin embargo, la mayoría de los casos de homicidios y asesinatos en el ámbito de la pareja o ex pareja son de hombre hacia mujer (un 91%).

La pena de privación de libertad es la principal en estos casos y, al igual que las de supresión de patria potestad y régimen de visitas, también disminuyó en 2009. En concreto, los asesinos son condenados a una media de 17,72 años de prisión, lo que supone 'una disminución de algo más de un año de prisión de media respecto de las penas impuestas en 2008'.

Sólo en 14 de las 45 sentencias constaba la existencia de denuncias previas por parte de la víctima. A pesar de que ello supone un aumento de las denuncias con respecto a 2008, el informe pone de manifiesto que 'parte de la violencia contra las mujeres continúa sin ser denunciada'.

Además, el CGPJ denuncia que 'los datos continúan confirmando la apreciación, constatada en anteriores estudios, de que la advertencia o la materialización de la ruptura constituyen un factor de riesgo para las mujeres'.

'En las medidas cautelares sí actuamos', replica un juez

De hecho, en el 42% de los casos, la convivencia no había existido o había terminado y en cinco ocasiones la pareja estaba en proceso de separación o divorcio. La convivencia se mantenía en un 58% de los casos.

Gran parte de los sucesos fueron protagonizados por parejas de hecho (44%), seguidos por matrimonios (31%) y novios (16%). El 71% de las víctimas tenía hijos y en un 7% de las ocasiones, los descendientes fueron testigos directos de los hechos.

Por otro lado, el informe también 'desmitifica' la imagen del asesino que sólo actúa bajo el influjo del alcohol o las drogas: sólo en cuatro sentencias sirvió esa excusa como atenuante en la condena final.

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