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Referéndum Hacienda hace efectivo el bloqueo de todas las cuentas de la Generalitat de Catalunya

El BOE publica este jueves la orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública por la que se declara la no disponibilidad de créditos en el presupuesto de Catalunya para 2017.

El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, durante su intervención en la sesión de control al Gobierno, este miércoles en el Congreso de los Diputados. /EFE

EFE

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este jueves la orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública por la que se declara la no disponibilidad de créditos en el presupuesto de Catalunya para 2017.

El ministro Cristóbal Montoro firmó ayer esta orden, mediante la cual el Ejecutivo asume todo el control presupuestario de Catalunya, después de que se agotara el plazo de 48 horas dado al presidente catalán, Carles Puigdemont, para que la Generalitat aprobara un acuerdo de no disponibilidad presupuestaria.

Con la orden, se declara esa no disponibilidad de crédito en todas las aplicaciones presupuestarias correspondientes al sector público administrativo que no afecte a servicios fundamentales.

El mandato afecta al saldo de los créditos no comprometidos en las aplicaciones referidas a la fecha de comunicación de este acto y conllevará la emisión de los correspondientes certificados de retención de crédito que garanticen su cumplimiento.

La no disponibilidad alcanza asimismo a los créditos presupuestarios correspondientes a transferencias procedentes de la Administración General de la comunidad autónoma o de otras entidades del sector público administrativo.

De manera excepcional, Montoro, a solicitud del interventor general de Catalunya, podrá autorizar la revocación parcial del acuerdo de no disponibilidad y permitir contraer nuevos gastos, si se justifica la concurrencia de razones de "urgente y extraordinaria necesidad".

Requisitos para los bancos

Junto a la orden ministerial, se ha hecho llegar a los bancos unos modelos de los certificados que deben exigir para poder mover dinero de las cuentas de las que es titular la Generalitat catalana. En concreto, la entidades bancarias deberán pedir desde ahora dos certificado distintos.

Uno que debe estar cumplimentado por la Intervención General de Catalunya y validado por el Ministerio de Hacienda, en el que la Generalitat detalle qué tipo de pago básico quiere realizar, y otro destinado a proveedores, que tiene que ir acompañado de una declaración responsable de los mismos, garantizando que el dinero no se destina a actividades ilegales.

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