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Empleo El Constitucional deja la gestión de la ayuda a parados de larga duración a las autonomías

El tribunal anula el Real Decreto que establecía una ayuda a parados de larga duración de 426 euros porque invade competencias autonómicas, pero ello no supone anular el pago, sino cambiar de gestores.

La ministra de Empleo, Fátima Báñez, durante una intervención en el Congreso. | EMILIO NARANJO (EFE)

Público | AGENCIAS

El Tribunal Constitucional (TC) considera que deben ser los servicios de empleo de las comunidades autónomas quienes gestionen la ayuda de 426 euros para parados de larga duración —el conocido como Programa de Activación para el Empleo (PAE) —, según una sentencia que ha hecho pública este miércoles, y en la que anula, por tanto, los artículos del decreto del PAE que hacen referencia a la gestión por parte del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

En la citada sentencia, el TC afirma que la atribución que la normativa reguladora del PAE efectúa al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para que sea éste el encargado de ejercer las funciones de concesión y pago de esta ayuda económica deba considerarse como "inconstitucional y nula por corresponder a la competencia de los servicios de empleo de las comunidades autónomas".

El TC, que responde de esta forma al recurso planteado por el Gobierno vasco al entender que el PAE invadía competencias autonómicas, ya se pronunció de forma similar respecto al Plan Prepara el pasado verano. El PAE ya estaba en vías de desaparición para ser fusionado con otras ayudas para desempleados.

Esta sentencia se suma a la dictada el pasado verano también por el Constitucional y por el mismo motivo contra el plan Prepara, que establece una prestación de hasta 450 euros para parados de larga duración.

El PAE nació en 2014 en La Moncloa, fruto de un acuerdo entre el Gobierno y los agentes sociales y su última prórroga finaliza el próximo mes de abril.

El año pasado, el Congreso de los Diputados aprobó la prórroga y modificación del PAE para facilitar el acceso a un mayor número de desempleados, en torno a 210.000 personas más, según aseguró la ministra de Empleo, Fátima Báñez.

Entre otras cosas, se redujo de seis a un mes el plazo para solicitarlo tras haber agotado otras prestaciones, al tiempo que acortó de 360 a 270 días el plazo de inscripción como demandante de empleo, dentro de los 18 meses anteriores a la solicitud de incorporación.

El Ministerio de Empleo lleva meses trabajando con los interlocutores sociales en la mesa del plan de choque para el empleo, para revisar y unificar las distintas prestaciones para desempleados: Prepara, PAE y la renta activa de inserción (RAI).

El Gobierno quiere tener listo para mayo un modelo que simplifique los distintos programas, para darles coherencia, adecuarlos al marco competencial y a la doctrina del Constitucional, y mejorar la eficacia de la cobertura existente.

En el caso del Prepara, la sentencia del Constitucional tuvo lugar justo en un momento en el que el plan había dejado de prorrogarse de forma automática al bajar el nivel de paro del 18%.

Por ello, fue necesaria una autorización expresa de las comunidades autónomas para que no quedara sin efecto mientras Gobierno, patronal y sindicatos estudian el modo de fusionar todos los programas en uno sólo y hacerlo más efectivo.

El Prepara nació en 2011 bajo el nombre de Prodi y los requisitos para poder solicitarlo son llevar inscrito como demandante de empleo al menos 12 de los últimos 18 meses y carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores en cómputo mensual al 75% del Salario Mínimo Interprofesional.

Desde su puesta en marcha, con doce prórrogas, casi un millón de parados (952.000) han sido beneficiarios del Prepara.

La renta activa de inserción (RAI) es una prestación de 426 euros para parados de larga duración mayores de 45 años.

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