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Campaña IRPF Las deducciones que los contribuyentes suelen olvidar en la declaración de la renta

Desde este miércoles podrán presentarse por Internet y por vía telefónica los borradores del IRPF.

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Impresos en una oficina de la Agencia Tributaria. EFE

madrid, Actualizado:

La campaña de la Renta 2017 ya ha arrancado. Cada año, casi 20 millones de contribuyentes presentan su declaración incluyendo las rentas percibidas por el trabajo o las pensiones recibidas, pero además de estos conceptos, desde el sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda, Gestha, recuerdan que en la declaración pueden incluirse algunos gastos deducibles que los contribuyentes suelen olvidar y de los que podrían obtener beneficios.

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Planes de pensiones

Las aportaciones a planes de pensiones se han convertido en el beneficio fiscal estrella. Permiten rebajar la base imponible hasta 8.000 euros al año, siempre y cuando la aportación no supere más del 30% de los rendimientos del trabajo y de actividades económicas. Aunque si aporta otros 2500 euros en el plan de pensión de su pareja, puede reducirse su base imponible pero siempre que su cónyuge no obtenga rentas de trabajo o actividades económicas que superen los 8.000 euros.

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Cuestiones personales

El nacimiento de un nuevo miembro en la familia también es un aspecto a tener en cuenta al realizar la declaración de la renta. Por el primer hijo la reducción puede ascender a 2.400 euros, mientras que por cada hijo menor de tres años se incrementará a 2.800 euros anuales.

Otros de los aspectos relacionados con las situaciones personales que debe tener en cuenta al realizar al IRPF es la movilidad geográfica que exija un cambio de residencia habitual. El contribuyente puede ahorrarse 2.000 euros anuales, siempre y cuando antes de encontrar el trabajo esté inscrito en la oficina de desempleo.

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Las familias monoparentales con dos hijos pueden beneficicarse de una reducción. También las familias numerosas que cuenten con algún miembro que presente discapacidad pueden obtener este beneficio que será de 1.200 euros al año.

Alquiler vivienda habitual

El alquiler de vivienda habitual para todos aquellos que tengan contratos firmados con anterioridad al 1 de enero de 2015, que ya se hayan deducido antes por este concepto, y siempre que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales pueden deducirse el 10,05%.

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Pero además de la deducción estatal, algunas comunidades autónomas también tienen establecidas deducciones al alquiler con otros requisitos específicos, como Aragón, Andalucía, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia, Madrid y Comunidad Valenciana.
En el País Vasco existe una deducción de alquiler de vivienda habitual del 20%, con un límite de deducción de 1.600 euros anuales; si los contribuyentes tienen menos de 30 años o son familia numerosa la deducción pasa al 25%, con un límite de deducción de 2.000 euros anuales.

En Navarra, por su parte, la deducción es del 15%, con el máximo de 1.200 euros anuales, y del 20%, con el máximo de 1.500 euros anuales, si los contribuyentes tienen menos de 30 años o forman una unidad familiar monoparental.

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Adquisición de la vivienda habitual

Aquellos que compraron la vivienda habitual o que realizaron algún pago para su construcción antes del 1 de enero de 2013 -y siguen pagando hipoteca- pueden deducirse el 15% de lo pagado, situándose el límite de la cuota máxima de rebaja en 1.356 euros.

Pertenecer a partidos políticos y ONG

Las aportaciones a partidos políticos dan derecho a una deducción del 20% de las cuotas de afiliación. También son objetivo de reducción las cuotas sindicales y la afiliación a los colegios de abogados que sea obligatoria para trabajar.

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Pertenecer a una ONG también tiene ventaja fiscal. El contribuyente podrá deducirse el 75% de la cuota íntegra sobre los primeros 150 euros donados. Si la cantidad donada es superior a los 150 euros, se aplica una reducción del 30%.

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