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El Tribunal de la Unión Europea avala el acuerdo de pesca entre la UE y Marruecos
por no aplicarse al Sáhara Occidental

El TUE declara que las aguas adyacentes al territorio del Sáhara Occidental no están comprendidas en la zona de pesca marroquí porque el territorio del Sáhara Occidental no forma parte del territorio del Reino de Marruecos.

Un barco de pesca. EFE

Público | agencias

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado este martes que el acuerdo de pesca entre la UE y Marruecos es "válido" porque no es aplicable al Sáhara Occidental ni a las aguas adyacentes a éste.

La sentencia del tribunal con sede en Luxemburgo se ha pronunciado por tanto en sentido contrario con respecto a las conclusiones previas del abogado general, que concluyó en enero que el protocolo no era válido.

Así, el TUE declara que las aguas adyacentes al territorio del Sáhara Occidental no están comprendidas en la zona de pesca marroquí porque el territorio del Sáhara Occidental no forma parte del territorio del Reino de Marruecos.

Por tanto, dictamina que los actos de la UE que se refieren a la celebración y a la aplicación del acuerdo "son válidos".

Añadió el Tribunal que aunque el protocolo que acompaña al acuerdo pesquero no contiene ninguna disposición sobre el ámbito territorial de aplicación, si utiliza la expresión "zona de pesca marroquí" que se define como "las aguas bajo soberanía o jurisdicción del Reino de Marruecos".

El Tribunal de Justicia deduce de ello que la "zona de pesca marroquí" de que habla el protocolo no incluye las aguas adyacentes al territorio del Sáhara Occidental.

Por tanto, declara que "dado que ni el acuerdo de pesca ni el protocolo que lo acompaña son de aplicación a las aguas adyacentes al territorio del Sáhara Occidental, los actos de la Unión que se refieren a su celebración y aplicación son válidos".

El acuerdo pesquero vigente entre la Unión y Marruecos, de 2006, ha sido renovado en dos ocasiones, la última en 2013.

Hace unas semanas los países de la UE dieron a la CE el mandato de renovar el protocolo, que caducará el próximo 14 de julio.

La UE y Marruecos celebraron en 1996 un acuerdo de asociación, diez años después un acuerdo de pesca y en 2012 un acuerdo de liberalización en materia de productos agrícolas, agrícolas transformados, pescado y productos de la pesca.

El Tribunal de Justicia de la UE dictaminó en diciembre de 2016 que los acuerdos de asociación y de liberalización entre las partes no se aplicaban al Sáhara Occidental. No obstante, la corte no se pronunció sobre la validez del acuerdo de pesca.

La sentencia de este martes se refiere a una denuncia planteada con motivo del acuerdo pesquero ante el Tribunal Superior de Justicia de Inglaterra y País de Gales por Western Sahara Campaign, una organización de voluntariado en el Reino Unido cuyo objetivo es promover el reconocimiento del derecho a la libre determinación del pueblo saharaui.

Según esa organización, las autoridades británicas actúan ilegalmente cuando aplican dicho acuerdo y, concretamente, cuando dan un trato arancelario preferente a los productos originarios del Sáhara Occidental que van certificados como productos originarios del reino de Marruecos.

La misma organización puso además en tela de juicio que las autoridades británicas tengan la posibilidad de otorgar licencias para pescar en las aguas adyacentes al Sáhara Occidental.

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