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Las prisas abonaron los fallos en las identificaciones del Yak

El Supremo ratifica que Defensa identificó a las víctimas de forma aleatoria

MIGUEL Á. MARFULL

'Los treinta documentos obedecen a un mismo concepto, la documentación de una previa mendacidad de la necesidad de repatriar, con rapidez, los cadáveres de los militares españoles en un accidente aéreo cuando regresaban de una misión internacional respecto a la que la opinión pública se encontraba profundamente dividida'.

La misión era Afganistán, el accidente, el del Yak-42 Turquía, mayo de 2003 y los cadáveres, las 62 víctimas del siniestro, ocurrido cuando el responsable de Justicia del PP, Federico Trillo, era ministro de Defensa. El Tribunal Supremo alude de esta manera a la 'confección falsa' de los 30 certificados de defunción de las víctimas del accidente que fueron mal identificadas por el equipo militar que Defensa desplazó al lugar del accidente.

El Supremo recoge esta conclusión en la sentencia que confirma las condenas impuestas por la Audiencia Nacional a los responsables penales de las identificaciones falsas, el general Vicente Carlos Navarro tres años de cárcel , el comandante José Ramírez y el capitán Miguel Sáez 18 meses de prisión cada uno .

La sentencia, cuyo fallo se adelantó el pasado 17 de marzo, fue dictada el pasado 22 por el Supremo después de deliberar a puerta cerrada sobre los recursos planteados por los tres condenados y los familiares de las víctimas, que son rechazados por unanimidad con los argumentos que se conocieron ayer.

Los hechos que ratifica el Supremo no son nuevos, pero el fallo reaviva los argumentos que sirvieron a las familias de las víctimas para pelear durante seis años por lograr una condena para los responsables de la cadena de errores que siguió al accidente de Turquía al relatar los hechos probados.

El principal condenado, el general Navarro, 'no realiza la identificación de 30 de los cadáveres, sino que asigna un nombre a una bolsa, haciendo parecer que los había identificado, incluso lo manifiesta a sus superiores y sus subordinados'. 'Desde esta mendacidad prosigue la sentencia, redacta los certificados de defunción de personas que, efectivamente, habían fallecido, pero sin identificar el cadáver', explica el tribunal al razonar su rechazo al recurso de Navarro.

'Mendazmente afirmó que los había identificado', señala el Supremo en sus consideraciones, que reconocen 'el derecho de los familiares [de los militares fallecidos] a velar y atender los restos de su familiar, no de otra persona', derecho que es 'objeto de respeto y de protección', según aclara el tribunal a los mandos condenados, que discutían este principio. Treinta familias enterraron los restos confundidos de las víctimas tras llorar sobre un féretro equivocado.

El tribunal desestima también el recurso a la condena impuesta por la Audiencia Nacional en mayo de 2009 a los otros dos condenados que, 'omitiendo datos sobre el estado de los cadáveres', facilitaron 'la comisión del delito al autor principal'.

Según esta resolución, el comandante y el capitán médico, desplazados a Turquía para participar en la repatriación de las víctimas del siniestro, 'conocían o racionalmente pudieron prever que los treinta cadáveres no habían sido identificados, pese a que el general Navarro así lo había comunicado'.

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