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La UE aprueba la 'ley rider' que regula las plataformas digitales, pese al rechazo de Alemania y Francia

Gracias al cambio de postura de países como Grecia y Estonia, los ministros de Empleo de la Unión Europea han logrado aprobar la directiva que mejora las condiciones de trabajo en las plataformas digitales como Uber o Glovo.

Un repartidor de Glovo, a 12 de enero de 2024, en Madrid (España).
Un repartidor de Glovo, a 12 de enero de 2024, en Madrid (España). Eduardo Parra / Europa Press

Los ministros de Empleo de la Unión Europea (UE) han dado este lunes su visto bueno a la llamada ley rider, la directiva que pretende mejorar las condiciones laborales en plataformas digitales y reducir el número de falsos autónomos en esas empresas.

La aprobación ha tenido lugar en la reunión de titulares de Empleo de los Veintisiete que se celebra este lunes en Bruselas, en la que Estonia y Grecia, países que hasta ahora se habían abstenido, anunciaron su apoyo a la ley. Tras los cambios de las posturas de esos países, el texto legislativo ha conseguido suficientes apoyos entre los Estados miembros para salir adelante tras los dos intentos fallidos previos.

Esta ley busca aclarar el estatus laboral de los trabajadores de plataformas de reparto a domicilio, como Uber Eats, Just Eat, Glovo o Deliveroo, a fin de corregir el falso trabajo por cuenta propia para garantizar unas mejores condiciones laborales.

"Tengo el placer de concluir que el Consejo (los países) ha aceptado el texto de compromiso final sobre la directiva relativa a la mejora de condiciones de trabajo en las plataformas", declaró el ministro belga de Trabajo, Pierre-Yves Dermagne, cuyo país preside este semestre el Consejo de la UE, durante el encuentro.

Alemania y Francia han sido los únicos Estados miembros del club comunitario que no apoyar la directiva. Berlín volvió a abstenerse, mientras que París no votó a favor este lunes.

El comisario europeo de Empleo, Nicolas Schmit, celebró que el visto bueno a la directiva es "una contribución importante a escala europea", pero destacó que también da "una señal más allá de las fronteras de Europa".

Por su lado, la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha reiterado que el de 8 febrero "no es un acuerdo perfecto" y "no entusiasma" a España ya que puede dar lugar a una protección "desigual" de los trabajadores, pero lo ha apoyado, no obstante, porque prefiere situarse del lado de "la Europa que avanza" frente a "la que bloquea".

Díaz es una de las grandes impulsoras de esta directiva europea, que precisamente se inspira en la ley rider española que el Congreso aprobó en agosto de 2012. La norma española, sobre todo, pilota sobre el principio de dejar de considerar como trabajadores autónomos a las personas que ejercían su profesión en estas plataformas.

Regulación del uso del algoritmo

El acuerdo alcanzado con el Parlamento Europeo en febrero garantiza que los trabajadores estén debidamente informados sobre el uso de sistemas automatizados de seguimiento y toma de decisiones sobre su contratación, sus condiciones de trabajo y sus ingresos, entre otras cosas.

También prohíbe el uso de sistemas automatizados de seguimiento o toma de decisiones para el tratamiento de determinado tipo de datos personales de las personas que realizan trabajos en plataformas, como datos biométricos o su estado emocional o psicológico.

Asimismo, se garantiza la supervisión y evaluación humana de las decisiones automatizadas, incluido el derecho a que dichas decisiones sean explicadas y revisadas.

Presunción legal de los trabajadores

Una vez completados los pasos formales de la adopción, los Estados miembro tendrán dos años para incorporar las disposiciones de la directiva a su legislación nacional. Los principales elementos del compromiso giran en torno a una presunción legal que ayudará a determinar la correcta situación laboral de las personas que trabajan en plataformas digitales.

Quienes trabajen en plataformas, sus representantes o las autoridades nacionales podrán invocar esa presunción legal y alegar que están mal clasificados, como autónomos en vez de como trabajadores por cuenta ajena. Además, corresponderá a la plataforma digital demostrar que no hay una relación laboral con el trabajador.

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