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La Fiscalía acusa de una "politización extrema" a la sentencia absolutoria del asalto al Parlament 

Las partes recurrentes han mantenido su relato en el que acusan a los absueltos de haber cometido un delito contra las altas instituciones.

Cientos de indignados ante las puertas del Parque de la Ciutadella el 15 de junio de 2011. EFE

G. GUZMÁN / AGENCIAS

MADRID.- La sala segunda del Tribunal Supremo ha acogido hoy la vista pública de los recursos presentados por la Fiscalía, la Generalitat y el Parlament catalán a la sentencia absolutoria de la Audiencia Nacional de los 19 acusados implicados en el asedio al Parlament del 15 de junio de 2011.

Las tres acusaciones recurrentes han mantenido su relato por el que acusa a los absueltos de haber cometido un delito contra las altas instituciones (tipificado en el artículo 498 del código penal), y la Fiscalía ha llegado a acusar a los magistrados que dictaron la sentencia absolutoria de "volcar su ideología" en la misma, mostrando una "politización extrema" en una sentencia que, eso sí, ha calificado de "técnicamente intachable".

La sentencia no consideró probado que los acusados participaran en las agresiones denunciadas por algunos diputados -todos de partidos de PP y CiU, según ha relatado una de las defensas-, aunque estas pudieran haberse producido. "Los actos como dialogar o estar con los brazos en alto -recogidos en la sentencia- no pueden considerarse ningún tipo de violencia que entre en el 498", ha asegurado una de las defensas.

La representante del Parlament catalán ha reconocido que en las imágenes "no se recogían los momentos concretos" de las agresiones denunciadas por los parlamentarios, pero ha reprochado a los magistrados autores de la sentencia original que no se considerase a los testimonios de los diputados como prueba suficiente, "especialmente" teniendo en cuenta que los acusados se negaron a declarar.

Según el fiscal, los hechos enjuiciados no fueron una manifestación, sino "una agresión al pueblo catalán y a sus representantes" planeada para que no entraran parlamentarios en la sede del pueblo, un hecho muy grave que dio la vuelta al mundo en todos los medios de comunicación y en todos los idiomas.

La defensa ha insistido en que la clave del fallo radica en que no se ha probado que hubiera agresiones a cualquier diputado, por lo que solamente cabe absolver.

Las defensas han coincidido en apoyar la sentencia considerando que no hay pruebas que impliquen a los acusados en las agresiones, y han denunciado el "reportaje fotográfico" que al policía hizo de ellos, obligándoles a "posar" en determinadas posiciones, mostrar marcas de su cuerpo o hacerlo con diferentes prendas de vestir, todo ellos sin la presencia de su abogado, lo que la sentencia -como ellos mismos han indicado, de acuerdo con su criterio- considera una violación de derechos fundamentales.

Sala 2ª del TS instantes antes de empezar la vista pública. G. Guzmán

Sala 2ª del TS instantes antes de empezar la vista pública. G. Guzmán

Diputados por videoconferencia

Una de las razones esgrimidas por la Fiscalía para presentar su recurso ha sido la presencia de los diputados en calidad de testigo por videoconferencia, en vez de hacerlo de modo presencial, lo que ha dicho suponía una situación de "indefensión".

Indefensión porque, según ha relatado, mediante videoconferencia se eliminaba la posibilidad de que el testigo pudiera "darse la vuelta" en la sala para ser capaz de identificar a alguno de los acusados como autor de los hechos.

La defensa ha reprochado a la Fiscalía que base parcialmente su recurso en esto porque, según ha asegurado, "el ministerio fiscal no pidió en ningún momento que se girasen para identificar". Es más, "ni siquiera intentó que se enfocara la cámara de la videoconferencia a los acusados para probar su supuesta indefensión indefensión".

La fiscal presente en el juicio no hizo constar ninguna protesta sobre este asunto, siempre según la defensa.

Los incidentes se produjeron el 15 de junio de 2011, durante una concentración ante el Parlament contra los recortes sociales convocada por el movimiento 15M, que derivó en situaciones de asedio a parlamentarios, entre ellos los presidentes de la Cámara, Núria de Gispert, y de la Generalitat, Artur Mas, que tuvo que ser trasladado en helicóptero.

La Audiencia Nacional entendió que no había suficientes pruebas para condenar a los acusados y además consideró que resulta "obligado admitir cierto exceso en el ejercicio de las libertades de expresión o manifestación si se quiere dotar de un mínimo de eficacia a la protesta y a la crítica".

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