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TS confirma la condena de 15 jóvenes que se pasaron un vídeo íntimo robado a una vecina

La afectada llevó su ordenador a una tienda de informática y un técnico descubrió en la ‘papelera de reciclaje’ un vídeo sexual. Las copias circularon por el pueblo, y hasta se organizaron proyecciones en la cocina de la taberna, la piscina municipal y entre los servicios de Protección Civil y los bomberos

Vista oral del juicio contra los vecinos del pueblo de Ordes que difundieron un vídeo íntimo robado del ordenador de una joven vecina por un técnico de reparaciones. EFE

J. P./ AGENCIAS

MADRID.- El Tribunal Supremo ha confirmado una sentencia de la Audiencia de A Coruña que condenó a penas de entre siete meses y un año y nueve meses de prisión a quince jóvenes por difundir un vídeo íntimo sin autorización de la autora que se grabó a ella misma. La víctima recibirá una indemnización de 24.000 euros.

En una sentencia la Sala de lo Penal del alto tribunal rechaza los recursos interpuestos por trece de los condenados contra la resolución de la Audiencia de A Coruña que impuso dichas penas por un delito de revelación de secretos con la atenuante de dilaciones indebidas, porque han pasado 10 años desde los hechos.

Al ser condenas de menos de dos años de prisión, y carecer de antecedentes, ninguno de ellos irá a la cárcel. Ni el técnico que robó el vídeo de la papelera de reciclaje de un ordenador en reparación, ni quien lo colgó en Internet, ni el tabernero que organizó una proyección en la cocina del bar, ni quien lo proyectó en la piscina municipal, ni quienes lo exhibieron o repartieron entre familias y hasta entre menores, ni quienes lo vieron en las oficinas de Protección Civil y de los bomberos de la localidad.

El Supremo confirma la indemnización de 24.000 euros para la perjudicada, de los que la mitad deberá ser pagada por el técnico informático que robó los archivos. Los demás, 3.000 euros cada uno.

La joven, que tenía 21 años en 2004, grabó con la cámara de fotos un vídeo íntimo suyo de contenido sexual y descargó los archivos en su ordenador. Después borró las imágenes, pero quedaron en la papelera de reciclaje sin realizar una eliminación definitiva.

Tres meses más tarde, la afectada llevó su ordenador a la tienda Ordes Dixital para la instalación de una grabadora de cedés.

El principal acusado es el técnico que trabajaba allí como informático. Sin el permiso de la propietaria, descubrió los cuatro archivos del vídeo en la papelera de reciclaje, los recuperó e hizo copias que repartió entre los otros condenados, que lo expandieron por todo el pueblo y a través de Internet.

Según los hechos probados se repartieron copias y se realizaron exhibiciones en la piscina municipal, en la cocina de una bodega, en una gestoría y en las dependencias de Protección Civil y Bomberos de Ordes.

Alertada por unas amigas, la víctima denunció los hechos en la Guardia Civil y se vio obligada a cambiar de residencia, además de sufrir daños psíquicos, según la resolución.

La sentencia del Supremo explica que en el contexto en el que se produjeron los hechos, una pequeña localidad donde todos se conocen, la realización de actos de divulgación del archivo constituye "una conducta que desde el contexto cultural es tenida como afrenta a la intimidad del sujeto perjudicado".

Durante el juicio, el exnovio de la joven explicó que ella atravesó por una crisis psicológica al verse señalada por todo el pueblo y que si no fuese por el apoyo que recibió de su entorno “se hubiera suicidado”. Ordes es un pueblo de la provincia de A Coruña con 13.000 habitantes.

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