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La Justicia de EEUU rechaza identificar a Facu Díaz en Twitter apelando a la "libertad de expresión"

La petición del Juzgado de Instrucción número 5 de Blanes de obtener los registros de alta y suscripción en Twitter de Facu Díaz y del concejal Juan Andrés Osorio fue desestimada por la Justicia norteamericana en virtud de la Primera Enmienda de la Constitución

Departamento de Justicia de EEUU

ALEJANDRO TORRÚS

MADRID.- El Departamento de Justicia de Estados Unidos rechazó la solicitud del Juzgado de Instrucción número 5 de Blanes, a petición de la Fiscalía, de obtener los registros de alta y suscripción en Twitter del humorista Facu Díaz y del concejal de Palafolls Juan Andrés Osorio.

La Oficina de Asuntos Internacionales de la Justicia del país norteamericano señaló en una misiva destinada a la Justicia española que no puede proporcionar estos datos porque el chiste de Facu Díaz, por el que ha sido investigado en España, se enmarca dentro de la libertad de expresión que consagra la Constitución de los Estados Unidos.

"La Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos establece una amplia libertad de expresión y, en consecuencia, prohíbe su persecución penal, salvo en circunstancias estrictamente definidas", señala el Departamento de Justicia de EEUU, que añade que, en consecuencia, "expresiones calumniosas, difamatorias e insultantes generalmente no son susceptibles de persecución penal en los EEUU" 

"La Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos establece una amplia libertad de expresión y, en consecuencia, prohíbe su persecución penal", dice la Justicia de EEUU 

La carta, a la que ha tenido acceso Público, prosigue de la siguiente manera: "A la vista de estos principios fundamentales y tras revisar la información que disponemos, consideramos que los órganos jurisdiccionales estadounidenses no pueden proporcionarle la asistencia que solicitan en este caso mediante la vía reservada para la asistencia judicial mutua en materia penal". 

De esta manera, la Justicia de EEUU emplaza a la española a obtener estos datos "directamente de un proveedor de servicios de internet con sede de Estados Unidos". "Si el proveedor de servicios -en este caso Twitter-, accede de manera voluntaria a proporcionar datos que no sean de contenido, dichos datos pueden usarse con total libertad por parte de las autoridades españolas en su investigación y enjuiciamiento", prosigue la misiva. 

Causa archivada

En España, sin embargo, Facu Díaz ha sido investigado por la Justicia por este chiste y tuvo que acudir a declarar ante el juzgado de instrucción número 5 de Blanes, que ahora ha archivado la causa señalando que el tuit del humorista se enmarca dentro de la libertad de expresión y que no supone ninguna incitación "al odio" ni "a la realización del acto de quemar iglesias". Concretamente, Facu Díaz tuiteó: "Quemar iglesias me parece una barbaridad si no hay nadie dentro". 

"Hay una reprobación de los Estados Unidos que indica que hay un choque evidente a la hora de entender la libertad de expresión", dice el abogado Juan Moreno 

De hecho, la denuncia contra Facu Díaz fue interpuesta por la propia Fiscalía, que consideraba que el chiste podría ser constitutivo de un delito "del "artículo 510 del Código Penal por provocación al odio, la violencia y la discriminación" contra "las personas que profesan la religión católica". 

Juan Moreno, letrado que ha representado a Facu Díaz en este caso, considera que la "reprobación de la Justicia de Estados Unidos a España" por perseguir la frase del humorista "ha pesado mucho" en el auto de la juez María Fernanda Figueroa.

"Hay una reprobación de los Estados Unidos que indica que hay un choque evidente a la hora de entender la libertad de expresión del individuo y considero que esta carta ha pesado mucho en la resolución final ya que han tenido en cuenta la autoridad de peso que constituye la Justicia de EEUU", sentencia Moreno. 

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