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El juez atribuye a Forcadell una "actuación principal" para imponer la independencia

La presidenta del Parlament y los miembros de la Mesa renuncian a cualquier actuación fuera de la Constitución y asumen la aplicación del artículo 155, según el auto del magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena.

La presidenta del Parlament, Carme Forcadell, a su llegada este jueves al Trribunal Suprmeo. - REUTERS

JULIA PÉREZ

O se retiran de la política o renuncian a actuar fuera de la Constitución. La presidenta del Parlament, Carmen Forcadell, y los cinco miembros de la Mesa han renunciado ante el Tribunal Supremo a actuar fuera de la Constitución y han asumido la aplicación del artículo 155 tras la Declaración Unilateral de Independencia. Así lo asegura el magistrado instructor del caso, Pablo Llarena, en el auto que dicta el ingreso en prisión de Forcadell hasta que deposite una fianza de 150.000 euros.

“Todos los querellados, no es que hayan asumido la intervención derivada de la aplicación del artículo 155 de la CE [Constitución Española], sino que han manifestado que, o bien renuncian a la actividad política futura o, los que desean seguir ejerciéndola, lo harán renunciando a cualquier actuación fuera del marco constitucional”, expone el magistrado en referencia a Forcadell y a los miembros de la Mesa Lluís Corominas, Lluís Ginó, Anna Simó y Ramona Barrufet. Forcadell ha ingresado en la prisión de Alcalá-Meco mientras reúne la fianza de 150.000 euros, la más elevada de las impuestas por Llarena a los investigados debido a su “actuación principal” en el proceso independentista de Catalunya.

Llarena destaca el liderazgo de Forcadell “en cada una de las fases del proceso” y su “intervención medular”: ostentó primero la presidencia de la Assemblea Nacional Catalana, “desde cuyo mandato perfiló, asumió y comprometió una hoja de ruta” que pasaba por la movilización colectiva para imponer la independencia. Y después como presidenta del Parlament, donde se “perfiló el método que se iba a seguir para declarar la independencia” y que aportó el “aparente soporte legislativo”.

El juez considera que se pudo producir una rebelión, debido a que el alzamiento violento que exige este tipo penal puede interpretarse cuando el levantamiento “se orienta de modo inequívoco a intimidar a los poderes legalmente constituidos, bien mediante el ejercicio activo de una fuerza incluso incruenta, bien mediante la exteriorización pública y patente de estarse dispuesto a su utilzación, por existir una determinación de alcanzar ‘a todo trance’” la independencia. Llarena explica que en Catalunya se produjeron comportamientos que “expresan el violento germen que arriesgaba a expandirse”.

Entre las expresiones de esta violencia cita sucesos ocurridos entre septiembre y octubre donde “se infiltraron numerosos comportamientos agresivos”. Así, asume la ocupación organizada de las calles por centenares de tractores; “el asedio” de edificios de la Administración del Estado; el aislamiento de agentes o de la comisión judicial que realizó el registro de la consejería de Economía; el impedimento del registro a Unipost; el asedio de los hoteles donde se alojaban las fuerzas del orden; los cortes de carreteras y barricadas; las amenazas a los empresarios que prestaban soporte a los servicios del estado; “o algunas de las murallas humanas que defendían de manera activa los centro de votación haciendo en ocasiones recular” a la policía o “forzando a estos a emplear una fuerza que hubiera sido innecesario de otro modo”.

Sin embargo, el magistrado descarta que deban depositar una fianza solidaria con los miembros del Govern cesado de 6,2 millones de euros. Su auto supone todo un varapalo a la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela, quien asumió este criterio de la fiscalía cuando ordenó el ingreso en prisión de ocho miembros del Govern.

Para Llarena “ninguna base probatoria se ha acompañado a la querella que apunte a que finalmente” la celebración del referéndum del 1 de octubre “fuera soportada con cargo a fondos públicos, y menos aún que lo fuera con el alcance económico” que la Fiscalía reclama como fianza civil. “Antes al contrario, las defensas aportan una certificación” que el juez tilda de “coherente” que revela que únicamente se gastaron 25.000 euros en el Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información. Este dinero fue gastado antes de que el Tribunal Constitucional interviniera.

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