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Caso Lezo El juez del 'Caso Lezo' cree que Florentino Pérez pagó 578.000 euros en comisiones a Ignacio González por un campo de golf

En el auto en el que decretó su libertad bajo fianza, el magistrado García Castellón señala que el expresidente de la Comunidad de Madrid y sus socios "se concertaron para lograr que el contrato para ejecución de las instalaciones deportivas [...] se realizará a la mercantil ACS en unas condiciones económicas que eran perjudiciales para el patrimonio de la Comunidad Autónoma de Madrid".

El expresidente de la Comunidad de Madrid Ignacio González a su salida de la madrileña carcel de Soto del Real. - EFE

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En el auto por el que decretó la libertad bajo fianza de Ignacio González, el juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón confirma lo que los investigadores de la Unidad Central Operativa (UCO), de la Guardia Civil, sospechaban casi desde el principio: que la constructora ACS, presidida por Florentino Pérez, pagó comisiones por valor de 578.474 euros al expresidente de la Comunidad de Madrid, a su hermano Pablo y al resto de sus socios por el campo de golf del Canal de Isabel II. 

El juez describe con detalle todo el proceso: cuenta que en julio de 2002 el Ayuntamiento de Madrid y el ente público Canal de Isabel II firmaron un convenio para construir "un estanque ornamental, campo de fútbol al aire libre con vestuarios y un pequeño helipuerto [...] en el solar propiedad del Canal denominado Tercer Depósito". "En cumplimiento de lo acordado", prosigue el juez en su auto, "el Canal de Isabel II solicitó del Ayuntamiento de Madrid la oportuna licencia urbanística de las obras de consolidación, impermeabilización y ajardinamiento, que fue concedida mediante Decreto de 14 de marzo de 2003". Ese mismo mes de de mayo de 2003 se adjudicó la obra a ACS por un importe de  40.876.728,17 euros.

Sin embargo, en 2006, ya con González ocupando la vicepresidencia de la Comunidad de Madrid y la presidencia del Canal de Isabel II, el proyecto cambió. Así lo describe el juez: "Dicho proyecto [el de 2003] no se ejecutó y fue sustituido por el Canal de Isabel II, presidido por Ignacio González González, que presentó otro proyecto alegando que el inicial había cambiado, con lo que solicitó segunda licencia municipal con fecha 13 de octubre de 2006". En el nuevo proyecto se eliminó la construcción del helipuerto y se aprobó la construcción de dos campos de fútbol, ocho pistas de pádel y de un campo de golf. 

García Castellón señala en su auto que "el día 30 de octubre de 2006, el Área de Gobierno de Urbanismo, Vivienda e Infraestructuras del Ayuntamiento de Madrid acordó la suspensión inmediata de las obras por carecer de licencia municipal, a pesar de lo cual la obra del proyecto modificado nunca se paralizó". Las obras siguieron adelante y el juez señala que se debería haber realizado una nueva licitación pública del contrato con ACS "ya que no puede considerarse una mera modificación no sustancial del contrato". Sin embargo, tal como recoge el juez, no se hizo esa licitación. 

Pese a todo, el juez afirma que Ignacio González González, su hermano Pablo y otros socios "se concertaron para lograr que el contrato para ejecución de las instalaciones deportivas [...] se realizará a la mercantil ACS Proyectos, Obras y Construcciones SA (posteriormente denominada Dragados SA) en unas condiciones económicas que eran perjudiciales para el patrimonio de la Comunidad Autónoma de Madrid".

Para lograr ese objetivo, González y sus socios utilizaron una sociedad  pantalla denominada Tecnoconcret, una empresa creada el 26 de mayo de 2003, justo cuando se adjudicó el contrato a ACS. González usó esa empresa para cobrar las comisiones ilegales. El juez lo describe así: "Con el propósito de obtener individualmente un incremento patrimonial ilícito a costa de fondos públicos
de la Comunidad de Madrid invertidos en la ejecución de la obra de las  instalaciones deportivas y del contrato de gestión y explotación de las mismas, crearon una estructura societaria que les proporcionó opacidad. Con este fin, el día 29 de mayo de 2003 se creó la sociedad Tecnoconcret". 

García Castellón que el objeto social de tecnoconcret  "era la realización de
servicios técnicos en obras, la ejecución de trabajos de ingeniería, montajes y
conservación de instalaciones, cimentaciones especiales y servicios que para ellos fuesen precisos, con relación a tecnologías de ingeniería, urbanismo y medio ambiente. La realización, diseño y desarrollo de proyectos industriales. La 
adquisición y venta de fincas rústicas y urbanas, promoción inmobiliaria y explotación en régimen de alquiler "excepto leasing", y venta de toda clase de inmuebles, el estudio, proyección y realización de planes de urbanización de
terrenos", pero el juez concluye que Tecnoconcret era una sociedad instrumental porque carecía de experiencia en el sector, sólo contaba con una pequeña oficina, sólo tenía tres empleados y, casualmente, tampoco tenía una cartera de clientes, "ya que facturó prácticamente de forma exclusiva a la mercantil ACS y a otras sociedades vinculadas a los propios investigados [González y sus socios]".

"En definitiva", escribe el juez, "la aportación de esta mercantil a la ejecución de la obra fue nula, y no suponía un valor añadido para la empresa que resultó adjudicataria del concurso, ACS". Pero eso no impidió que a pesar del "pleno conocimiento de que se trataba de una sociedad instrumental y en cumplimiento del concierto ilícito", fuera subcontratada por ACS para la ejecución de las obras

A su vez, Tecnoconcret subcontrató la construcción a otra empresa Onlygolf. El juez detalla que "Tecnoconcret declaró durante la ejecución del contrato de obra, en los años 2006 y 2007, ventas a la sociedad Dragados S.A, perteneciente al grupo ACS por valor de 3.257.038,99 euros". Sin embargo, Tecnoconcret sólo pagó más de 2.678.564 euros a Onlygolf. González y sus socios se quedaron pues con 578.474 euros. "Este importe fue la cantidad que ilícitamente se apoderaron los investigados en la ejecución de la obra", sostiene el juez en su auto.



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