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La Audiencia Nacional no encuentra "irracionalidad" en la medalla de Interior a la Virgen

El tribunal rechaza, por tres votos frente a dos, el recurso de la Asociación Europa Laica, que pedía la retirada de la medalla de oro al mérito policial a Nuestra Señora María Santísima del Amor. 

Imagen de la Virgen condecorada por el Ministerio del Interior.

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MADRID.- La Audiencia Nacional ha rechazado el recurso que presentó la Asociación "Europa Laica" contra la Orden de 3 de febrero de 2014 del Ministerio del Interior por la que se concedió la medalla de oro al mérito policial, con carácter honorífico, a Nuestra Señora María Santísima del Amor.  Por tres votos a dos, los magistrados de la sección 5 de la Sala de lo Contencioso, avalan la concesión de la medalla a la virgen. 

La Asociación Europa Laica recurrió el acto del ministerio del Interior, defendiendo la tesis de que se había concedido una distinción a una figura religiosa que no es persona ni por tanto tiene entidad jurídica, ni puede ser sujeto de derechos y obligaciones.

En la línea de la Abogacía del Estado, los tres magistrados que han inclinado la mayoría entienden que el destinatario final de esa medalla era la Cofradía de Jesús el Rico (vinculada a la Policía Nacional), con personalidad jurídica, cuyo símbolo representativo era la virgen, nuestra Señora María santísima del Amor.

Los tres jueces que firman la sentencia han tenido en cuenta que en este tipo de condecoraciones la Administración tiene una potestad discrecional , y en este caso no encuentran irracionalidad o arbitrariedad de la administración porque nos encontramos, según la sala, ante una función de " recompensa frente acciones dignas de emulación y no es en principio revisable el ejercicio de tal potestad, salvo que se vulneren algunos de los elementos fiscalizables en toda potestad discrecional".

La sentencia recuerda que no es la primera vez que se concede el ingreso en la Orden al mérito policial a una imagen religiosa como símbolo representativo de un colectivo, hermandad o cofradía.

Frente a la tesis de la mayoría, otros dos magistrados firman un voto particular al entender que se tenía que haber anulado esta condecoración. Son los jueces José Luis Gil Ibáñez, presidente de la sección y Jesús Nicolás García Paredes.

Ambos magistrados defienden que el espíritu de la ley por la que se dan este tipo de condecoraciones persigue recompensar comportamientos muy relevantes o trayectorias profesionales ejemplares de personas o grupos de personas, muchas veces anónimas que objetivamente se han hecho acreedoras de ellas.

El voto particular recuerda que estas recompensas, en principio, se dirigen directamente a miembros y funcionarios del Cuerpo de Policía y sólo, como excepción, se concede a otras personas físicas o jurídicas o incluso entes sin personalidad, cuando concurren "importantes motivos" relacionados con el propósito de recompensar méritos extraordinarios.

El voto particular destaca que para conceder una medalla de oro, se requieren actos excepcionales como fallecer en acto de servicio, padecer mutilaciones, o algún servicio de trascendental importancia que redunde en prestigio de la Corporación. Dentro de esos excepcionales otorgamientos a personas ajenas al Cuerpo, no puede encajar, según los magistrados discrepantes, conceder la medalla de oro a una cofradía sobre la base de que colabora con la Dirección general de la Policía, principalmente en la Semana Santa.

"Con todos los respetos para la postura mayoritaria, ni la asistencia a actos procesionales, ni el privilegio de liberar a un preso durante la Semana Santa constituyen comportamientos o actuaciones extraordinarias o motivos que excepcionalmente, aconsejen otorgar la principal distinción policial, al no suponer esta distinción ningún incentivo para los miembros de la policía nacional" , aseguran los magistrados discrepantes.

Los dos magistrados entienden que la concesión de la medalla corresponde a un ámbito ajeno al propio de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, especialmente si se atiende a los requisitos que se exigen para que se otorgue a sus integrantes. Por ello, la "colaboración" de la Vírgen o de su cofradía descrita por Interior "no implica la prestación de servicios de trascendental importancia, una actuación ejemplar o extraordinaria ni, en suma, ninguna circunstancia excepcional a la que se asemeje", destacan.

Medalla alejada de la realidad social española

Ambos magistrados argumentan tampoco es admisible que se incluya en la sentencia otra medalla, concedida en 1999 a Nuestro Padre Jesús «El Rico»", pues no fue recurrida ni se explicaron los motivos de la concesión.

Los dos magistrados consideran que la concesión a la Virgen debe ser anulada porque en la propuesta "se contienen referencias religiosas de muy difícil, sino imposible, justificación a la luz del artículo 16 de la Constitución" y "de la realidad social española actual, desvirtuándose plenamente la finalidad legal de la condecoración cuando se dice que 'Esta vez, se pretende honrar a María Santísima del Amor con la imposición de la Medalla de Oro de carácter honorífico, como muestra de nuestro reconocimiento y respeto, acogiéndonos bajo el manto de su protección, y con el ruego de que nos guíe en la difícil pero importante misión que la Policía tiene encomendada'.

El artículo 16 de la Constitución garantiza la libertad religiosa, ideológica y de culto, al tiempo que consagra que ninguna confesión tendrá carácter estatal.

El ministro de Interior se alegra "profundamente"

El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, ha dicho hoy que se alegra "profundamente" de que la Audiencia Nacional haya avalado la concesión de la medalla de oro al mérito policial a Nuestra Señora María Santísima del Amor, de Málaga.

"Desde el respeto absoluto a la separación de poderes y a la independencia de la Audiencia Nacional me alegro profundamente, nos alegramos profundamente, de que se haya avalado la plena legalidad de la concesión, en febrero del pasado año, a propuesta de la Dirección General de la Policía de esta medalla", ha contestado el ministro a pregunta de los periodistas.

El titular de Interior, quien ha inaugurado en Sevilla una reunión antiterrorista de Interpol, ha añadido: "La Audiencia Nacional ha hablado: plena legalidad de esa concesión, lo cual avala que esa iniciativa y que esa decisión estuvieron absolutamente justificadas, como no me cabe la menor duda de que la inmensa mayoría, por no decir la totalidad del pueblo malagueño y del pueblo andaluz entiende perfectamente".

La Audiencia Nacional ha avalado la concesión de la medalla de oro al mérito policial, máxima distinción del cuerpo, a Nuestra Señora María Santísima del Amor, al entender que el destinatario real del galardón no es la virgen si no la Cofradía de Jesús el Rico, vinculada a la Policía Nacional.

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