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La Fiscalía Anticorrupción recurre la sentencia de Villarejo para que sea condenado por cohecho

Solicita que tanto el comisario como su socio sean condenados por las revelaciones de secretos de las que fueron absueltos.

El excomisario José Manuel Villarejo a su llegada a una vista a la Audiencia Nacional, a 31 de julio de 2023, en Madrid.
El excomisario José Manuel Villarejo a su llegada a una vista a la Audiencia Nacional, a 31 de julio de 2023, en Madrid. Marta Fernández / Europa Press

La Fiscalía Anticorrupción ha recurrido la sentencia del primer juicio del 'caso Villarejo' –por las piezas separadas Iron, Land y Pintor– y solicita que tanto el comisario jubilado José Manuel Villarejo como su socio Rafael Redondo sean condenados también por un delito de cohecho pasivo propio en dos de las tres piezas por las que fueron juzgados.

Según indica en el escrito, dirigido a la Sala de Apelaciones y recogido por Europa Press, la intención es obtener una sentencia que recoja ese delito, que es clave y troncal para el resto de piezas que aun siguen abiertas en la Audiencia Nacional, ya que, argumenta, la absolución por cohecho se basó en una indebida interpretación o aplicación del artículo 419 del Código Penal.

Cabe recordar que el tribunal condenó el pasado mes de julio a 19 años de cárcel a Villarejo en la primera sentencia relativa a los encargos privados que realizó a través de su grupo empresarial siendo aún policía. El tribunal le condenó por algunos de los delitos de revelación de secretos por los que estaba acusado –absolviéndole de otros– y por falsedad documental pero le absolvió del delito de cohecho al sostener que no ejecutó los trabajos "en el ejercicio de su cargo".

La Sala de lo Penal detallaba que, a pesar de que Villarejo era funcionario público al tiempo de ejecutar los encargos, actuó en una "esfera absolutamente privada y no pública". Así, y aunque concurría el primer elemento del delito de cohecho pasivo, el tribunal descartaba el segundo porque el comisario no actuó en el ejercicio de su cargo.

"La actividad desarrollada por Villarejo en ningún caso tenía como finalidad menoscabar la legitimidad y los criterios de actuación de la Administración Pública, sino obtener unos mayores beneficios particulares ofertando una serie de servicios de difícil consecución, cuanto menos por las vías legales", recogía el fallo.

González: "Fue imprescindible" que Villarejo contase "con la colaboración del estamento policial" 

Con todo, la magistrada Carmen Paloma González, una de las tres integrantes del tribunal, pidió condenar por cohecho al ahora comisario jubilado al considerar que fue "absolutamente imprescindible" que contase "con la colaboración del estamento policial" a la hora de ejecutar esos trabajos.

La magistrada, que discrepó del voto de sus compañeros Ángela Murillo y Fermín Echarri, sostenía que es "indudable que los actos ejecutados por la autoridad o funcionario público han de ser relativos al ejercicio del cargo que desempeña, sin que tenga que ser necesariamente un acto que le corresponda ejercitar en el desarrollo propio de sus competencias específicas, bastando con que estén relacionadas".

'Iron'

Así, sobre la pieza Iron, en la que se investigó el presunto encargo que el despacho especializado en propiedad intelectual Herrero&Asociados habría hecho al grupo empresarial de Villarejo –CENYT– para que investigara a otro despacho, Anticorrupción interesa también la condena de los acusados Francisco Carpintero López, Mario Carpintero López, Álvaro Martínez Muñoz, Andrés Medina Bravo y María Ángeles Moreno Nogales como responsables de delito de cohecho pasivo.

En caso de que la Sala no advirtiera esa interpretación incorrecta del Código Penal, el ministerio público pide subsidiariamente que se anule la sentencia absolutoria del delito de cohecho para Villarejo y su socio porque entiende que el tribunal incurrió "en un manifiesto error en la valoración de la prueba sobre la auténtica actividad desplegada por el acusado (...) y su vinculación con las funciones policiales que tenía encomendadas como comisario en activo al servicio de la Dirección Adjunta Operativa del Cuerpo Nacional de Policía (DAO)".

Es decir, que si la Sala de Apelaciones denegara la petición de condena pero les reconociera la petición de anulación de condena absolutoria, el tribunal sentenciador tendría que volver a valorar los hechos probados y las pruebas expuestas en el juicio para revisar el fallo y resolver si –como reclama Anticorrupción– procede corregirlo y condenar por cohecho, para lo cual no haría falta una nueva vista.

Asimismo, en esa pieza Iron, la Fiscalía solicita que tanto Villarejo como Redondo sean condenados también como responsables de cuatro delitos de descubrimiento y revelación de secretos de particulares ya que entienden que la absolución de esos delitos se fundamentó en una aplicación indebida de los artículos 197 y 198 del CP.

Al igual que con el cohecho, el ministerio público indica que subsidiariamente sea anulada la sentencia "por incurrir en palmario error en la valoración de la prueba".

Proyecto 'Land' y 'Pintor'

En cuanto al proyecto Land, en el que se investigó si Villarejo había dirigido sus averiguaciones contra el entorno de Luis García-Cereceda, el fallecido dueño de PROCISA, la empresa promotora de la urbanización de lujo 'La Finca', el fiscal indica que –al igual que en Iron–el comisario y su socio deben ser condenados por cohecho pasivo propio.

Una vez más, incide, el tribunal los absolvió al aplicar de forma indebida el artículo 419 del CP. Al mismo tiempo, interesa la condena de Susana García-Cereceda, Francisco Lorenzo Peñalver y David Fernández como responsables de delito de cohecho pasivo.

En caso de que la Sala no advierta la infracción de norma del ordenamiento jurídico, pide la anulación de la sentencia "por incurrir en manifiesto error en la valoración de la prueba", al igual que solicitaba en Iron.

Además, indica que en esta pieza separada tanto Villarejo como su socio deben ser condenados por el delito de descubrimiento y revelación de secretos que sufrieron Jaime Ostos, Silvia Concepción Gómez Cuétara, Marta María Fernández Vázquez-Figueroa y Antonio Garzón.

En Pintor, en la que Villarejo –ya jubilado–cumplió el encargo realizado por los hermanos Juan y Fernando Muñoz Támara para encontrar información de un antiguo socio que les permitiera resolver a su favor un litigio fiscal, la Fiscalía entiende que tanto Villarejo como su socio deben ser condenados como responsables de delito de descubrimiento y revelación de secretos.

Recurre la absolución de la mujer de Villarejo

Por otro lado, Anticorrupción pide anular la sentencia en lo relativo a la absolución de la mujer de Villarejo, Gemma Alcalá, que fue exonerada en Iron y Land. En un principio, la Fiscalía Anticorrupción pidió 83 años y medio de cárcel, pero en la recta final del juicio modificó sus conclusiones para retirar su acusación por todos los delitos excepto los de cooperadora necesaria del presunto cohecho de su marido, con lo que ya solo la reclamaba cinco años de cárcel.

Además, Anticorrupción pide que también se condene al policía Antonio Bonilla –que fue absuelto– por delitos de cohecho pasivo y descubrimiento y revelación de secretos. Durante el juicio fue acusado de facilitar a Villarejo datos de bases policiales de acceso reservado para que comerciara con ellos a través de CENYT.

La Fiscalía, sin embargo, no recurre la absolución del hijo del comisario jubilado, José Manuel Villarejo Gil, que quedó exonerado de los delitos de descubrimiento y revelación de secretos y tentativa de extorsión que se le imputaban en Pintor, al no haber "el más mínimo resquicio probatorio". Cabe recordar que el ministerio Fiscal solicitó para él un año de prisión.

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