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Una oficina parlamentaria controlará que los altos cargos en Andalucía no tengan cuentas en paraísos fiscales

El vicepresidente Juan Marín (Ciudadanos) impulsa una reforma legislativa que llevaría a la creación de una Oficina contra el Fraude y la Corrupción que controle al los consejeros y al Gobierno y que podría llevar, entre otras cosas, al cese del presidente en el caso de que fuera procesado por un delito, sin tener que esperar a una sentencia firme

Juan Marín, vicepresidente de la Junta de Andalucía. Por Laura León
Juan Marín, vicepresidente de la Junta de Andalucía. Por Laura León.

raúl bocanegra

Una norma que prepara el Gobierno andaluz, formado por una coalición de PP y Ciudadanos, y que llegará este año al Parlamento de Andalucía, reformará la Ley de Incompatibilidades, que data del año 2005 –de la época de Manuel Chaves (PSOE)– y que –aunque en su momento supuse un avance– preveía, entre otras situaciones con tintes surrealistas, que el control de las actividades de los consejeros y del presidente se sometiera a sus pares en el Consejo de Gobierno, lo que hasta ahora ha imposibilitado de facto su aplicación. Cuando se apruebe la nueva Ley –si todo va bien, este año, ahora está en revisión por el Consejo Consultivo–será una Oficina contra el Fraude y la Corrupción, formada por funcionarios  y que dependerá del Parlamento la que controle si los altos cargos de la administración cumplen o no.

"El Gobierno no puede controlar al Gobierno", resumió la situación el vicepresidente Juan Marín (Ciudadanos), que es quien impulsa la norma. La previsión de ese control inter pares ha llevado a que fuera imposible siquiera estudiar con un mínimo de rigor, por ejemplo, si el propio Chaves estuvo inmerso en una situación de incompatibilidad con motivo de una ayuda a la empresa Matsa, o en fechas más recientes, si el consejero Javier Imbroda, Ciudadanos, la incumplió al firmar una autorización de apertura de nuevos centros a una empresa de la que fue administrador.

La nueva norma se llama Ley de Lucha contra el Fraude y la Corrupción en Andalucía y Protección de la Persona Denunciante. En su anteproyecto, al que ha accedido Público, se recoge, entre otras novedades, que "los altos cargos no podrán ser titulares o autorizados de cuentas bancarias o de otros activos financieros en países o territorios calificados reglamentariamente como paraísos fiscales, ya sea directamente o a través de sociedades en las que posean una participación superior al 5 por ciento. Esta participación podrá ser directa o indirecta, a través de cónyuges o parejas de hecho inscritas en el correspondiente registro, y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o de afinidad".

La Oficina contra el Fraude y la Corrupción será la que controle la aplicación de ese precepto y de todos los demás contenidos en la Ley de Incompatibilidades. Su jefe será elegido para un periodo de 5 años no renovable por mayoría de tres quintos, y, si no hubiera consenso, bastaría la mayoría absoluta de la Cámara. La elección deberá de producirse "entre personas de reconocida competencia que cumplan las condiciones de idoneidad, honorabilidad, independencia y profesionalidad necesarias para ejercer el cargo y que estén en posesión de una titulación universitaria idónea para las funciones atribuidas". En cualquier caso, deberán poseer más de diez años de experiencia profesional acreditada relacionada con la prevención y lucha contra el fraude, la corrupción y el conflicto de intereses.

Cese del presidente

Cuando se apruebe la ley, un dictamen desfavorable de esa Oficina podría acarrear, según recoge el anteproyecto, incluso el cese del presidente de la Junta de Andalucía en el caso de que se negase a cancelar la cuenta y optase por mantenerla.

La nueva regulación también incluye en la Ley del Gobierno de Andalucía como causa de cese el procesamiento del presidente –hasta ahora había que esperar a una condena firme– "por delitos de falsedades, contra la libertad, contra el patrimonio y el orden socioeconómico, contra la Constitución, contra la Administración de Justicia, contra la Administración Pública, contra la Comunidad Internacional, de traición y contra la paz o la independencia del Estado y relativos a la defensa nacional, contra el orden público, de financiación ilegal de los partidos políticos, contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social, relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, la protección del patrimonio histórico y el medio ambiente, o por cualesquiera otros delitos dolosos castigados con penas graves o que conlleven inhabilitación especial para empleo o cargo público o suspensión de empleo o cargo público".

La Oficina tendrá competencia sancionadora y podrá imponer sanciones desde los 300 hasta los 100.000 euros en los casos, por ejemplo, de obstrucción dolosa, intencionada a la actividad de los funcionarios y del director.

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