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Referéndum en Catalunya El Teatro del Barrio acogerá el acto de ‘Madrileños por el derecho a decidir’

El Ayuntamiento de Madrid alega que la suspensión del acto por el derecho a decidir "no respeta la libertad ideológica"

Un activista muestra el cartel del acto de 'Madrileños por el derecho a decidir', en una rueda de prensa este miércoles. EFE

Beatriz Asuar/Europa press

La plataforma Madrileños por el derecho a decidir ha anunciado este viernes que el acto del domingo se celebrará a las 12 horas en El Teatro del Barrio. También han confirmado las personas que intervendrán en el: Joan Tardá, Natalia Esteve, Eduardo Reyes, Isabel Serra, Nuria GIbert, Alberto Arregui o Lluis Llach, entre otros. Esto lo han dado a conocer a la vez que lanzan una campaña por las redes sociales con el HT #17DerechoADecidir.

Este es el segundo sitio donde anuncian que se celebrará el acto en defensa de “la libertad de expresión, la democracia y el derecho a decidir”. El primero fue El Matadero, espacio municipal donde se celebran diversidades de eventos y actos sociales, políticos y culturales. Sin embargo, fue prohibido su celebración por el juez José Yusty Bastarreche.

En declaraciones para Publico, la portavoz de la plataforma Elena Martínez cuenta que “viendo la deriva autoritaria del Estado con los últimos acontecimientos de llamar a imprentas, prohibir varios actos, censurar una web” no pueden descartar que existan nuevos impedimentos para que se lleve a cabo. Pero aclara que tienen claro que “Madrid va a responder” y que seguir adelante es la mejor forma de defender la democracia y la libertad de expresión: “Podemos lograr que el espíritu de este acto no sólo no sea prohibido, sino que sea multiplicado”.

La plataforma ya denunció durante la rueda de prensa el pasado miércoles la decisión del juez declarando que atenta contra la libertad de expresión. Por ello, señalaron que la prohibición hace que defiendan con más valor la democracia y el derecho a decidir: "Tenemos el deber en esta batalla entre neofranquismo y democracia de defender el derecho a decidir. Sí, vamos a delinquir, vamos a hacer apología de la libertad de expresión: apología de la democracia. No podemos tolerar esta censura de involución democrática".

No es el único acto que ha sido prohibido en esta semana. Este mismo viernes el juzgado de Vitoria ha vetado la charla de la CUP sobre el referéndum del 1-O. La portavoz del partido, Anna Gabriel comenzó la charla a pesar de la suspensión, pero tras 45 minutos la Policía municipal interrumpió la conferencia y desalojó la sala. Además de la suspensión del acto, el juzgado de la capital vasca declaró que es ilegal celebrar actos que defiendan el referéndum.

El pasado jueves el Ayuntamiento de Gijón prohibió la celebración de un coloquio titulado “Cataluña, de la Transición al referéndum”, retirando la autorización inicialmente concedida de cesión de un espacio municipal para su celebración.

El Ayuntamiento de Madrid presenta alegaciones contra la suspensión del acto

El Ayuntamiento de Madrid ha presentado este viernes las alegaciones contra la suspensión del acto organizado para este domingo en las Naves de Ternera de Matadero por el colectivo La Comuna por considerar que el auto del juzgado de lo contencioso-administrativo número 3 "no respeta la libertad ideológica de los convocantes o de los asistentes" ni el derecho de reunión.

También entienden que "atenta contra el derecho a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones, derecho que no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa", y vulnera los derechos fundamentales de reunión y asociación.

Además "conculca el derecho a la tutela judicial efectiva", "vulnera el derecho constitucional a la autonomía de los municipios en la gestión de sus intereses", "ignora el derecho a la igualdad" y "desconoce la obligación que corresponde a los poderes públicos de facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social".

En las mismas alegaciones se argumenta que el juzgado "considera erróneamente" que el acto para cuya celebración se ha cedido el bien municipal debe estar afectado por las providencias dictadas por el Tribunal Constitucional el pasado 7 de septiembre, lo que lleva a apuntar al Ayuntamiento a través de sus servicios jurídicos que este órgano no ha limitado ninguno de los derechos fundamentales (libertad ideológica; expresión y difusión libre de pensamientos, ideas y opiniones; derecho de reunión; derecho de asociación), que "permanecen incólumes y no restringidos".

Petición en julio

En el momento en que se solicita al Ayuntamiento la cesión de uso del local, el pasado 12 de julio, y también en la fecha en que se concede la autorización municipal, el 6 de septiembre, "todavía no se habían publicado las leyes y decretos autonómicos posteriormente suspendidos por el Tribunal Constitucional", por lo que se considera "desacertado considerar, como hace el juzgado, que se trate de un acto de apoyo a una consulta convocada por una Ley que ha sido suspendida en su eficacia por el Tribunal Constitucional".

Y "aunque lo fuere e incluso en el supuesto de que tal ley hubiese sido declarada inconstitucional, lo que no ha ocurrido todavía, el hecho de que haya una sentencia declarando inconstitucional una Ley o ilegal un acto o una conducta no puede impedir a los ciudadanos tener opinión y expresarla libremente sobre dicha sentencia, ni sobre la ley que anula, ni sobre las conductas que se declaran ilegales".

En un escrito de 34 páginas el Ayuntamiento pide al juez el levantamiento de la suspensión cautelar tras el recurso presentado por el Grupo Municipal Popular, a quien los servicios jurídicos municipales ven falto de "legitimación activa" ante lo contencioso-administrativo por entender que los grupos municipales "no tienen personalidad jurídica y, en consecuencia, carecen de legitimación activa en estos casos".

"Sospechas y juicios de valor"

Las alegaciones argumentan que el juzgado contencioso-administrativo número 3 de Madrid "no ha valorado circunstanciadamente todos los intereses en conflicto" y se ha adoptado un auto firmado por el juez José Yusty Bastarreche "con fundamento en presupuestos no demostrados y teniendo por ciertos únicamente sospechas y juicios de valor".

En esta línea llegan a apuntar que la resolución del juez es "incongruente" dado que "adopta una medida cautelar distinta a la que le han solicitado y la dirige frente a un tercero (La Comuna) que no solo no ha sido oído, sino que ni siquiera es parte en el procedimiento".

En cuanto al decreto de cesión firmado por la concejala-presidenta de Arganzuela, Rommy Arce, el Ayuntamiento defiende que es legal y ajustado a derecho. Las alegaciones explican que el acto propuesto por La Comuna consistía en la intervención de varias personas, la lectura de algún poema, la proyección de un y la posible interpretación una canción.

La asociación, constituida en el año 2011, tiene por objeto dar testimonio de la represión que se produjo durante la dictadura franquista. Esta asociación no ha sido ilegalizada y, por tanto, sus fines "no pueden ser objeto de reproche con base en meras sospechas y ninguna prueba de realización de actividades contrarias a la ley o la Constitución".

Los servicios municipales defienden en el escrito el "derecho constitucional a la autonomía del Ayuntamiento de Madrid para la gestión de sus intereses públicos con arreglo a la legalidad vigente", en este caso, la cesión de un espacio de titularidad municipal y el derecho fundamental a la libertad de expresión de terceros.

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