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El Vaticano prohíbe conservar o esparcir las cenizas de los difuntos

La Iglesia prefiere la sepultura de los cuerpos porque con ella "se demuestra un mayor aprecio por los difuntos", aunque no prohíbe la cremación

La Iglesia católica prohíbe a sus fieles esparcir las cenizas de los difuntos, dividirlas entre los familiares y también que sean conservadas en casa, según un nuevo documento publicado este martes.

EUROPA PRESS

ROMA.- El Vaticano ha reafirmado su preferencia por la sepultura del cuerpo y ha prohibido expresamente la conservación de las cenizas en el hogar en el caso de cremación, al igual que esparcirlas por el aire o el mar, según el nuevo documento publicado este martes 25 de octubre.

La regulación, redactada por la Congregación para la Doctrina de la Fe, que está presidida por el Cardenal Gerhard Müller, reafirma las razones doctrinales y pastorales que optan por la sepultura de los cuerpos y de las que emanan las normas relativas a la conservación de las cenizas en caso de la cremación.

En este sentido, recuerda que "la Iglesia recomienda insistentemente que los cuerpos de los difuntos sean sepultados en los cementerios u otros lugares sagrados", pero establece que no hay "razones doctrinales" para censurar la práctica de la cremación.

La cremación no impide la resurrección

Así, la Iglesia establece ahora que "cuando razones de tipo higiénicas, económicas o sociales lleven a optar por la cremación, ésta no debe ser contraria a la voluntad expresa o razonablemente presunta del fiel difunto. "La Iglesia no ve razones doctrinales para evitar esta práctica, ya que la cremación del cadáver no toca el alma y no impide a la omnipotencia divina resucitar el cuerpo y, por lo tanto, no contiene la negación objetiva de la doctrina cristiana sobre la inmortalidad del alma y la resurrección del cuerpo", ha señalado.

Sin embargo, se puntualiza que "la Iglesia sigue prefiriendo la sepultura de los cuerpos porque con ella se demuestra un mayor aprecio por los difuntos". En todo caso, precisa que la cremación no está prohibida, a no ser que haya sido elegida por razones contrarias a la doctrina cristiana". Además, avisa de que se deberá tener cuidado de caer en alguna expresión que pueda causar "escándalo o indiferencia religiosa".

El nuevo documento agrega que "si por razones legítimas se opta por la cremación del cadáver, las cenizas del difunto, por regla general, deben mantenerse en un lugar sagrado, es decir, en el cementerio o, si es el caso, en una iglesia o en un área especialmente dedicada a tal fin por la autoridad eclesiástica competente".

Conservación en lugares sagrados

El texto establece además que la conservación de las cenizas en un lugar sagrado puede ayudar a reducir el riesgo de sustraer a los difuntos de la oración y el recuerdo de los familiares y de la comunidad cristiana. Así, además, se evita la posibilidad de olvido, falta de respeto y maltrato a los restos, que pueden sobrevenir sobre todo una vez pasada la primera generación, así como prácticas inconvenientes o supersticiosas.

Excepciones para conservar las cenizas en casa

En cualquier caso, la doctrina de la fe señala que está totalmente prohibida "la conservación de las cenizas en el hogar". "Sólo en casos de graves y excepcionales circunstancias, dependiendo de las condiciones culturales de carácter local, el sacerdote, de acuerdo con la Conferencia Episcopal o con el Sínodo de los Obispos de las Iglesias Orientales, puede conceder el permiso para conservar las cenizas en el hogar", se especifica. Pero alerta de que las cenizas no pueden ser divididas entre los diferentes núcleos familiares y se les debe asegurar respeto y condiciones adecuadas de conservación.


El Papa Francisco también ha aprobado que para evitar cualquier malentendido panteísta, naturalista o nihilista, no sea permitida la dispersión de las cenizas en el aire, en la tierra o en el agua o en cualquier otra forma, o la conversión de las cenizas en recuerdos conmemorativos, en piezas de joyería o en otros artículos". En esta línea, señala que hay que tener en cuenta que para estas formas de proceder no se pueden invocar razones higiénicas, sociales o económicas que pueden motivar la opción de la cremación.


El texto recuerda que en 1963 la propia Santa Sede estableció que "la Iglesia aconseja vivamente la piadosa costumbre de sepultar el cadáver de los difuntos". Entonces añadió que la cremación no es contraria a ninguna verdad natural o sobrenatural y que no se podían negar los sacramentos y los funerales a los que habían solicitado ser cremados, siempre que esta opción no obedezca a la negación de los dogmas cristianos o por odio contra la religión católica y la Iglesia.

Extendida en muchos países

La Doctrina de la Fe destaca que la cremación se ha extendido "notablemente en muchos países" y que, al mismo tiempo, "también se han propagado nuevas ideas en desacuerdo con la fe de la Iglesia". El Vaticano también explica que "la inhumación es en primer lugar la forma más adecuada para expresar la fe y la esperanza en la resurrección corpórea".

"Enterrando los cuerpos de los fieles difuntos, la Iglesia confirma su fe en la resurrección de la carne y pone de relieve la alta dignidad del cuerpo humano como parte integrante de la persona con la cual el cuerpo comparte la historia", destaca el texto.

La Iglesia advierte que "no puede permitir, por lo tanto, actitudes y rituales que impliquen conceptos erróneos de la muerte, considerada como anulación definitiva de la persona, o como momento de fusión con la Madre naturaleza o con el universo, o como una etapa en el proceso de re-encarnación, o como la liberación definitiva de la 'prisión' del cuerpo".

La nueva instrucción especifica finalmente que "mediante la sepultura de los cuerpos en los cementerios, en las iglesias o en las áreas a ellos dedicadas, la tradición cristiana ha custodiado la comunión entre los vivos y los muertos, y se ha opuesto a la tendencia a ocultar o privatizar el evento de la muerte y el significado que tiene para los cristianos".

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