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Consecuencias de la DANA CCOO denunciará a las empresas que no evacuaron a sus empleados durante la gota fría en Murcia

El sindicato presentará denuncias antes inspección de trabajo para determinar las razones por las que muchos trabajadores no fueron evacuados de sus centros de trabajo pese a la alerta roja y la clara orden por riesgo grave e inminente.

Un hombre camina por una calle inundada tras de fuertes lluvias por la gota fría en San Javier, Murcia.- REUTERS / SERGIO PÉREZ

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Comisiones Obreras ha anunciado que presentará denuncias ante la Inspección de Trabajo contra las empresas que no evacuaron a su personal durante los días azotados por la DANA o gota fría, "pese a haberse ordenado la evacuación".

En un comunicado, el sindicato recuerda que "estas ausencias laborales tienen su justificación en lo establecido en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en su artículo 21", que recoge que, cuando el personal de la empresa "esté o pueda estar expuesto a un riesgo grave e inminente con ocasión de su trabajo, el empresario está obligado a adoptar las medidas para que los trabajadores puedan interrumpir su actividad y, si fuera necesario, abandonar de inmediato el lugar de trabajo".

CCOO añade que la plantilla "tiene derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo, en caso necesario, cuando considere que dicha actividad entraña un riesgo grave e inminente para su vida o su salud".

Sin embargo, asegura tener constancia de que algunas empresas "no permitieron la salida de trabajadores pese a haberse ordenado la evacuación, por lo que se estudian las circunstancias que dieron lugar a dicha negativa para trasladar las correspondientes denuncias a la Inspección de Trabajo".

La organización ha precisado que en casos de evacuación, las empresas deberán abonar a sus trabajadores los salarios de las jornadas que dejaron de realizar ante el peligro de inundación. Sostiene, además, que "el personal que no pudo acceder a su puesto de trabajo por alerta meteorológica, como en el supuesto anterior, se le abonará su jornada como trabajada y no supondrá sanción alguna".

También aclara que "una vez pasada la alerta roja y la emergencia", las horas dedicadas a la limpieza de los centros de trabajo que ha sufrido los efectos de inundación "serán consideradas extraordinarias, ya que tendrán carácter de fuerza mayor. Son horas específicas que no computan en el máximo anual".

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