Opinión · Carta con respuesta
Los desheredados
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Sólo existen dos formas para librarse en Cataluña de pagar el impuesto de sucesiones. La una es no morirse y esperar con salud y paciencia a que se derogue dicha ley y, la otra forma, consiste en que el difunto se gaste en vida todos sus bienes y, cuando ya viejo necesite ayuda, acuda a los servicios sociales del Ayuntamiento.
ROBERTO JUSMET CASSI. BARCELONA
Corríjame si me equivoco, pero creo que existe una tercera forma, y bastante obvia: renunciar a la herencia. Hasta donde yo sé, la herencia es un derecho, no una obligación. ¿Habrán hecho en Cataluña obligatoria la herencia? Estos catalanes: qué carácter tienen. Imagino que no, así que, con renunciar a ella, se libra de pagar el impuesto, si eso es lo único que le preocupa. Va a un notario, renuncia (o repudia la herencia) y se libra del impuesto en un pispás. ¿Cómo dice? ¿Que quiere usted apropiarse del patrimonio sin pagar un duro de impuestos? Pues va a ser que no: si en lugar de heredar, usted compra un piso, también pagará (además de su precio) un impuesto de transmisiones patrimoniales. Adquirir propiedades obliga a pagar impuestos. Es una gaita, pero qué menos, ¿no?
Si por mí fuera, suprimiría el derecho a la herencia o al menos lo limitaría a propiedades personales. No es lo mismo heredar una máquina de escribir o un abrigo que una enlatadora de sardinas en El Aaiún, un yacimiento petrolífero o un paquete de acciones con el 58% de la propiedad de un banco. Creo que era Cánovas el que aseguraba que “en España mandan doscientas familias”. El derecho a la herencia lo único que garantiza que, desde Cánovas hasta hoy, sigan siendo más o menos las mismas doscientas. Sin duda a Cánovas, que consiguió meterse entre ellas, le parecía pistonudo. A mí no tanto.
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Como (por suerte, supongo) no depende de mí, nuestra Constitución garantiza el derecho a la herencia y la propiedad privada. También el derecho al trabajo (aunque con menor protección). De momento, las sucesiones y donaciones están sometidas a impuestos, como lo están otras formas de adquirir la propiedad (salvo quizá el robo). Por si le sirve de consuelo, esto no sólo pasa en Cataluña.
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