Dominio público

Un peligroso precedente

José Luis de Francisco

Ex secretario de Estado de Relaciones con las Cortes

El Congreso de los Diputados vivió este lunes uno de los episodios más inauditos ocurridos en la práctica parlamentaria, aunque estemos hablando de la actual legislatura, pródiga como ninguna otra en la aplicación de previsiones constitucionales y reglamentarias nunca usadas con anterioridad.

Me refiero al relativo a la enmienda presentada por el Grupo Socialista a una proposición de ley, por la que se pretende modificar la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria para arbitrar una solución institucional para el supuesto de discrepancia entre las Cámaras parlamentarias respecto de los Acuerdos de estabilidad presupuestaria y deuda pública aprobados por el Gobierno. Una solución, por cierto, similar a las que ya están previstas en nuestro ordenamiento constitucional para otros supuestos de discrepancia entre Congreso y Senado.

a presidenta del Congreso, Ana Pastor, se dirige a la reunión de la Mesa de la cámara. E.P./Oscar del Pozo
a presidenta del Congreso, Ana Pastor, se dirige a la reunión de la Mesa de la cámara. E.P./Oscar del Pozo

No es este el momento de preguntarnos por la razón de la reforma de 2012 que estableció el régimen de bloqueo vigente. Ni siquiera es el lugar para comentar serenamente y con el espacio necesario la jurisprudencia constitucional en relación con la necesidad de conexión entre las enmiendas y las iniciativas enmendadas. Sólo me permito adelantar que lo que ha dicho el Tribunal Constitucional sobre la materia poco tiene que ver con la mayoría de las cosas que se han escrito al respecto.

La noticia de ahora es otra. Es que la Mesa del Congreso ha aceptado los escritos presentados por dos grupos parlamentarios pidiendo, al amparo de lo establecido en el artículo 31 del Reglamento del Congreso, que la Mesa dejara sin efecto la calificación de las enmiendas llevadas a cabo por la Mesa de la Comisión competente, y ha rechazado la admisión a trámite de la enmienda.

"Ni el artículo 31 del Reglamento ni ningún otro precepto atribuyen a la Mesa de la Cámara la competencia para revisar la decisión adoptada por la Mesa de la Comisión respecto a la calificación de las citadas enmiendas al articulado".

Este párrafo entrecomillado, en el que se niega categóricamente que la Mesa pueda hacer lo que hizo ayer, es el párrafo que hasta ahora utilizaba el órgano de gobierno de la Cámara para responder y rechazar los escritos en los que los grupos planteaban la misma pretensión que ayer se aceptó. Decisiones adoptadas además en varias ocasiones, con el mismo fundamento jurídico y con el voto de la Sra. Montserrat, actual portavoz del Grupo Popular.

Los diputados y los grupos parlamentarios tienen derecho a que la aplicación del Reglamento no dependa de quién formule una determinada pretensión. Y las excusas improvisadas por la Presidenta del Congreso, en una rueda de prensa también sin precedentes, para anunciar su decisión no justifican en modo alguno esta separación de la legalidad reglamentaria.

Nadie ha defendido en este caso, como insinuaba la presidenta, que se eluda la jurisprudencia del Tribunal Constitucional; pero el órgano para hacerlo en la calificación de enmiendas no es ni ha sido nunca la Mesa de la Cámara, sino la de la Comisión (como defendía la Sra. Montserrat hasta ahora); órgano que debatió sobre ese extremo y llegó a una resolución motivada la pasada semana.

Como tampoco puede alegarse como causa reglamentaria para esta inadmisión que existan otras iniciativas con el mismo texto, especialmente en una Cámara en la que se están tramitando sin ninguna objeción proposiciones que regulan otras materias con textos distintos, lo que sí podría dar lugar en su caso a resultados contradictorios.

Esta ha sido, sin duda, una decisión sin precedentes. La pregunta es ¿van a seguir los miembros de la minoría parlamentaria aprovechando su posición en la Mesa del Congreso para tomar decisiones en contra de la voluntad del Pleno y separándose de las actuaciones de anteriores Mesas? ¿Es sólo una decisión sin precedentes o es el precedente que nos anuncia otras próximas decisiones que someterán también a esa Mesa del Congreso, un órgano clave en un régimen parlamentario, al riesgo de un irreparable daño reputacional?

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