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Opinión · Otras miradas

"Mi hermana estuvo atada a una cama más de lo que permite la ley y por eso murió"

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Andreas murió de meningoencefalitis y miocarditis en la unidad psiquiátrica de un hospital de Oviedo después de que le diagnosticaran por error una enfermedad mental. Los facultativos que le atendieron dieron por hecho que tenía una patología psiquiátrica y no trataron de descartar una enfermedad orgánica que pudiese provocar los síntomas que Andreas mostraba, tal y como se debería hacer según los protocolos (DSM-V y la CIE-10). No le hicieron ninguna prueba diagnóstica indicada, tales como analítica, TAC cerebral, radiografías o punción lumbar.

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Ahora la Jueza del caso ha archivado la causa, entendiendo que no existen indicios de homicidio ni de mala praxis.

Hablamos con Aitana, hermana de la fallecida.

Han archivado la denuncia en la que se acusaba a siete facultativos de homicidio por imprudencia profesional grave, ¿qué han alegado?

Han archivado la causa aduciendo que no ha habido mala praxis, ya que el perito médico que asesora a la jueza considera que murió de forma natural, de un paro cardiorrespiratorio, olvidándose de la meningoencefalitis y la miocarditis que recoge la autopsia como causas reales de su muerte. De esta manera se exime a todos los facultativos de haber cometido un incumplimiento de la lex artix ad hoc que es el reglamento por que se rigen las prácticas médicas adecuadas para tratar a los enfermos. Lo cierto es que en este auto de sobreseimiento no se ha respondido a ninguno de los informes de especialistas de la salud mental que aportamos, algo que no comprendemos.

¿Cuál fue la causa de la muerte de Andreas?

Mi hermana murió por una infección que se diseminó por la sangre, probablemente bacteriana, ya que la autopsia reveló meningitis, encefalitis y miocarditis. Lo más lamentable es que entró en un paro cardiorespiratorio y al no estar monitorizada estuvo media hora muerta, sin que nadie del personal médico se percatase; después es cuando llamaron a la UVI para reanimarla. De haber sobrevivido habría tenido muchas secuelas neurológicas por no haber sido atendida en el momento y no haberle llegado el oxígeno al cerebro durante media hora.

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Aun así previamente 50 sanitarios hicieron informes médicos demostrando que lo que ocurrió con Andreas fue una mala praxis. ¿Qué contaban estos informes?

Entre otras cosas en los informes que hicieron a mi hermana hablaban de que se vulneraron los protocolos médicos tales como el DSM-V, la CIE-10 y el manual y protocolo de actuación en urgencias, donde se explicita claramente que para diagnosticar a alguien con una enfermedad mental hay que descartar previamente organicidad, a través de un escáner por ejemplo. Descartar una enfermedad orgánica es lo primero, antes de colgarle a alguien una etiqueta diagnóstica psiquiátrica.

Otra de la cosas que se indicaba era que Andreas llevaba un mes con una infección en la garganta, una amigdalitis que probablemente se hubiera diseminado por la sangre ya que no paraba de referir acúfenos y tenía picos elevados de fiebre, unidos a unos niveles de  leucocitos y  neutrófilos en la sangre muy elevados, tenía sintomatología neurológica y la PCR disparada por lo que los médicos que la atendieron debieron descartar una infección del sistema nervioso central antes de atribuir los síntomas a un origen psiquiátrico. Había bastantes indicios para sospechar que Andreas tenía una infección bastante grave.

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Otra de las cosas que denunciamos con este informe es que si se aplica de forma simultánea la  contención mecánica y farmacológica (como ocurrió en este caso), el paciente solo puede estar contenido hasta que empiece a hacer efecto el fármaco.

Pero en el caso de Andreas, estuvo sedada y contenida mecánicamente más de 75 horas, mucho más tiempo del que contempla la ley (ley de enjuiciamiento civil).

¿Por qué se impugna el informe del Hospital Universitario Central de Asturias?

Porque el mismo forense que ordenó la contención mecánica fue el mismo que hizo el levantamiento de cadáver y fue el mismo que hizo la autopsia, algo que está absolutamente prohibido en los protocolos. No se puede ser juez y parte. Este hombre mandó los tejidos orgánicos de mi hermana a estudiar a Madrid. Cuando esos tejidos llegan a Madrid, el Instituto de Medicina Legal de Madrid dice que no se pueden tratar porque están maltratados con formol, por eso yo digo que están destruidos con una clara intención de eliminar las pruebas de que mi hermana tenía una meningitis bacteriana. De esta manera, el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (INTCF) no pudo determinar si la causa de la muerte de mi hermana fue vírica o bacteriana.

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Por ello tuvimos que impugnar el informe forense y el Juzgado de Asturias nos dijo que teníamos que elegir a un hospital público o privado que hicieran una pericial, un nuevo informe forense sobre la muerte.

¿Y qué pasó entonces?

Elegimos varios hospitales, pero se negaban supuestamente porque el Ministerio de Justicia no les pagaba lo suficiente, aunque yo personalmente creo que no querían meterse a inculpar a otros compañeros, el maldito corporativismo médico. Algunos de ellos no quisieron colaborar con la Justicia, rechazaron realizar el informe. Al final acabó cayendo en manos del hospital Basurto donde un neurólogo concluye que el ingreso de mi hermana en psiquiatría procedía porque tenía alucinaciones auditivas, que no eran alucinaciones, en realidad eran acúfenos de la infección que ella tenía.

Ella era plenamente consciente de que eso venía de la infección de garganta que llevaba un mes padeciendo, incluso me decía que tenía una septicemia, que es una infección generalizada en la sangre, esto se lo llegamos a sugerir a los médicos, pero pasaron de nosotras. El tiempo demostró que no estábamos equivocadas.

¿Qué concluyó este otro informe del Hospital de Basurto?

Este neurólogo nos viene a decir que se siguieron los protocolos en psiquiatría de manera correcta, lo cual es mentira porque mi hermana estuvo atada más de los que permite la ley de enjuiciamiento civil y cuando se firma la contención mecánica la jueza lo firma un día después de morir mi hermana, según consta en los informes. El informe forense del médico de Bilbao dice que muere de forma natural, claro que muere de forma natural porque nadie le hizo caso y había una infección, haciéndole un fallo multiorgánico y sistémico. Tenía el corazón inflamado y muere de miocarditis, un paro cardiorespiratorio. No pudo más.

Aún habiéndose tratado de una paciente psiquiátrica, estuvo 75 horas atada. ¿Eso está permitido?

A mi hermana se le aplica en un primer momento una contención mecánica sin autorización judicial. Aunque seas una paciente psiquiátrica eso no te exime de que no puedas tener una enfermedad orgánica y que no tengas derecho a recibir tratamiento para esa enfermedad, como es el caso de mi hermana, en el que se vulneraron los Derechos Humanos más elementales. Creo que fueron bastante reduccionistas y sólo se centraron en el aspecto psiquiátrico que además era un error diagnóstico porque mi hermana no tenía ningún problema más allá de su infección.

El tiempo máximo para una contención mecánica es de 72 horas, aunque la mayoría de protocolos recomiendan que no debe ser prolongado por encima de 12 horas. Es evidente, por los cursos clínicos de la historia, que en el caso de Andreas no se siguió el protocolo de forma adecuada.

¿Crees que el resultado hubiera sido distinto si de haber más personal sanitario en el hospital?

Influyó bastante el hecho de que se produjera en fin de semana porque el viernes la psiquiatra que la llevaba se fue y la dejó atada y sedada desde entonces. Mi hermana hacía picos febriles, las enfermeras estaban asustadas, ya que según se recoge en la historia clínica no paraban de llamar a médicos para que se personasen en la habitación y la vieran pero no lograron más que una consulta telefónica. El lunes ya mi hermana se puso en fallo multiorgánico, cuando tenía que haber estado en la UCI.

¿Cuáles son los siguientes pasos? , ¿Cómo procederéis a continuación?

Con el archivo de la causa el caso se cierra, solo nos quedaría ir a la Audiencia Provincial. Si archivan el caso ya no tendríamos ningún otro recurso posible y cerrarían el caso para siempre.

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