Opinión · Otras miradas
Las mentiras de Vox y la realidad de los jóvenes migrantes
Abogada de la Red Jurídica Antirracista
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La ultraderecha avanza peligrosamente en el Estado español y se refuerza cada vez que desde los espacios de poder y toma de decisiones se reproducen políticas o prácticas que alientan la xenofobia y el racismo. Esto acaba dando legitimidad a los discursos de odio que luego son capitalizados de manera muy efectiva por sus portavoces como VOX, formación que ha cobrado protagonismo en la escena política actual.
Un claro ejemplo de ello es la gestión de la migración asociada a las necesidades del mercado de trabajo. Esta manera instrumental de regular las migraciones no solo desconoce y se desentiende de las causas estructurales que las producen, sino que genera un imaginario de competencia o disputa de recursos y servicios escasos entre la clase trabajadora autóctona y la migrante. Esta premisa alimenta prejuicios racistas utilizados como lemas electorales, tales como “primero los de casa” o “los migrantes se llevan todas las ayudas”, entre otros.
Por ello, al cartel repudiable y mentiroso de VOX que muestra un chaval tutelado frente a la una abuela española con la leyenda “Un MENA 4.700€ al mes, tu abuela 426€ de pensión al mes” es necesario entenderlo como resultado de una política pública de abandono, desprotección y criminalización de este colectivo. Comprender el asunto en sus múltiples dimensiones e identificar las políticas, normativas y prácticas a las que son sometidos estos jóvenes, nos permite ver la responsabilidad del sistema en su conjunto.
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La realidad es que la regulación legal que se aplica a adolescentes que llegan sin adultos referentes a España constituye un marco político-normativo de excepción, que prioriza los objetivos de selectividad y control migratorio a los de protección general de la infancia. A ello se le suma la aplicación de un sistema judicial restrictivo y cercenador de derechos, amparado por discursos mediáticos y de violencia simbólica que los criminaliza y estigmatiza.
Por diferentes causas, la inmensa mayoría de estos jóvenes no ingresan al sistema de protección de la infancia y quienes lo hacen en general son sometidos a procedimientos que no garantizan el interés superior del niño, principio rector consagrado en la Convención de Derechos del Niño ( art. 3 CDN), destacando la utilización en muchos casos de pruebas invasivas de determinación de la edad, las cuales, desde diferentes ámbitos, han sido cuestionadas por violentar derechos básicos e incluso la dignidad.
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Muchos de estos adolescentes acceden a la mayoría de edad sin contar con la autorización de residencia a la que tienen derecho y que el estado español está obligado a proveer, o bien, saliendo con autorización de residencia, no la pueden renovar por motivos económicos. Por último, existe un déficit estructural en los programas y recursos destinados a los jóvenes ex tutelados para preparar su transición a la vida adulta. Nada mas lejos de las mentiras con que la extrema derecha suma votos.
Desde hace algún tiempo una sentencia regresiva del Tribunal Supremo (STS nº 1155/2018 de 9 de julio) vino a cambiar la doctrina anterior que aceptaba una cierta flexibilización en las condiciones para la renovación de la residencia de los jóvenes ex tutelados que hubieran alcanzado la mayoría de edad. Actualmente las renovaciones de estas residencias son denegadas sistemáticamente por la administración, alegando la falta de medios de vida propios, es decir derivados de actividad laboral, sin considerar otras circunstancias, en especial la limitación estructural de su estatus migratorio, ya que no disponen de una autorización de trabajo. Ello implica que en la inmensa mayoría de casos acaban cayendo en la irregularidad sobrevenida, profundizándose con esta práctica, su situación de vulnerabilidad.
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Esta realidad, por otra parte, conecta con la hipocresía de una política migratoria que establece como uno de sus fines la promoción por parte de los poderes públicos de la plena integración de los extranjeros en la sociedad española, en un marco de convivencia de identidades y culturas diversas sin más límite que el respeto a la Constitución y la ley (art. 2 ter, Ley 14/2000 de 11 de enero). ¿Como es posible pensar en el ejercicio de los derechos sociales, laborales, económicos o de participación, pilares básicos de la integración social, si siendo menores son sometidos a una política que niega derechos fundamentales, y luego al acceder a la mayoría de edad se les impide poder continuar con sus papeles?
Cuestionar estas prácticas regresivas, denunciarlas, activar el dialogo en la agenda pública, incidir políticamente para producir cambios necesarios y la adopción de políticas públicas con perspectiva de derechos hacia la infancia migrante, no solo es una manera de cumplir los compromisos internaciones derechos humanos, sino que puede funcionar como un antídoto frente a los discursos de odio.
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