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Delito fiscal El Supremo confirma la condena de 21 meses a Messi por defraudar más de 4 millones

El alto tribunal rebaja a 15 meses la pena  para el padre del jugador, al apreciar el atenuante de reparación del daño por la devolución a Hacienda del dinero defraudado por parte del futbolista del FC Barcelona

El jugador del FC Barcelona Leo Messi, en el Nou Camp durante el último partido de Liga contra el Eibar. REUTERS/Albert Gea

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El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia de Barcelona que condenó a Leo Messi a 21 meses de cárcel por tres delitos de fraude fiscal en sus declaraciones de IRPF de los ejercicios 2007, 2008 y 2009 por un total de 4,1 millones de la explotación de los derechos de imagen del futbolista.

El alto tribunal desestima el recurso del jugador, que ya obtuvo una rebaja de la pena por abonar los 4,1 millones que dejó de ingresar en la Hacienda española.

En cambio, el alto tribunal ha decidido rebajar de 21 a 15 meses de prisión la condena que la Audiencia de Barcelona acordó para el padre del jugador, Jorge Horacio Messi, en julio del año pasado como cooperador necesario al apreciar el atenuante de reparación del daño por la devolución a Hacienda del dinero defraudado por parte de su hijo.

Además de la pena a prisión, la condena incluye multas de 2 millones de euros al futbolista y de 1,3 millones de euros a su padre.

El jugador del FC Barcelona Lionel Messi y su padre, Jorge Horacio Messi, en la sala de la Audiencia de Barcelona durante la tercera jornada del juicio que se sigue contra ellos por tres delitos contra la Hacienda Pública. EFE/Alberto Estévez

El jugador del FC Barcelona Lionel Messi y su padre, durante el juicio en la Audiencia de Barcelona por delito fiscal. EFE

El futbolista del Barça, que ya devolvió la cantidad defraudada antes del juicio y pagó una multa, previsiblemente no entrará en prisión (tampoco su padre), ya que habitualmente el internamiento en la cárcel, cuando se trata de condenas inferiores a los dos años, es suspendido por parte del tribunal que firma la sentencia, mientras no se incurra en otros delitos. Ahora bien, la última palabra al respecto será de la Audiencia de Barcelona, el tribunal firmante de la sentencia que ha confirmado el Supremo.

Dos magistrados defienden que debieron castigarse los tres delitos como uno solo continuado

La sentencia del Supremo incluye dos votos particulares de magistrados que, aunque están de acuerdo con la condena, defienden que debieron castigarse los tres delitos como uno solo continuado, criterio técnico que en la práctica, en cualquier caso, no hubiera supuesto una variación sustancial de la pena. Un tercer magistrado, Alberto Jorge Barreiro, firma un voto concurrente en relación a esta misma cuestión.

La leve rebaja del castigo impuesto a Jorge Messi (cuyo recurso acepta parcialmente el alto tribunal) es el único aspecto de la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que modifica el Supremo, aunque su fallo cuestiona que no haya habido acusación contra los asesores fiscales.

Rechaza un juicio paralelo en los medios

En su fallo, el Supremo responde a las muy diversas cuestiones planteadas por los abogados de los Messi y, así, rechaza su queja respecto a haber sufrido un juicio paralelo en los medios. Este supuesto juicio paralelo no ha influido en el proceso penal, responde el Supremo antes de dudar de que, efectivamente, lo haya habido. No es seguro que "el tratamiento periodístico fuera ilegítimo (...) y más respecto a actos no precisamente encomiables de quien, por su trascendencia pública (...) merece la adecuada, aunque ponderada, crítica", dice el tribunal.

Otro de los aspectos que niega el Supremo es que Messi actuara de modo ignorante: "no estamos ante un caso de error invencible en el conocimiento de la norma, sino ante la inteligencia que busca anular las dificultades que el desconocimiento de ésta suponía para lograr el objetivo de burlarla"

Así, la Sala Segunda del alto tribunal entiende que el jugador azulgrana conocía "inequívocamente" su obligación de tributar por los ingresos que obtenía gracias a la explotación de sus derechos de imagen. "No resulta acomodado a lógica admitir que quien percibe importantes ingresos ignore el deber de tributar por ello", dijo la sentencia.

Ya la Audiencia de Barcelona recriminó a Messi que optara por una "ignorancia deliberada" sobre la gestión de sus ingresos por derechos de imagen, creando un entramado societario que no era "claro y nítido". A dicho entramado se refiere también el Supremo en respuesta al recurso de Messi, a quien recuerda que ese tipo de estructuras "plasman los más típicos mecanismos de los defraudadores fiscales". Crear sujetos pasivos interpuestos entre el defraudador y Hacienda y ubicarlos en países diversos que dificultan el seguimiento del dinero es "un paso más para incrementar el poder de la artimaña", dice el Supremo.

El futbolista argentino, cinco veces mejor jugador mundial del año, recurrió ante el Supremo después de la condena emitida por la Audiencia de Barcelona el pasado julio.

Tras ser acusados formalmente en junio de 2013, los implicados realizaron un "pago correctivo" de cinco millones de euros al fisco español, un hecho que el Supremo ha contemplado como atenuante para rebajar la pena del progenitor de Messi.

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