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Glovo Un juzgado de Madrid sentencia que los repartidores de Glovo no son falsos autónomos

El fallo reconoce su independencia, ya que la relación entre ambas partes no presenta las características de una relación laboral

Un repartidor de Glovo.

EUROPA PRESS / PÚBLICO

Un juzgado de primera instancia de Madrid ha emitido una sentencia que declara que los repartidores que colaboran con Glovo no son falsos autónomos y reconoce su independencia, ya que la relación entre ambas partes no presenta las características de una relación laboral, según señala la startup en un comunicado.

Para Glovo, se trata de una resolución judicial que "refuerza" el modelo de negocio de la compañía, después de que la Justicia italiana también haya validado este tipo de relación laboral hace unos días.

"La pretensión de los repartidores de Glovo es que Inspección de Trabajo aprecie el carácter laboral y no mercantil que mantienen con la empresa, puesto que es la multinacional quien impone de forma absoluta las condiciones de prestación del servicio y determina aspectos sustanciales de su vinculación, como la configuración de sus horarios y los periodos de descanso", expuso Col·lectiu Ronda Jurídic, el despacho de abogados que asesora a los trabajadores, cuando Intersindical Alternativa de Catalunya interpuso una denuncia contra la firma en julio.

En concreto, la nueva sentencia asegura que el repartidor no tiene jornada ni horario, que él mismo decide cuándo desea trabajar y cuándo no, qué pedidos repartir y cuáles no y la ruta a seguir, sin que la empresa le imponga la clase o el número de pedidos a realizar.

Además, afirma que el trabajador puede incluso "desistir de un servicio previamente aceptado a mitad de ejecución sin sufrir por ella penalización alguna". "Ninguna de estas características son predicables de una relación laboral ordinaria, sino de una relación de trabajo en régimen de autónomo Trade", añade la sentencia recogida por Glovo.

En relación al sistema de puntuación, la resolución refleja que "no es un instrumento de control o sanción del empleador, ya que sirve para regular la preferencia de acceso a pedidos. El hecho de que se acumulen más puntos por prestar servicios en horas de mayor demanda no es una sanción, sino un incentivo, no debiéndose confundir un concepto con otro".

Según la resolución, el trabajador no está sometido a una estructura organizativa interna de la empresa, sino que esta solo decide las tarifas, el lugar de prestación de los servicios y la herramienta a través de la cual oferta los recados. A raíz de esta sentencia, la directora legal de Glovo, Marita Rancé, se ha mostrado "complacida" de que un tribunal valide el modelo de negocio de la compañía y el contrato utilizado en una sentencia "muy elaborada y con todo detalle".

No obstante, admite que se trata de un primer pronunciamiento, aunque espera que se confirme en próximas instancias y que, "por supuesto", se tenga en cuenta por la autoridad laboral. Al mismo tiempo, el cofundador de la compañía Sacha Michaud ha dicho estar "convencido" de que estos modelos crean valor en la sociedad y de que son una vía de desarrollo a futuro.

Sentencia contra Deliveroo

La sentencia del juzgado de Madrid llega después de que en junio un juez de los Juzgados de lo Social de Valencia considerara que un repartidor de Deliveroo era un falso autónomo. Además, condenaba a la multinacional a indemnizar con 705 euros a este trabajador o a su readmisión tras un despido improcedente.

Se trataba de la primera sentencia judicial que reconocía que un gigante de la llamada economía colaborativa utiliza, se beneficia y compite en ventaja mediante el uso de falsos autónomos.

El sueldo y otros pagos

El pasado marzo, el diario ABC publicó que la compañía planeaba instaurar un pago por el uso de la plataforma que deberán abonar sus trabajadores si quieren colaborar con la app. El sueldo de los repartidores depende del número de repartos y kilómetros que realizan. Además, deben hacerse cargo de los costes de mantenimiento de sus vehículos de trabajo, es decir, de sus bicicletas. Por otro lado, Glovo obliga a sus repartidores a pagar su cuota de autónomo. Esto se debe a que la compañía se encuadra en la llamada "economía colaborativa" y considera a sus trabajadores "autónomos independientes".

Por este motivo, Inspección de Trabajo sigue de cerca la pista a Glovo, y a otras plataformas de comida a domicilio como Deliveroo o Uber Eats, por la relación laboral que tienen con sus trabajadores. Investiga si en realidad trabajan como falsos autónomos.

Precisamente también en marzo, el Gobierno aprobó un decreto contra el uso de falsos autónomos por empresas como Deliveroo o Glovo. Con esta medida, el presidente aseguraba que aflorarían cerca de 40.000 empleos de aquí a finales de año. Sánchez explicó que al regularizar y legalizar la situación de estos falsos autónomos lograrán más derechos y cobertura, gracias a "un trabajo digno del que se ven privados por el mal uso de esta figura".

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