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Prevaricación Siete años de inhabilitación para el exalcalde de Ourense Francisco Rodríguez por contratar "a dedo"

Para la jueza, los contratos denunciados "supusieron una clara contravención de todos los límites legales vigentes" al tratarse de una contratación "a dedo" 

Francisco Rodríguez, exalcalde de Ourense. EUROPA PRESS

EUROPA PRESS

El Juzgado de lo Penal número 2 de Ourense ha condenado a siete años de inhabilitación para empleo o cargo público por un delito de prevaricación administrativa en el caso de las asistencias técnicas al exalcalde socialista de Ourense Francisco Rodríguez.

Además del que era regidor en el momento de los hechos, han sido condenados a la misma pena los entonces concejales Áurea Elena Soto Vázquez y Xosé Fernando Varela Parada, así como el director xeral de Rehabilitación Urbana Xosé Carballido Presas.

Según precisa el fallo, la inhabilitación "comprenderá los cargos de alcalde y concejal o cualquier otro de naturaleza electiva y ámbito local que implique participación en el gobierno municipal, con la incapacidad para obtener otros análogos en el ámbito autonómico o estatal durante el tiempo de la condena".

Por su parte, la magistrada absuelve a la entonces concejala del BNG Iolanda Pérez Docampo y Xosé Somoza Medina, que era portavoz municipal del Bloque. Ambos habían abandonado sus responsabilidades políticas tras la imputación.

Fiscalía había solicitado que la condena también inhabilitase a los acusados para ejercer un puesto como funcionario público. Sin embargo, la sentencia ha considerado esta petición como "absolutamente desproporcionada al hecho delictivo" por lo que los condenados podrán seguir ejerciendo sus trabajos en la función pública.

La acusación había pedido diez años de inhabilitación para los seis cargos del gobierno bipartito del PSOE y BNG por seis delitos continuados de prevaricación en las contrataciones o prórrogas bajo la modalidad de asistencias técnicas de cinco trabajadores en el Área de Rehabilitación, VPP y PERIS, entre los años 2008 y 2013.

Contratación "a dedo"

Para la jueza, los contratos denunciados "supusieron una clara contravención de todos los límites legales vigentes" al tratarse de una contratación "a dedo" y sin que hubiera un concurso público que valorase el mérito y la capacidad de los candidatos.

Además, insiste en que "ya desde su inicio" ninguno de estos puestos de trabajo se trataba de un contrato menor, porque no cumplían con los requisitos establecidos por ley que exige que no superen los 18.000 euros anuales, que no tengan una duración superior a un año y que no puedan ser prorrogados.

Sin embargo, los cinco trabajadores vieron renovados sus puestos a pesar de los numerosos reparos presentados por el interventor, a partir de febrero de 2011 en contra del sistema de contratación y alertando de que no se trataba de "contratos menores".

Inhabilitación al exalcalde Francisco Rodríguez

La sentencia considera al exalcalde Francisco Rodríguez (2007-2012) culpable de un delito único de prevaricación por no haber adoptado "ninguna decisión" para poner fin a ésta situación, a pesar de los 24 reparos presentados por el interventor entre 2011 y 2012.

Para la magistrada, "mantuvo una "absoluta pasividad" ante el problema que estaba siendo denunciado, al contrario que su sucesor en el cargo Agustín Fernández, que a los dos meses de acceder a la Alcaldía "comunicó a la responsable de la concejalía, que tenía tres meses para solucionar el problema".

Condena a Aurea Soto

También ha sido condenada a siete años de inhabilitación la exconcejala de Urbanismo Áurea Soto por la "omisión continuada y reiterada en el tiempo a la hora de poner fin a la ilegalidad existente".

La jueza considera que al ser la máxima responsable del área en la que se realizaron los contratos a ella "le competía adoptar esta decisión". Así, la sentencia resalta que a lo largo de dos años y medio Soto no tomó ninguna decisión efectiva, hasta la orden emitida por el exalcalde Agustín Fernández.

La jueza ha apuntado que uno de los contratos no fue una situación heredada, como aludieron en varias ocasiones los acusados, sino que se realizó durante su mandato y que la concejala "era plenamente conocedora de que ya estaba superando los 18.000 euros anuales (por muy escaso que fuese el importe sobrepasado), y también de que ya llevaba un año prestando esos servicios y no podía continuar".

Xosé Fernando y Xosé Carballido

En el caso de las dos providencias firmadas por el concejal Xosé Fernando Varela, para la prórroga de los contratos existentes, la sentencia apunta que en la primera de ellas (julio de 2011) no existen datos que permitan sostener que era consciente de que se trataba de una actuación ilegal.

Sin embargo en el caso de la segunda providencia (febrero de 2014), firmada junto a Xosé Carballido, la magistrada apunta que ya se habían presentado cuatro informes en relación a los reparos presentados por intervención a las facturas de esos trabajadores.

"Tenemos datos más que suficientes para considerar que ambos acusados, al tiempo de dictar la resolución por la que prorrogaban los contratos, eran conocedores de que la misma era manifiestamente ilegal por contravenir todos los límites contemplados para los contratos menores", señala la sentencia.

Xosé Somoza

En el caso de Xosé Somoza, que tomó posesión como director xeral de Rehabilitación Urbana en julio de 2012 y abandonó el puesto en octubre, fiscalía reclamaba la misma pena en base a dos informes (julio y septiembre) en los que justificaba la contratación de estas personas y el levantamiento de los reparos.

Sin embargo, la jueza ha desestimado la petición porque el acusado no realizó ninguna resolución administrativa durante su mandato. También ha descartado su papel como cooperador necesario porque sus informes "no eran vinculantes" para el alcalde.

Iolanda Pérez

Además ha absuelto a la concejala Iolanda Pérez por considerar que no existen datos objetivos que "permitan concluir de manera absoluta" que fuese "plenamente consciente de la ilegalidad" de su decisión de prorrogar mensualmente los contratos denunciados.

La sentencia insiste en que la concejala del BNG llevaba mes y medio en su cargo y que "no hay constancia de que fuera informada o advertida por los técnicos" sobre la situación ilegal de los contratos.

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