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Tribunales Carpetazo judicial a la supuesta violación de la 'manada militar' de Bobadilla

La Justicia militar archiva definitivamente el caso de la 'manada militar', que arrancó con la denuncia de una soldado contra cuatro compañeros por una supuesta violación grupal. Por otro lado, una sentencia absuelve a un acusado por otra presunto abuso sexual contra la misma mujer.

Imagen de un detalle del acuartelamiento de Bobadilla en Málaga. EFE/ARCHIVO

P. R.

El Tribunal Militar Territorial de Sevilla ha cerrado el sumario abierto a raíz de las denuncias de una soldado del acuartelamiento del Ejército del Aire de Bobadilla (Málaga), quien aseguraba haber sido agredida sexualmente el 10 de diciembre de 2017. Así, un auto de noviembre del pasado año decreta el sobreseimiento definitivo de actuaciones de un mediático asunto que se dio por llamar 'la manada militar'. Por otro lado, una sentencia del pasado mes de febrero absuelve al único acusado de un caso de abuso sexual contra la misma soldado, que tuvo lugar en septiembre de 2017.

La soldado denunció que fue drogada y violada por sus compañeros durante la celebración del Día de la Patrona del Ejército del Aire. Dos días más tarde, el 12 de diciembre de 2017, la soldado presentó una denuncia ante el juzgado de Antequera (Málaga), a instancias de su superior. El caso terminó recayendo para su instrucción en el juzgado militar número 24 de Sevilla.

Según declaró en su día, la soldado acudió a un pub de Bobadilla el día de la Patrona del Ejército del Aire, pidió una cerveza y, después, fue al baño dejando la bebida en la barra. Cuando regresó notó un sabor extraño en la cerveza, aunque no le dio importancia, y poco después fue rodeada por varios compañeros, que comenzaron a tocarla. Al día siguiente, se despertó en el cuartel con las medias bajadas, fuerte dolor de cabeza, un hematoma y molestias en el pecho.

El auto de archivo, que publicaba ABC y se puede hallar en CENDOJ, desgrana que las pruebas toxicológicas en su cabello revelaron que la soldado había "consumido de manera reiterada sustancias tales como el MDMA (éxtasis) y efedrina; y de manera menos reiterada, otras sustancias como la clorfeniramina o su isómero dexclorfeniramina"; para los jueces ninguna de esas sustancias producen efectos compatibles con los que denuncia la mujer.

El informe médico forense, emitido el 20 de diciembre de 2017, afirma que "no se objetivan hallazgos de interés en genitales externos ni internos, ni en el resto de la superficie corporal". Tampoco se encontró restos de semen en sus medias y sí en su ropa interior, pero de otro compañero con quien tuvo relaciones sexuales con posterioridad a los hechos denunciados. Tampoco se encontraron testigos.

Por tanto, el Tribunal estima que "no existe ningún hecho que avale, no ya de manera directa, ni siquiera periférica o circunstancialmente, los hechos denunciados, por lo que sólo contamos con la declaración de la denunciante". Y en este sentido reprocha a la denunciante "la falta de credibilidad objetiva y falta de persistencia en la incriminación, en las diferentes declaraciones prestada por la denunciante", un total de ocho.

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Absolución en un caso anterior

Asimismo, el Tribunal absuelve, en una sentencia de febrero de este año, al único acusado por abusos sexuales contra esta soldado, que supuestamente tuvo lugar en septiembre de 2017. En las conclusiones, los magistrados desgranan detalladamente las razones de tal absolución. Así, si bien se tiene por probado que existió una relación sexual —que el propio acusado reconoció—, se centran en si hubo consentimiento por parte de la mujer.

"La víctima", razona el Tribunal, "no estaba impedida de comprender o actuar conforme a dicha comprensión [...], su libertad de acción y voluntad eran completamente libres".

Así, los magistrados, "vista la falta de verosimilitud de la misma así como la incoherencia tanto de sus manifestaciones como de su comportamiento". Para el Tribunal, "va en contra de cualquier lógica racional que, como manifiesta la soldado, dijera '50 veces que no' y a pesar de ello se quedase en la habitación con el acusado".

También reprochan a la mujer que "después de haber sufrido una situación de abuso permaneciera en la misma habitación que su agresor durante al menos unos diez minutos y se tumbara en la cama de al lado a dormir, sobre todo cuando ha quedado acreditado que éste no fue en ningún momento agresivo ni medio ninguna tipo de intimidación por su parte".

Los jueces destacan que su actitud al encontrarse con una superior —una cabo— tras los supuestos hechos "fuera la de una persona tranquila, no estaba ni nerviosa ni angustiada", según afirmó la propia cabo, que recordó que la soldado le comentó que el acusado "lo había intentado [una penetración anal] pero que no había podido, que no se había dejado".

Además, el Tribunal refuerza su argumentario al subrayar que la soldado "no contase nada hasta pasados unos tres meses, en diciembre, en el seno de la investigación de otros hechos", es decir, cuando denunció a la llamara 'manada militar', la supuesta violación grupal archivada; y que a pesar de haber sufrido una penetración anal, y no haber tenido nunca una relación de este tipo, "no acudiera a algún centro médico".

Por todo ello, el Tribunal Militar Territorial de Sevilla tiene "la firme convicción que las relaciones sexuales fueron plenamente consentidas por la soldado y que, por tanto, no existe prueba de cargo alguna para determinar que el soldado acusado cometiera el delito de abuso sexual".

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