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Ley Antidesahucios Andalucía comprará las viviendas a los bancos antes de que desahucien a sus inquilinos

El Gobierno de Susana Díaz ultima una ley que le otorga el derecho preferente de compra antes de la ejecución hipotecaria en un juicio. La norma suple a la ley que permitía expropiar pisos a los bancos, y que fue tumbada por el Constitucional.

Acto de protesta frente a una sede del Partido Popular. EFE/Archivo

DANIEL CELA

En la legislatura pasada, el Gobierno andaluz aprobó una ley pionera contra los desahucios que causó un gran impacto social: permitía a la Administración expropiar temporalmente una vivienda antes de que un banco desalojara a la familia propietaria por no poder hacer frente a la hipoteca. Además, la norma obligaba a las entidades bancarias a informar con detalle del número de pisos vacíos que tenían en cartera, con pena de ser sancionadas si se negaban a sacarla al mercado.

Se le llamó popularmente Ley Antidesahucios. Tuvo una enorme repercusión social y mediática porque entró en vigor en un momento crítico de la crisis (hasta 2013 se contabilizaban 80.000 desahucios en Andalucía). Pero la norma, promovida y diseñada por IU cuando formaba coalición de Gobierno con el PSOE, fue recurrida por el Gobierno de Mariano Rajoy y posteriormente suspendida parcialmente por el Tribunal Constitucional.

El posterior Gobierno socialista de Susana Díaz decidió entonces elaborar una segunda ley contra los desahucios, que apostaba por ejercer el derecho preferente de compra de una vivienda, en lugar de expropiársela al banco. El Consejo de Gobierno recibe este martes el anteproyecto de ley que permitirá a la Junta de Andalucía adquirir aquellas viviendas que están en la fase final de la ejecución hipotecaria en el proceso judicial.

La norma da preferencia al Gobierno andaluz para pujar por esa vivienda durante el lanzamiento de la misma, antes de que el proceso judicial de desahucio se ejecute. La Junta se convertiría en propietaria de un piso recién embargado por el banco por los impagos reiterados de sus dueños originales, adquiriría el inmueble por su valor de mercado, y evitaría así que la familia quedase en la calle. Al menos temporalmente.

La Consejería de Fomento y Vivienda prevé que la ley llegue al Parlamento antes de junio y pueda estar vigente en el próximo periodo de sesiones. De hecho, los Presupuesto Autonómicos de este año ya contemplan una partida específica de cuatro millones de euros para la puesta en marcha de la ley, un dinero con el que Fomento podrá ejercer su derecho preferente de tanteo y retracto de las viviendas al borde del desahucio. “Estimamos que esta partida inicial será suficiente para que la Administración pueda responder a las situaciones de expropiación que contempla la ley y que se den este mismo año”, explican desde el departamento que dirige el consejero Felipe López.

Estaba previsto que la norma entrase en vigor antes del verano, pero el borrador inicial sufrió un parón después de un informe contrario del Consejo Económico y Social. El órgano consultivo del Gobierno andaluz puso reparos a un artículo de la ley, que habilitaba a la Junta a desarrollar el tanteo y retracto “preferentemente en zonas marginadas” (en el norma se les llamaba “áreas de retracto”).

El informe advirtió de que este punto podría inducir a crear “guetos”, y obligó a la consejería a eliminarlo del texto final. La nueva redacción de la ley establece que el derecho preferente de compra por parte de la Administración atenderá, principalmente, a criterios socioeconómicos: los ingresos anuales de los titulares del inmueble que corren riesgo de desahucio. También se tendrá en cuenta el tipo de vivienda.

La llamada Ley Antidesahucios fue la norma más significativa del anterior Gobierno de coalición PSOE-IU. En el escaso tiempo que estuvo en vigor, la norma sólo permitió dos expropiaciones, una en Huelva y otra en Torremolinos, pero se estaban tramitando otros 200 expedientes de expropiación más. Cuando fue suspendida, en mayo de 2015, la sentencia hizo públicos los datos oficiales de viviendas vacías en Andalucía que, hasta entonces, nunca se habían reconocido por parte de la Administración: 548.669 pisos deshabitados, viviendas arrendadas (16,9%) y demanda de vivienda en arrendamiento en Andalucía (más de cincuenta mil unidades familiares).

Los servicios jurídicos del Gobierno andaluz aseguraron entonces que existía “un desorbitado parque de viviendas sin uso o infrautilizado y una demanda insatisfecha, con una oferta insuficiente y a precios no adecuados”, “por lo que se hace urgente potenciar su uso, mediante las distintas medidas contempladas en este decreto ley, en un contexto de crisis económica como el que venimos padeciendo”.

El recurso interpuesto por el PP en su día supuso la paralización de los aspectos más relevantes de la ley: la expropiación temporal y las sanciones a los bancos que tuvieran pisos vacíos. Pero el resto de la norma sigue plenamente vigente. Desde octubre de 2012, cuando entra en vigor la ley, hasta finales de 2016, la Consejería de Vivienda ha atendido a 12.153 familias de Andalucía a través de las ocho oficinas provinciales de asesoramiento en materia de desahucios. De ese conjunto, el año pasado este servicio abrió 1.225 expedientes, en su mayoría en el ámbito de la intermediación.

A través de este instrumento, presente con una oficina en cada delegación provincial, se presta apoyo a las familias en riesgo de pérdida de su vivienda habitual y permanente, ofrece información y orientación profesional de forma prioritaria y singularizada en todas las cuestiones relacionadas con el derecho a una vivienda digna, con especial atención a aquellas personas que carecen de los medios adecuados para la defensa de sus intereses. También incluye intermediación con las entidades financieras y protección en caso de que se produzca la pérdida del inmueble.

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