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Referéndum 1-O Cierre del gasto, control de pagos y aviso a los bancos, las medidas de Montoro en Catalunya

El Gobierno responde por esta vía, en una orden ministerial y con la estabilidad presupuestaria como uno de los argumentos base, a los movimientos de la Generalitat para llevar a cabo el referéndum.

El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, durante la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros celebrada en el Complejo de La Moncloa. EFE/Ángel Díaz

El BOE de este sábado recoge la orden ministerial que establece las medidas de control a las cuentas de la Generalitat establecidas ayer por Cristobal Montoro, ministro de Hacienda, para evitar que se destinen fondos públicos a financiar el referéndum de independencia del próximo 1 de octubre. Firmada por la Comisión Delegada de Asuntos Económicos a propuesta del propio ministro, establece el control de pagos, operaciones financieras y contrataciones, además de la congelación del gasto en todos los apartados presupuestarios, excepto en aquellos destinados a mantener los servicios básicos.

El Gobierno responde por esta vía, en una orden ministerial y con la estabilidad presupuestaria como uno de los argumentos base, a los movimientos de la Generalitat para llevar a cabo el referéndum. La decisión, según el propio texto, responde a la carta de Oriol Junqueras, vicepresidente de la Generalitat, que escribió a Montoro para anunciarle que la Generalitat dejaba de enviar los informes semanales de gasto que el Gobierno impuso a Catalunya en julio como medida de control.

Aunque recuerda la unidad de España establecida en la Constitución, la exposición de motivos se centra, sobre todo, en cuestiones financieras. Según el texto, "en las últimas semanas se ha producido una escalada de acontecimientos que ponen en riesgo el principio de coordinación de las Haciendas Públicas, el de estabilidad presupuestaria y el de sostenibilidad financiera, perjudicando gravemente el interés general y poniendo en peligro el funcionamiento del sistema de financiación autonómico en Catalunya". Y que la autonomía financiera termina donde empieza la estabilidad financiera, a la que coloca por encima nombrando el artículo 135 de la Constitución, reformado de forma exprés por PSOE, PP y UPN en 2011.

Además, argumenta que, al generar "dudas sobre la voluntad del Gobierno de la Comunidad de atender los pagos de la deuda pública", siendo la Hacienda estatal el principal acreedor, las decisiones económicas de Catalunya son "una clara amenaza para el correcto funcionamiento de la Hacienda Pública del conjunto del país".

Esta es la tercera orden de Hacienda para controlar las cuentas catalanas y, un control que ha ido escalando desde las probadas en noviembre de 2015 y el pasado mes de julio. Ahora, lo que se ordena en este texto es un control casi total de pagos, gastos y financiación.

Si Puigdemont no firma el acuerdo de no disponibilidad, lo hará Montoro

La primera medida pasa por exigir a Carles Puigdemont, presidente de la Generalitat, que firme un acuerdo de no disponibilidad en 48 horas que suponga la prohibición de nuevos gastos, excepto aquellos destinados a pagar los servicios públicos básicos y las remuneraciones de los funcionarios. Si no lo hace, avisa la orden, será el propio Montoro el que la firme.

Para los pagos sí permitidos, todas las facturas que vayan con cargo a los fondos del sistema de financiación se pagarán desde el Ministerio de Hacienda. Deberán contar con certificados que acrediten que se destinan a asuntos que no incumplen la ley. También se exigirá esa certificación a los contratos públicos, y se advierte a las empresas adjudicatarias que deberán informar a Hacienda y al Ministerio Fiscal, si fuera necesario, si son contratados para servicios o suministros vinculados con el referéndum.

En cuanto al control financiero, la orden establece que todas las operaciones de financiación o deuda de la Generalitat deberán ser aprobadas por el Consejo de Ministros. Cualquier operación en entidades de crédito deberá contar con un certificado o una declaración responsable que acredite que el movimiento no está destinado a actividades ilegales. Además, obliga al Interventor General de la Generalitat, en 48 horas, a entregar a Hacienda una lista de los contratos de servicios bancarios o financieros en vigor. El objetivo es que Hacienda pueda comunicar a las entidades financieras que no pueden autorizar movimientos destinados a sufragar el referéndum.

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