Público
Público

Laboral Un juzgado de León concede la reducción de jornada a una trabajadora para cuidar a su suegra

Esta trabajadora de una empresa de telemárketing podrá reducir a 34 horas su jornada laboral para cuidar a su suegra de 87 años que no puede valerse por sí misma. 

Imagen de archivo de las manos de una anciana - EFE

EFE

El Juzgado de lo Social número 3 de León ha obligado a una empresa de telemárketing a reducir a 34 horas la jornada laboral de una trabajadora para poder cuidar a su suegra, que tiene 87 años y no puede valerse por sí misma.

La mujer trabajaba de lunes a sábado en turnos rotativos de mañana y tarde y pidió a la empresa que le redujeran la jornada en el turno de mañana de lunes a viernes para poder hace frente al cuidado de su suegra, según la resolución judicial. La compañía rechazó su petición por lo que la mujer decidió llevar el caso a la Justicia, ante la que alegó que estaba siendo discriminada por razón de sexo.

Además, precisaba que se le negaba una medida que sí se le había concedido a otras compañeras suyas para que se hicieran cargo del cuidado de sus hijos. La sentencia puntualiza que "ninguna razón existe para discriminar a la familia de la trabajadora en relación con sus compañeras con jornada reducida, antes o después de firmarse 'cualquier pacto' que establezca condiciones menos favorables que las establecidas en la normativa vigente".

"No resulta cuestionable la posibilidad de una afectación del derecho a la no discriminación por razón de sexo como consecuencia de decisiones contrarias al ejercicio del derecho de la mujer trabajadora a la reducción de su jornada por guarda legal, o indebidamente restrictivas del mismo", explica el texto judicial.

La sentencia, adelantada por el diario Cinco Días, subraya que el Estatuto de los Trabajadores establece como causa de reducción de jornada por motivos familiares "tener que hacerse cargo del cuidado directo a una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial que no desempeñe una actividad retribuida". El juez da por tanto la razón a la trabajadora, y falla que tiene derecho a reducir su jornada de trabajo a 34 horas semanales, en jornada de lunes a jueves de 09.00 a 16.00 horas y de 09.00 a 15.00 horas los viernes, de forma continuada.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias