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La Justicia revoca una condena a un año de cárcel por tuitear "arriba GRAPO, Al-Qaeda y ETA :D"

La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional absuelve a un joven de 20 años que había sido condenado previamente por un delito de enaltecimiento del terrorismo. El tribunal entiende que los tuits responden “a actividades de desahogo y crítica social” y no suponen “un riesgo real”.

Fachada de la sede de la Audiencia Nacional EFE

Tuitear mensajes como “arriba GRAPO, Al-Qaeda y ETA :D” o “Que vuelva GRAPO y le peguen un tiro a Rajoy en la nu..."; no constituye un delito de enaltecimiento del terrorismo. Así lo ha considerado la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional, que revoca la condena a un año de prisión que le fue impuesta a un joven por los mensajes anteriores, además de tuitear varios chistes sobre la víctima de ETA Irene Villa y la frase: “Ostias también quiero que vuelva ETA y la GESTAPO. Me estoy ganando más cárcel, ¿no?".

La sentencia de la Sala de Apelación, cuyo ponente ha sido el magistrado Eloy Velasco, argumenta que “es fácil de entender” que los tuits del hasta ahora condenado responden “a actividades de desahogo y crítica social” y no a una “intención generadora de riesgo, ni siquiera indirecta” a la comisión de nuevos atentados por parte de Al Qaeda o de la vuelta a la actividad armada de organizaciones como ETA, los Grapo o la Gestapo.

El tribunal recuerda que para valorar correctamente si se ha cometido un delito de enaltecimiento, penado en el artículo 578 del Código Penal, deberán examinarse “las circunstancias concretas del autor, destinatarios del mensaje y contexto en el que se hacen”, tal y como exige la Directiva Europea de Lucha contra el Terrorismo, con el fin de dilucidar si los mensajes conllevan “riesgo de nuevos ataques terroristas” o no.

En este sentido, la sentencia valora que el autor es un joven de 20 años, sin vínculos con ninguna organización armada, con pocos seguidores en Twitter y que escribía esos mensajes en un contexto de “crítica social” ante una sentencia condenatoria de la Audiencia Nacional, precisamente, por enaltecimiento del terrorismo en redes sociales.

Por todo ello, la Sala de Apelación concluye que el joven debe ser absuelto ya que aunque los mensajes “puedan parecer extralimitados” o “irreflexivos” no generan “un elevado riesgo real” de que aquellos que leyeran estos mensajes en Twitter “intentasen emular o repetir” las actividades terroristas de las mencionadas organizaciones.

La Justicia revoca de esta manera la condena a un año de prisión que le había impuesto la Sección III de la Audiencia Nacional, que argumentó, por contra, que los tuits del joven “alentaban el retorno del GRAPO como vía para atentar contra una persona", además de “suponer objetivamente una loa por adhesión a unas siglas terroristas”, refieriéndose, en este último caso, a Al Qaeda.

Precedente importante

Los abogados de la defensa del hasta hoy condenado, Eric Sanz de Bremond y Daniel Amelang, de La Red Jurídica, han destacado la importancia de que “la Sala de Apelación haya tomado la decisión de absolver al acusado en base a lo dispuesto en la Directiva Europea de Lucha contra el Terrorismo, que establece que únicamente podrán ser punibles las conductas que busquen incitar a la comisión de delitos de naturaleza terrorista”.

En su opinión, esta sentencia “es sumamente importante” ya que permite “descartar que se puedan castigar chistes de mal gusto o tuits escandalosos que buscan provocar una reacción pública no violenta”. “Esperamos que este precedente sirva para iniciar una interpretación de los delitos de enaltecimiento del terrorismo más acorde con los estándares mínimos de la libertad de expresión”, ha señalado Amelang, en declaraciones a Público.

Es destacable también que uno de los firmantes de esta sentencia revocatoria es el magistrado Enrique López, uno de los tres magistrados que firmó la sentencia de tres años y medio de prisión contra el rapero Valtonyc, en Bélgica actualmente, por el contenido de sus letras.

Detenido en la 'operación araña'

El joven de 20 años fue uno de los alrededor de 70 tuiteros que fueron detenidos en la conocida 'operación araña'. La Audiencia Nacional le condenó a un año de prisión por enaltecimiento del terrorismo al interpretar que los tuits del joven predicaban que el grupo terrorista GRAPO era “necesario”.

La sentencia de la Audiencia Nacional, a la que tuvo acceso la Cadena Ser, no fue unánime. La magistrada Clara Bayarri firmó un voto particular absolutorio basado en que el joven no tiene la "relevancia social, personal, cultural o mediática como para constituirse en un referente e influir en personas que puedan acceder a sus mensajes".

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