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Prisión permanente revisable La ley contempla cadena perpetua por el asesinato de la princesa de Asturias, pero no por el de su hermana

La reforma del Código Penal con la aprobación de la ley que en 2015 introdujo la prisión permanente revisable, respaldada únicamente por el Gobierno de Mariano Rajoy, hizo que se pueda castigar con esta pena a quienes atenten contra la vida del monarca y su heredera. Fuera de su aplicación quedarían la reina consorte, los reyes eméritos y la infanta Sofía.

Los reyes, junto a sus hijas, Leonor (princesa de Asturias), y su hermana, la infanta Sofía, en el acto central de celebración de los 40 años de la Constitución, en el Congreso de los Diputados. EFE

A.L.M.

La cadena perpetua encubierta que instauró en 2015 el Gobierno de Mariano Rajoy es aplicable ante el asesinato del rey, Felipe VI, y el de su heredera, la Princesa de Asturias, Leonor de Borbón (de 13 años), pero no así ante el de su hermana, la infanta Sofía de Borbón, que apenas cuenta con 11 años de edad.

De hecho, tampoco podría condenarse a cadena perpetua a quien atentase contra la vida de la reina consorte, Letizia Ortiz, ni contra la de los reyes eméritos. La modificación recogida en la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo sólo hace referencia así al jefe del Estado y a su heredero o heredera, pero no al resto de miembros de la Casa Real. 

Anteriormente, el texto establecía la pena de 20 a 25 años de cárcel para quien asesinase al cualquier miembro de la Familia Real

Distintos datos y los testimonios de expertos recopilados por este diario señalan que esta suerte de cadena perpetua no sirve para evitar la comisión de delitos, pero esto no ha impedido que la derecha recrudezca su pugna por hacerse con esta bandera, sin dejar pasar una ocasión de vender sus supuestas bondades.  

En concreto, la reforma legal puesta en marcha únicamente con la mayoría absoluta del PP en el Parlamento, que obtuvo el rechazo de todas las fuerzas de la oposición -que incluso recurrieron ante el Constitucional-, endureció el artículo 485 del Código Penal. Anteriormente, este texto sólo establecía la pena de 20 a 25 años de cárcel para quien asesinase al cualquier miembro de la Familia Real. 

infantas en el Congreso

La reina y las infantas en el Congreso de los Diputados, en una imagen de archivo.

Sin embargo, la nueva redacción distingue así entre los casos del monarca, su heredera y sus familiares directos: "1. El que matare al Rey o a la Reina o al Príncipe o a la Princesa de Asturias será castigado con la pena de prisión permanente revisable".

"2. El que matare a cualquiera de los ascendientes o descendientes del Rey o de la Reina, a la Reina consorte o al consorte de la Reina, al Regente o a algún miembro de la Regencia, será castigado con la pena de prisión de veinte a veinticinco años, salvo que los hechos estuvieran castigados con una pena más grave en algún otro precepto de este Código", reza desde entonces este artículo.

Esto supone, además, equiparar el asesinato de Felipe y Leonor de Borbón al homicidio de un jefe de Estado extranjero, así como al asesinato de personas "internacionalmente protegidas por un tratado".

La nueva redacción, además, añadía "Reina" y "Princesa de Asturias" al anterior escrito, en el que sólo aparecían estas palabras en género masculino.

Otros casos en los que es aplicable

-Cuando la víctima sea menor de 16 años o se trate de una persona especialmente vulnerable.

- Cuando sea subsiguiente a un delito contra la libertad sexual.

- En los asesinatos múltiples.

- En los cometidos por miembros de una organización criminal.

- Delitos contra el derecho de gentes (matar o violar la inmunidad personal de un jefe de Estado extranjero o de otra persona internacionalmente protegida por un Tratado).

- Delitos de genocidio.

- Delitos de lesa humanidad.

- Obstrucción de la recuperación del cadáver.

- Asesinato después de secuestro.

- Violaciones en serie.

- Violaciones a menores tras privarles de libertad o torturarles.

- Muertes provocadas en incendios, estragos causados en infraestructuras críticas y liberación de energía nuclear o elementos radiactivos.

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