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Elecciones generales 2019 La Junta Electoral autoriza al Gobierno a celebrar ruedas de prensa del Consejo de Ministros en periodo electoral

La Junta Electoral Central desestima la reclamación del PP porque, según reza la resolución, no recoge que se haya producido "ninguna conducta prohibida" en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

Imagen de la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros EUROPA PRESS

La Junta Electoral Central (JEC) no prohibirá que el Gobierno celebre ruedas de prensa en periodo electoral para informar de los acuerdos alcanzados en Consejo de Ministros. La resolución del órgano llega después de que el PP pidiera la prohibición de las comparecencias del Consejo de Gobierno durante el periodo electoral cuando en ellas se explicara el contenido de los decretos aprobados porque, a su juicio, pueden influir en la decisión de los votantes.

La Junta Electoral ha rechazado esta petición porque, según reza la resolución, la denuncia de los de Casado no pone de relieve que se haya producido "alguna conducta prohibida por los apartados 2 y 3 del artículo 50 de la LOREG". El órgano enumera en este sentido los hechos que el PP presentó como "prueba" de la "instrumentalización" de los poderes públicos por parte del Ejecutivo, y los rechaza uno a uno.

"En ella (en la denuncia de los conservadores) se hace referencia a una rueda de prensa anterior a la convocatoria electoral, a otra en la que no se contiene ninguna alusión a las realizaciones o a los logros obtenidos por el Gobierno y, finalmente, a futuras ruedas de prensa, sobre las que por su carácter meramente hipotético no resulta posible que la Junta pueda adoptar ninguna decisión al respecto", afirma la resolución.

También desestima la Junta Electoral una denuncia de Ciudadanos, que, aunque no pedía de forma directa la prohibición de las comparecencias de prensa, instaba al órgano a que recordara al Consejo de Ministros la obligación de "no hacer declaraciones que contengan alusiones a las realizaciones o logros obtenidos por el Gobierno" en las ruedas de prensa, así como que le advirtiera de las "consecuencias jurídicas en caso de incumplimiento". El Gobierno elevó el pasado viernes una serie de alegaciones ante el órgano para pedir el rechazo de la denuncia del PP.

La Secretaría de Estado de Comunicación esgrimió argumentos que van desde los límites de actuación de la propia Junta Electoral Central a la hora de resolver este tipo de conflictos hasta los preceptos constitucionales que podrían vulnerarse con la suspensión de las ruedas de prensa del Consejo. Concretamente, desde el Gobierno defendían que la suspensión de las ruedas "afectaría a la libertad de información de los medios de comunicación, al impedirles tanto el conocimiento de las medidas adoptadas por el Gobierno como su posterior difusión y valoración ante la ciudadanía".

Además, el Gobierno también advertía de que se podían ver vulnerados criterios de transparencia pública con la prohibición de las comparecencias del Consejo. "El recurso del PP puede afectar al artículo 20 de la Constitución (que regula el derecho a la información y a la libertad de expresión) porque pide la suspensión de "cualquier clase de publicidad y divulgación, por los medios que sean", de la aprobación de Reales Decretos-leyes en el Consejo de Ministros".

Aunque la JEC finalmente no ha incluido prohibiciones en su resolución, sí que advirtió, en una resolución anterior, de que la ley establece la neutralidad de los poderes públicos en periodo electoral. En un escrito fechado el 4 de marzo, el órgano ya advertía de que, "como tiene declarado la jurisprudencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, la neutralidad de todos los poderes públicos durante los procesos electorales constituye uno de los instrumentos legalmente establecidos para hacer efectivo el sufragio igualitario en la elección de los representantes parlamentarios".

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