Público
Público

Elecciones europeas El Constitucional avala que Puigdemont, Comín y Ponsatí se presenten a las europeas

Los jueces del Tribunal rechaza por unanimidad el recurso de amparo presentado por Ciudadanos contra sus candidaturas.

El expresident de la Generalitat, Carles Puigdemont. - REUTERS

PÚBLICO | AGENCIAS

El Tribunal Constitucional ha avalado que el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y los exconsellers Antoni Comín y Clara Ponsatí, fugados en Bélgica, se presenten a las elecciones europeas, al no admitir a trámite el recurso de amparo presentado por Ciudadanos (Cs) contra sus candidaturas. El Tribunal considera que no existe de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo.

En una resolución dictada este jueves, la Sala Primera del Constitucional rechaza por unanimidad admitir los recursos de Cs contra las decisiones judiciales que permitieron a esos dirigentes independentistas concurrir a las elecciones del 26 de mayo pese a haber salido de España para evitar ser juzgados por el procés.

Cs pidió amparo al Constitucional al considerar que la resolución del Juzgado contencioso administrativo número 2 de Madrid, relativo a la candidatura Lliures per Europa, vulneraba el derecho a la igualdad consagrado en el artículo 14 de la Constitución y también el derecho a la tutela judicial efectiva del artículo 24.

El Tribunal Constitucional aún no se ha pronunciado sobre un segundo recurso presentado por el PP, que alegaba que los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid que dieron luz verde a las candidaturas de Puigdemont y sus exconsejeros habían revocado de modo arbitrario una resolución "impecable" de la Junta Electoral Central excluyendo a los exdirigentes catalanes "por la inexactitud del censo electoral". Según el PP, el derecho vulnerado sería el del sufragio pasivo por desigualdad entre candidaturas.

Las sentencias de los juzgados de Madrid establecieron que el acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC) que estableció que Puigdemont y sus exconsejeros no podían presentarse por el partido Lliures per Europa (Junts) no es conforme a derecho. Ordenaron por ello al organismo electoral que publique la candidatura incluyendo a Puigdemont, Comín y Ponsatí.

El Tribunal Supremo ya había determinado que la situación de rebeldía de Puigdemont y sus exconsejeros no es causa de inelegibilidad en una resolución en la que, no obstante, rechazó su competencia y encomendó a los juzgados ordinarios su resolución.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias