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Rebelión, sedición o absolución: las 10 claves que desvelará el Supremo en la sentencia del 1-O

Todo apunta a que el Alto Tribunal dará a conocer el fallo entre los días 14 y 15 de octubre, que la sentencia será condenatoria y que las penas serán duras, pero hay otras muchas incógnitas por despejar. 

Procés, juicio, Cataluña, Tribunal Supremo PEDRIPOL

ALEJANDRO LÓPEZ DE MIGUEL

Tiempo de descuento. El nerviosismo precede a la inminente publicación de la sentencia del Tribunal Supremo en el juicio a la cúpula que dirigió el procés independentista catalán. Todo apunta a que este lunes o martes, 14 ó 15 de octubre, se difundirá la resolución judicial que marcará un hito en la historia de España.

Casi cuatro meses después de que concluyera el juicio oral a los 12 principales dirigentes independentistas, encabezados por el exvicepresident Oriol Junqueras, el tribunal que preside el magistrado Manuel Marchena, al frente la Sala de lo Penal del Supremo, ha dedicado los últimos días a limar aristas del fallo.

Las deliberaciones del tribunal se centran en las penas a imponer, siempre buscando la unanimidad

Las deliberaciones se centran ahora en las penas que consideran necesario imponer. Y siempre con la voluntad de alcanzar la unanimidad, sabedores de que los procesados recurrirán al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo.

Los seis jueces y la única magistrada del tribunal están bajo todas las miradas, aunque cuando salen de la sede del Supremo se les ve tranquilos. Y a Marchena, cansado. Han acordado no filtrar ninguna información a la prensa.

Ese estado de nervios no sólo es reconocido por las defensas, sino también por partidos políticos de todos los signos, ante una sentencia histórica que llega a menos de un mes de las elecciones generales del 10-N.

Está por ver la fuerza exacta con la que el fallo golpeará el tablero político, pero la onda expansiva será considerable. Más, teniendo en cuenta que se da por hecho que la sentencia será dura, que los partidos y organizaciones sociales independentistas han organizado movimientos de respuesta, y que hasta el Gobierno en funciones ha endurecido estos días el tono de su discurso sobre Catalunya.

El Ejecutivo en funciones incide estos días en un mensaje: los líderes independentistas tienen que saber que no hay nada que recorrer por el camino que han tomado, solo el palo de la ley. Así lo han repetido sus integrantes en sus últimas comparecencias, mientras el ministro del Interior en funciones, Fernando Grande-Marlaska, ha enviado más de mil agentes antidisturbios de Guardia Civil y Policía Nacional a Catalunya.

Por su parte, el Govern de Quim Torra llama a la desobediencia civil para cuando se difunda la sentencia, sin concretar mucho más. También hay cierta confusión por la detención de los siete miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR), investigados por formar parte de una presunta organización terrorista. Esto último es el fruto de meses de investigación de la Guardia Civil, en prevención de una escalada de protestas.

Tras cuatro meses de juicio oral concentrados en 52 sesiones, estas son algunas de las incógnitas que se prevé que despeje el Alto Tribunal en su esperada sentencia, que no será leída en público para evitar una lectura sesgada.

1.- Rebelión o sedición: ¿Hubo o no violencia?

El Código Penal es claro: requiere del uso de la violencia para que exista el delito de rebelión. ¿Es violencia atacar las bases del Estado de Derecho desde dentro? ¿Fue violencia la masiva concentración ante la consejería de Economía mientras era registrada en septiembre de 2017?

Fuentes jurídicas especulan que los magistrados podrían condenar por conspiración para la rebelión o tentativa de rebelión

La cuestión de si hubo o no violencia en el procés ha sido la columna vertebral del juicio, y un motivo de disputa entre la Fiscalía y la Abogacía General del Estado: cómo cuantifique y acote el Supremo esta violencia -si la aprecia- será fundamental. A su vez, el delito de sedición requiere que exista una actuación “pública y tumultuaria”. ¿Ocurrió así aquel otoño de 2017?

El Ministerio Público acusa por rebelión, con peticiones de hasta 25 años de cárcel para Oriol Junqueras; la Abogacía lo hace por sedición -si bien inicialmente también lo hizo por rebelión-, lo que rebaja hasta 12,5 años su solicitud de prisión para el exvicepresident de la Generalitat. Las defensas, por su parte, niegan la mayor y reclaman la absolución; algunas de ellas aceptan únicamente la desobediencia.

Tampoco se puede descartar que los magistrados aprecien finalmente que los hechos son constitutivos de conspiración para la rebelión (proyectada, pero no iniciada), o de tentativa de rebelión (no llega a culminar), como han planteado fuentes jurídicas en los últimos meses. Una rebelión consumada no tiene la misma condena que una conspiración o una tentativa, y en cualquiera de estos dos casos las penas serían considerablemente más bajas.

Quedaría por ver si la sentencia recoge una petición al legislador para modificar el Código Penal, introduciendo en él un nuevo tipo con una forma alternativa al dilema rebelión/sedición, con un concepto de violencia más definido.

2.- ¿Hubo malversación?

Esta acusación pende sobre 10 de los 12 dirigentes que se han sentado en el banquillo -todos, salvo ‘los Jordis’, que no eran miembros del Govern ni del Parlament-, y puede ser clave para que los tres exconsellers que siguen en libertad -Carles Mundó, Meritxel Borràs y Santiago Vila- entren o no en la cárcel.

Las defensas han peleado por probar que no se empleó dinero público en el referéndum del 1-O, y que no hay una sola factura que apunte en la dirección contraria.

Las acusaciones, respaldadas por peritos de Hacienda, sostuvieron que, aun en el caso de que no se hubiera desembolsado dinero, el mero hecho de contratar unos servicios -incluso si estos no se hubieran prestado- bastaría para considerar efectuado el perjuicio a las arcas públicas.

3.- ¿La DUI tuvo valor legal? ¿Qué pasa con el 1-O?

La Declaración Unilateral de Independencia (DUI) previa a la aplicación del artículo 155 es otro de los puntos en los que los relatos de las acusaciones y las defensas chocan frontalmente. Para la Fiscalía es la prueba de que la supuesta rebelión se consumó.

Para la Fiscalía la DUI es la prueba de que la rebelión se consumó; para las defensas fue un gesto político, simbólico

A su vez, para la mayoría de los acusados que han entrado en esta cuestión se trató de un gesto político, simbólico; una forma de presionar al Gobierno central para sentarse a negociar un referéndum pactado. Por eso hicieron hincapié en que ni siquiera fue votada por el Parlament, o en que fue suspendida de inmediato.

Por otro lado, y aunque no tiene la misma trascendencia para articular las posibles condenas, el foco también está puesto en cómo se refiere el Supremo al 1-O, el referéndum soberanista que, según la entonces vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz Santamaría, nunca tuvo lugar: ni hubo referéndum ni ningún proceso con apariencia de tal, vino a decir Santamaría.

De nuevo, las defensas hablan de un acto de desobediencia civil, simbólico, mientras que la Fiscalía ve un peldaño más en el camino hacia la consumación de la rebelión.

4.- ¿Cuál fue el papel de ‘los Jordis’?

Para la Fiscalía la concentración del 20-S, frente a la consellería de Economía, fue un claro exponente de la supuesta violencia del procés, una demostración de que hubo rebelión.

Para las defensas, se trató de una mera manifestación pacífica -como daños materiales hubo que lamentar los apreciados en vehículos de la Guardia Civil-. También han puesto mucho hincapié en recordar que Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, que llamaron a participar en la protesta, apelaron a rechazar la violencia en sus arengas a los miles de personas concentradas, además de desconvocar la movilización, ya en torno a las 00.00 del 21 de septiembre.

Los Jordis fueron los primeros encarcelados, poco después de verse acusados por sedición el 20-S. El exlíder de la ANC y el líder de Ómnium Cultural cumplen dos años en prisión el 16 de octubre, y este es uno de los motivos por los que el Supremo se ha apresurado a cerrar la sentencia del procés.

De hecho, tras Junqueras y Carmen Forcadell, ex presidenta del Parlament, son los acusados para los que la Fiscalía reclama penas más altas; los considera promotores de la rebelión, y aunque no puedan ser acusados de malversación la rebelión basta para pedir para ellos hasta 17 años de cárcel. Considera que la pata del procés dedicada a la coacción al Estado a través de la movilización ciudadana recayó sobre ellos.

Sus casos, pese a todo, son distintos: según varios testigos en el juicio, Sànchez, que sí ha ido en listas electorales de JxCat tras entrar en prisión -y que trató sin éxito de presentarse a la investidura como president de la Generalitat tras lograr su escaño en las elecciones del 21-S-, tuvo mayor protagonismo que Cuixart el 20-S.

5.- ¿Cómo afectará a Puigdemont la condena al Govern?

Toni Comín, Meritxell Serret, Anna Gabriel, Lluis Puig, Marta Rovira y Clara Ponsatí son los políticos catalanes que, como Puigdemont, huyeron del país

El varapalo de un tribunal alemán a la Justicia española, cuando rechazó la extradición de Carles Puigdemont al no apreciar indicios de la comisión de un delito de rebelión, sentó como un jarro de agua fría, incluso, a los fiscales del procés -como ha reconocido el representante del Ministerio Público Javier Zaragoza, y el juez del Alto Tribunal Pablo Llarena ha demostrado que se cuidará mucho de incurrir en nuevos errores.

Llarena decidió retirar las euroórdenes de detención del expresident de la Generalitat y los otros políticos catalanes que huyeron del país hace más de un año, pero se da por hecho que las reactivará si efectivamente se produce una sentencia condenatoria que permita sustentarlas. Además de Puigdemont, estos políticos son Toni Comín, Meritxell Serret, Anna Gabriel, Lluis Puig, Marta Rovira y Clara Ponsatí.

6.- El papel de los Mossos y el juicio a Trapero

Otro de los aspectos más comentados del juicio tiene que ver con los reproches y las acusaciones cruzadas entre distintos cuerpos policiales, y, muy especialmente, las lanzadas por los mandos de la Guardia Civil y la Policía Nacional contra los Mossos d’Esquadra.

Mandos de Policía y Guardia Civil acusaron a los Mossos de no actuar para impedir el referéndum, e incluso de favorecerlo

Algunos de estos mandos han asegurado que los Mossos colaboraron con el referéndum dificultando las actuaciones de Policía y Guardia Civil, siguiéndoles y espiándoles; otros les han afeado sus supuesta pasividad.

En este terreno, quien más ha peleado entre las defensas ha sido el abogado Xavier Melero, representante del exconseller de Interior Joaquim Forn, al mando de la policía catalana.

El penalista ha protagonizado la mayoría de interrogatorios y duelos dialécticos más comentados, y ha incidido en que tanto los Mossos como la Guardia Civil y la Policía Nacional formaban parte de un operativo conjunto el 1-O, en que los segundos conocían previamente los planes de los primeros para frustrar las votaciones, y en que los Mossos acataron el auto del TSJCAT, siempre destacando que no recibieron directrices políticas de Forn.

Por su parte, los Mossos, y en especial el mayor Josep Lluis Trapero, entonces al frente del cuerpo, han insistido en que siempre dejaron claro que no se saltarían la ley ni colaborarían con el referéndum; han hecho ver que las declaraciones de Forn sobre su supuesto apoyo a la hoja de ruta no tenían una base real e hicieron daño al cuerpo, y sobre todo ha hecho hincapié en que él y otros comisarios advirtieron a Puigdemont, Forn y Junqueras del enorme riesgo que entrañaba el 1-O.

En cualquier caso, Trapero y otros miembros de la cúpula de los Mossos se enfrentarán a juicio en la Audiencia Nacional a partir del 20 de enero, y lo que les atribuya la sentencia del Supremo sin duda será tenido en cuenta. La Fiscalía pide para él once años de prisión por rebelión.

7.- ¿Hubo falso testimonio?

"El falso testimonio no sólo lo comete quien no dice la verdad". La frase pronunciada por Marchena el 13 de marzo, cuando ya había transcurrido un mes de juicio, cayó sobre una losa sobre el testigo Jaume Mestre, a quien iba dirigida esta advertencia. El fiscal Jaime Moreno pidió entonces que se le investigase por falso testimonio, y Marchena le recordó que esa y otras cuestiones podrían dirimirse en la sentencia.

No se puede descartar que el tribunal pida investigar a este o a otros testigos, y las defensas han incidido siempre en el ejemplo del exministro del Interior, Juan Ignacio Zoido.

8.- ¿Dijo Zoido la verdad?

En octubre de 2017, cuando se celebró el referéndum, Zoido era el ministro del Interior y mano derecha de Dolores de Cospedal, ministra de Defensa y aspirante a liderar el PP en sustitución de Mariano Rajoy.

Zoido se desvinculó de cualquier decisión del 1-O, generando estupor entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

En su declaración, el ahora eurodiputado del PP se desvinculó de cualquier decisión del 1-O, lo que causó cierto estupor entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Se interpretó que dejaba sólo ante el tribunal al teniente coronel de la Guardia Civil Diego Pérez de los Cobos, quien fue el encargado de coordinar a todos los cuerpos policiales, incluidos los Mossos, durante el 1-O. Fuentes policiales indicaron entonces que Zoido "nos dejó solos" y no se interesó por lo que ocurría en Catalunya.

También se desvincularon el entonces presidente, Mariano Rajoy, o la exvicepresidenta Santamaría, si bien la precisión del número dos de Interior, José Antonio Nieto, que declaró poco después, hizo quedar a Zoido y a los dos máximos representantes del Gobierno a los pies de los caballos: no tenían la menor idea sobre un operativo histórico y clave.

9- ¿Cumplirán las penas en la cárcel si son condenados?

La Fiscalía reclamó al Tribunal en su escrito de acusación definitivo que en la sentencia plasmase la prohibición de que los condenados obtuvieran el tercer grado hasta cumplir, al menos, la mitad de la pena.

La Generalitat catalana tiene transferidas las competencias en materia de Prisiones, y el Ministerio Público no quiso dejar este cabo suelto, y por ello abogó por la aplicación del artículo 36.2 del Código Penal.

10.- El laberinto del 'procés' es alargado

Hay varias decenas de causas abiertas en distintos juzgados de Catalunya por las cargas policiales durante el 1-O. Y en el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya se juzgará a los integrantes de la Mesa del Parlament. Eso, por no hablar del juicio a Trapero, en la Audiencia Nacional.

La sentencia del Supremo arrojará luz, pero aún quedarán muchas incógnitas por despejar.

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