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POLICÍA NACIONAL

Interior no ha sancionado a ningún agente por no portar su número de identificación

En una respuesta enviada al diputado de EH Bildu Jon Iñarritu, el Gobierno reconoce que en los últimos cinco años "no constan funcionarios con expedientes disciplinarios no cancelados por tal motivo". El representante abertzale lo califica como un "escándalo".

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Agentes de la Policía Nacional en una imagen de archivo. EFE

"Como difundas las imágenes, vamos a ir a por ti". La advertencia fue disparada por un policía nacional a una manifestante durante la huelga general del pasado jueves en Pamplona. Tal como puede apreciarse en un video que circuló por las redes sociales, sus palabras fueron pronunciadas en medio de una carga policial. Ni el agente que lanzó la amenaza ni sus compañeros en esa intervención llevaban número de identificación a la vista.

Según acaba de confirmar el Gobierno, este tipo de situaciones se saldan sin ningún tipo de sanción a los agentes que no llevan su identificación de forma visible. Así consta en una respuesta escrita enviada al diputado de EH Bildu Jon Iñarritu, quien había preguntado al Ejecutivo sobre este polémico asunto.

"Numerosos agentes de la Guardia Civil y de la Policía Nacional no portan de manera visible su número de identificación ya que según parece los chalecos antibalas que portan no están preparados para incluir este número, como si lo están el resto de prensa del uniforme", señalaba Iñarritu en la consulta remitida en diciembre pasado al Ejecutivo.

Entre otros puntos, el diputado preguntaba si el Gobierno tiene previsto "amoldar todos los chalecos policiales para que los agentes uniformados puedan portar de manera visible su número de identificación personal" y si se contemplan "el Gobierno tomar medidas para que todos los agentes policiales uniformados porten de manera visible su número de identificación personal". Además, requería saber "cuántos agentes han sido expedientados y/o sancionados por no portar su número de identificación visible en los últimos cinco años".

En la respuesta remitida al representante abertzale, el Gobierno señala que "la regulación del número de identificación personal de los funcionarios de la Policía Nacional está prevista en la Instrucción 13/2007 del Secretario de Estado de Seguridad, relativa al uso de identificación personal en la uniformidad de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del estado (FCSE)".

En tal sentido, destaca que "el hecho de no portar en la uniformidad reglamentaria el número de identificación por parte de los funcionarios de las FCSE comporta una conducta que encuentra su encaje legal de tipicidad como la falta leve prevista en los respectivos cuerpos normativos que regulan el Régimen Disciplinario de cada Cuerpo Policial".

Las faltas leves conllevarían "la suspensión de funciones de uno a cuatro días"

Según consta en el régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía, las faltas leves conllevarían "la suspensión de funciones de uno a cuatro días" –lo que en cualquier caso "no supondrá la pérdida de antigüedad ni implicará la inmovilización en el escalafón"– o el "apercibimiento". 

En una respuesta ofrecida al Defensor del Pueblo en 2013 por una queja relacionada con este asunto, la Dirección General de Policía argumentó que este asunto "es una conducta tipificada como falta leve en el artículo 9.h de la Ley Orgánica del régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía", consistente en "el descuido en el aseo personal y el incumplimiento de las normas sobre uniformidad", mientras que "la negativa a facilitar la identificación por parte de los funcionarios cuando son requeridos para ello por un ciudadano podría constituir una falta leve" bajo el concepto de "la incorrección con los ciudadanos".

"No constan"

En su respuesta a Iñarritu, el Gobierno reconoce que no hay datos sobre sancionados. "Por último, sobre el número de agentes expedientados por no portar su número de identificación visible en los últimos cinco años, cabe señalar que consultada la base de datos, no constan funcionarios con expedientes disciplinarios no cancelados por tal motivo", señala la respuesta oficial.

Fuentes policiales señalaron que el término "no cancelado" implica que a día de hoy no hay expedientes abiertos por este asunto, al tiempo que confirmaron que, efectivamente, no existe registro de ninguna sanción por este asunto.

¿Qué dice la ley?

La Instrucción 13/2007 "relativa al uso del número de identificación personal en la uniformidad de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado" que cita el Gobierno en su respuesta señala que "todos los componentes de la Guardia Civil y Cuerpo Nacional de Policía que vistan uniforme y/o equipo de trabajo" deberán llevar sobre sus prendas "el número de identidad personal correspondiente al del Carnet Profesional y a la Tarjeta de Identidad Profesional, en lugar bien visible y de forma que a la denominada distancia de respeto (un metro y veinte centímetros aproximadamente) puedan ser leídos sin dificultad por los ciudadanos".

"Esta obligación se configura como un derecho de los ciudadanos a identificar en todo momento y sin ninguna acción positiva de demanda por su parte a los efectivos que le están prestando la función o servicio correspondiente y como contrapartida en un deber de estos a efectuarlo", remarca dicha instrucción.

"Normas de chichinabo"

"Es un escándalo", afirmó Iñarritu a Público tras recibir la respuesta del Gobierno. A su juicio, "hay una tolerancia y permisividad" en este asunto "que hace que haya habido cero sancionado".

"Son normas de chichinabo: no exigen un cumplimiento real, por lo que en numerosas situaciones, sobre todo en operativos policiales complicados, los agentes no van identificados, lo que supone una violación flagrante de la legalidad", señaló el diputado de EH Bildu.

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