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La inviolabilidad del rey, a debate en el Congreso

Más País, Equo y Compromís registran una proposición de Ley al Parlamento en la que buscan acotar la inviolabilidad y la ausencia de responsabilidad que la Constitución recoge para el monarca

Juan Carlos I y Felipe VI en una imagen de archivo.
Felipe VI y Juan Carlos I en una imagen de archivo.

raúl bocanegra

El artículo 56.3 de la Constitución Española recoge textualmente que "la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad". La doctrina y la jurisprudencia consideran que este enunciado se extiende a todo acto, comportamiento o conducta del monarca. Es decir, que "no se puede perseguir criminalmente" al rey ni tampoco se le puede demandar responsabilidad civil alguna "ante la jurisdicción ordinaria". Además, se exonera al monarca –además de toda responsabilidad jurídica– también de la política. Así, por ejemplo, lo han dejado escrito los letrados de las Cortes Isabel Abellán y Luis Molina

Los partidos Más País, Equo y Compromís han registrado esta semana una proposición de ley en el Congreso con la que buscan abrir el debate y delimitar ese artículo constitucional e interpretarlo en un sentido diferente al que se le ha dado hasta ahora, lo que, de seguir adelante su tramitación –aún no está claro– además de la discusión política, desatará otra doctrinal. Los tres partidos pretenden acotar los actos que el rey ejecuta como Jefe del Estado y diferenciarlos de los que lleva a cabo como "persona privada" y, por ello, "no inviolable".

La interpretación actual del artículo 56.3, según defienden los parlamentarios Íñigo Errejón (Más País), Joan Baldoví (Compromís) e Inés Sabanés (Equo) en el borrador de la proposición, lleva a que "la fiscalización y rendición de cuentas de la Jefatura del Estado tan solo" se pueda realizar "en el ámbito de la opinión pública, siendo la propia aceptación y afección a la institución el único potencial instrumento de corrección y enjuiciamiento".

"En el contexto actual, –agregan los diputados en el borrador de la normativa– esta interpretación de la inviolabilidad está provocando un extenso debate público, que amenaza con erosionar la imagen de la institución de la Jefatura del Estado y, por tanto, que supone un riesgo de desestructuración y desequilibrio de éste y del resto de pilares" del Estado "Democrático y de Derecho".

Luego, remachan: "Si el objetivo de constituir un régimen de inviolabilidad y ausencia de responsabilidad en torno a la figura de la Jefatura del Estado es protegerla, extender dicho régimen a todos sus actos, puede surtir el efecto opuesto a lo que se pretende y, en pos de articular una esfera de protección de la persona titular, se pone en riesgo la imagen, la integridad y la estabilidad de la propia institución".

Cuatro artículos

El borrador de la ley, de unos concisos cuatro artículos, una disposición adicional y otra final recoge lo siguiente. Por un lado, define la "inviolabilidad y ausencia de responsabilidad" de este modo: "El privilegio, aparejado a una persona, por el cual no está sujeta a ningún tipo de responsabilidad por los actos que lleva a cabo en el ejercicio de su cargo".

Por otro, circunscribe la inviolabilidad "del Rey o la Reina exclusivamente a los actos que necesiten de refrendo", que afectarán solo a las personas "designadas [por la Constitución y las leyes] para refrendarlos". Esta inviolabilidad se mantendría, de aprobarse el borrador, "incluso", después de una abdicación.

Luego, fija la responsabilidad del rey –hoy, Felipe VI– con estas palabras: "La persona titular de la Corona será responsable por los actos u omisiones que realice, ya sea a título particular o como miembro de la Familia Real".

Por último, la propuesta de Más País, Equo y Compromís recoge un aforamiento similar al que hoy los diputados para el jefe del Estado y su familia: "Las Salas de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Supremo conocerán de la tramitación y enjuiciamiento de las acciones civiles y penales, respectivamente, dirigidas contra el Rey, la Reina, la Reina consorte o el consorte de la Reina, la Princesa o Príncipe de Asturias y su consorte, así como contra el Rey o Reina que hubiere abdicado y su consorte".

En una rueda de prensa en Madrid este martes, Errejón, Baldoví y Sabanés manifestaron que el objetivo de la norma es "facilitar la transparencia y la rendición de cuentas" y agregaron que, a su juicio, debería ser punto de consenso para cualquier demócrata, con independencia de que se sea monárquico o republicano.

Baldoví subrayó que es necesario dejar claro que si el rey –en alusión a los presuntos actos del exrey Juan Carlos I– "actúa como comisionista, no lo hace como jefe del Estado y no puede acogerse a la inviolabilidad", según recoge Europa Press.

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