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Vía libre del Supremo a la exhumación de Franco

Autoriza al Gobierno a acceder ya a la Basilica del Valle de los Caídos. Y recuerda que la Constitución obliga a todos a cumplir con las sentencias. La familia Franco solicita del TC una medida cautelarísima para suspender la exhumación. 

Vista del Valle de los Caídos, situado en el municipio madrileño de San Lorenzo de El Escorial, donde se encuentran enterrados los restos del dictador Francisco Franco. EFE/ Ángel Díaz

JULIA PÉREZ

Vía libre del Tribunal Supremo a la exhumación de Francisco Franco del Valle de los Caídos. La Sala de lo Contencioso ha dictado una providencia que autoriza al Gobierno a acceder ya a la Basílica para extraer los restos del exdictador.

La Abogacía del Estado solicitó este miércoles autorización para entrar en el templo del Valle de los Caídos, ante la negativa del prior de la abadía a autorizar dicha entrada.

El Supremo declara que en su "sentencia firme" 1279/2019, del 30 de septiembre, con la que rechaza el recurso de la familia de Franco es por sí misma "título legítimo bastante" para ejecutar los acuerdos del Consejo de Ministros del 15 de febrero y 15 de marzo y, por tanto, para acceder a la Basílica del Valle de los Caídos para proceder a la exhumación del dictador.

La providencia resalta además que el artículo 118 de la Constitución española obliga a todos -incluido al prior- a cumplir las sentencias firmes, como es la que dictó el 30 de septiembre.

Además, el Supremo ha dictado tres autos que levantan las tres suspensiones cautelares que tenía 'vivas' de otros tantos recursos. Considera que su sentencia del 30 de septiembre altera sustancialmente los presupuestos por los que decidió suspender la exhumación de manera cautelar.

Los magistrados explican que, una vez resuelto el primer recurso -el de los nietos de Franco- se han alterado por presupuestos sobre los que se adoptaron estas medidas cautelares y, al ponderar los intereses en conflicto, concluye que ahora prevalecen los intereses generales expuestos en los acuerdos del Consejo de Minsitros recurridos.

Queda pendiente que la Sala resuelva estos tres recursos que fueron interpuestos por la comunidad benedictina, así como la Fundación Franco y la Asociación para la Defensa del Valle.

Cierra el paso al juez Yusti

En una quinta resolución, el Supremo cierra también la vía abierta en el juzgado de lo Contencioso 3 de Madrid por el juez José Yusti Basterreche. En concreto, deniega la petición de personarse del particular que había recurrido a este juzgado contra la licencia de obras del ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial para la exhumación de Franco.

Los magistrados zanjan la polémica de manera taxativa: "Esta Sala Tercera del Tribunal Supremo es el único órgano jurisdiccional competente" para "enjuiciar la legalidad de los actos y disposiciones del Consejo de Ministros, así como las incidencias acaecidas en su ejecución", destacan en esta providencia.

La Abogacía del Estado entregó al juez Yusti un certificado del Supremo con la sentencia del 30 de septiembre que consideraba que no era necesaria la licencia municipal. Sin embargo, el amgistrado aún no se había pronunciado ni había plazo para hacerlo.

La decisión de la Seción Cuarta de la Sala de lo Contenciso es definitiva y cierra la vía ordinaria, por lo que la exhumación puede ser realizada en cualquier momento.

La familia recurre al TC

La familia Franco ha contraatacado y ha solicitado este jueves una medida cautelarísima ante el Tribunal Constitucional para suspender la ejecución de la sentencia del Supremo.

La mera solicitud no suspende la sentencia, sino que la medida cautelarísima y el recurso de amparo debe ser admitida antes por el tribunal de garantías constitucionales. El TC tiene previsto analizar este recurso de amparo en el pleno de la próxima semana.

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