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Opinión · Otras miradas

La Sexta en la televisión electoral con RTVE secuestrada

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Es la primera vez que una televisión (La Sexta) entrevista tres veces en cuatro meses a un presidente del gobierno. Es también la primera vez que se desarrollan tres procesos electorales (dos generales y uno municipal y autonómico) con RTVE secuestrada por una administradora única impuesta por el gobierno sin Consejo de Administración ni control parlamentario. Y las televisiones autonómicas siguen ocupadas por los gobiernos de cada comunidad.

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La televisión electoral es determinante, por encima de las redes sociales: el duopolio comercial y TVE continúan acumulando una audiencia de seis millones al mediodía y por la noche. Las tres entrevistas desvirtúan la competencia entre las empresas comerciales y el sentido de servicio público de TVE. La Sexta no debería ser el púlpito de Sánchez en la televisión electoral. La exhumación del dictador Francisco Franco organizada por el gobierno con la señal institucional de TVE nos dejó el mal sabor de boca de lo que parecía una ceremonia oficial con la salida a hombros y el ¡Viva Franco! Entrevistar otra vez a Sánchez para atribuirle el mérito electoral de la operación no es un juego limpio en La Sexta. Democratizar la información sigue siendo tan imprescindible como cambiar la ley electoral para que sea de verdad proporcional. Que todas las voces tengan las mismas oportunidades y todos los votos valgan lo mismo.

La ley de la radio y de la televisión de titularidad estatal (2006) establece que es “un servicio público esencial” pero esa definición fue rectificada en la Ley General de la Comunicación Audiovisual (LGCA, 2010) al considerarla “un servicio de interés económico general”. Un retroceso avalado por el PSOE y el PP.

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La LGCA dice en su preámbulo que uno de sus objetivos es “proteger al ciudadano de posiciones dominantes de opinión” y en su artículo 4 que garantiza “el derecho a que la comunicación audiovisual se preste a través de una pluralidad de medios, tanto públicos como comerciales y comunitarios, que reflejen el pluralismo ideológico, político y cultural de la sociedad”. Pero no se ha cumplido la disposición transitoria decimocuarta (“la regulación de los servicios de comunicación audiovisual comunitarios se desarrollará reglamentariamente en un plazo máximo de doce meses desde la entrada en vigor de la ley”) y el artículo 42 de la LGCA impide que el servicio público de televisión ocupe más del 25% del espacio radioeléctrico disponible. Sin espacio para las iniciativas sociales de comunicación audiovisual comunitaria y con la limitación del 25% para el servicio público, no hay pluralismo con los tres sectores y se entrega el 75% de la televisión a los negocios audiovisuales. El duopolio (Antena 3 y Telecinco) se apodera de la posición dominante. La última posibilidad para el pluralismo sería el derecho de acceso pero tampoco se cumple el artículo 9 de la ley de financiación de RTVE (2009) que establece como obligación del servicio público estatal “dedicar al menos doce horas semanales en horario no residual a emitir programas para el derecho de acceso de los grupos políticos, sindicales y sociales”.

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