Opinión · Otras miradas
Diez claves sobre las denuncias falsas
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Creo que todo el mundo entiende, por ejemplo, que la mayoría de los profesionales médicos son buenos y que una minoría comete alguna negligencia. O que la mayoría de las personas que solicitan ayudas económicas lo hacen porque cumplen unos requisitos y que, aunque otros las pidan para defraudar, son pocos, el sistema los detecta y no las concede.
Ni lo primero invalida que la medicina salve vidas ni lo segundo hace que las ayudas sean innecesarias. Justo lo mismo deberían sostener quienes usan las denuncias falsas para arrojar leña al fuego y hacer de lo minoritario algo mayoritario.
Es entonces cuando lo que no debería debatirse, porque es de sentido común, se convierte en un falso debate. Después de que el denunciante de la supuesta agresión homófoba en Madrid confesara que las lesiones fueron consentidas se desató una respuesta en las redes sociales sobre este tema. Y, por supuesto, el falso debate alcanzó a la violencia de género. Un clásico de la desinformación.
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En estos casos siempre olvidan que las denuncias falsas no solo son en casos de violencia de género o de delitos de odio, sino también en la violencia doméstica o intrafamiliar, en robos o para cobrar seguros. Estos son precisamente los que más denuncias falsas tienen aunque apenas lleguen a los medios de comunicación.
Sea el caso que sea, creo que se siguen confundiendo churras con merinas y la gente se tira de cabeza en debates donde no saben ni de lo que hablan, ni de lo que es una denuncia falsa, ni de lo que es el habeas corpus, ni de lo que es el archivo de una causa.
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Por supuesto, tampoco saben nada de las víctimas. Y que incluso hay denunciantes que asumen una denuncia falsa (aun habiendo ocurrido una agresión) solo para evitar el juicio penal, social y mediático o solo por no contar qué pasó en realidad y que lo conozca tu entorno. Quien crea que es mentira que vea la serie Unbelievable. Estamos cansadas en el feminismo de mujeres que no denuncian agresiones porque ejercen la prostitución y son víctimas de trata. Y eso no significa que las agresiones no existan. Y frente a esto pensemos en todos los casos donde las víctimas no se atreven a denunciar para evitar todos esos procesos.
Mientras no conozcamos todo, estos debates falsos solo van a agrandar bulos. Porque justo en ese espacio de desconocimiento es donde se cuelan los que tienen interés en mentir en este tema. E insisto en ese “tienen interés” porque quien quiere negar la realidad, inventarse cifras y negar las que realmente existen sólo puede ser por un interés político o profesional o personal.
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Así que aquí dejo diez puntos clave sobre este tema:
1. No, denuncias falsas no son los casos que se archivan.
2. No, denuncias falsas no son los casos donde hay una absolución.
3. Ni archivo ni absolución indica que quien denuncia haya mentido sino que las pruebas aportadas “no han sido suficientes para enervar la presunción de inocencia” dice el Consejo General del Poder judicial.
4. No, denuncia falsa no es cuando alguien se acoge a la dispensa a no declarar.
5. La denuncia falsa, como indica el Código Penal, es solo aquella donde alguien “con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad”, impute unos hechos que no han ocurrido (Artículo 456). En resumen: cuando denuncia sabe que está mintiendo.
6. Quien hace una denuncia falsa no se va de rositas. Está sujeto a recibir una pena con multa o con prisión. No es ninguna broma.
7. “En ningún caso puede equipararse la existencia de denuncias falsas con el hecho de que haya un elevado número de Sentencias absolutorias”. Esto no lo digo yo, lo dice de forma literal el Consejo General del Poder Judicial (pág. 194)
8. Cuando la prueba que se aporte arroje “una duda razonable sobre la autoría” del delito denunciado "la presunción de inocencia y del principio in dubio pro reo obliga a dictar un fallo absolutorio”. (CGPJ, pág. 194)
9. Y eso “ nada tiene que ver con una eventual denuncia falsa” (CGPJ, pág. 195).
10. Y en el caso de la violencia de género (que tanto irrita a algunos), “no existe ninguna norma procesal ni sustantiva que otorgue a las víctimas de la violencia de género una posición “privilegiada” que les permita obtener ventajas, dentro del procedimiento civil, por el hecho de tener la consideración de presuntas víctimas de estos delitos”. Esto tampoco lo digo yo, lo dice el CGPJ, (pág. 195).
Así que, en conclusión, lo que demuestran los pocos casos de denuncia falsa es que el sistema es garantista siempre a favor del reo y que el sistema lo detecta siempre. Podría escribir mucho más de esto, pero sin unas bases ciertas como pilares no puede haber debate alguno. Y quienes ensucian la realidad, lo saben. No hagamos trampas al solitario.
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