Las CCAA podrán presentar recursos de casación ante el Supremo cuando decaiga el estado de alarma
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La expiración de la vigencia del estado de alarma el próximo 9 de mayo no conlleva en ningún caso que no se puedan aplicar medidas que afectan a libertades públicas y derechos fundamentales, como los toques de queda. Este es el mensaje en el que, nuevamente, el Gobierno ha insistido este martes, después de que el Consejo de Ministros haya dado luz verde al decreto que regulará la situación de pandemia cuando decaiga el estado de alarma. Una de las principales medidas de este decreto es que permitirá a las comunidades autónomas presentar recursos de casación ante el Tribunal Supremo cuando los tribunales superiores de justicia o la Audiencia Nacional tumben medidas adoptadas por los territorios que afecten de libertades públicas cuando no haya estado de alarma. Además, el Supremo deberá resolver en un plazo exprés de cinco días este recurso. El objetivo, ha explicado la vicepresidenta primera del Gobierno, Carmen Calvo, es que el Tribunal Supremo pueda "unificar criterios" y desplegar un "paraguas jurídico" que permita a las comunidades autónomas seguir adoptando medidas restrictivas para luchar contra la pandemia "de forma garantista". -Redacción-
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