Público
Público

Devoluciones en caliente El Tribunal Europeo de Derechos Humanos revisará la condena a España por las devoluciones en caliente en Melilla

Admite el recurso del Gobierno contra la sentencia del pasado octubre y será la Gran Sala del Tribunal de Estrasburgo la que vuelva a estudiar el caso de las dos expulsiones de migrantes por las que se condenó a España

Subsaharianos encaramados a la valla de Melilla. / FRANCISCO GARCÍA GUERRERO (EFE)

agencias

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) revisará la reciente condena a España por las devoluciones en caliente de personas migrantes en la valla de Melilla. Cinco jueces del Tribunal, con sede en Estrasburgo, han estudiado el recurso del Gobierno español a la sentencia condenatoria y han decido darle trámite, por lo que será la Gran Sala del TEDH la que revise la sentencia.

España fue condenada en octubre de 2015 por la devolución sumaria e inmediata de N.D. y N.T., dos jóvenes de Malí y Costa de Marfil que, el 13 de agosto de 2014, saltaron la valla de Melilla, fueron interceptados por la Guardia Civil y entregados a las fuerzas auxiliares de Marruecos, que tratan de impedir la llegada de migrantes a la valla.

Según la sentencia, fueron devueltos contra su voluntad, "sin que antes tuvieran acceso a intérpretes y a una asistencia jurídica que les informara de las disposiciones pertinentes del derecho de asilo o de los procedimientos contra su expulsión". Por ello, proseguía la sentencia, "fueron privados de toda posibilidad de recurso", que les hubiera permitido tener acceso a una autoridad judicial y "beneficiarse de un control atento y exhaustivo" de su demanda antes de su devolución. 

También especificaba que España incurrió en una expulsión colectiva prohibida expresamente en el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

El pronunciamiento, que impuso la obligación del Estado de indemnizar a cada uno de los afectados con 5.000 euros, no era firme hasta pasados tres meses, plazo que se daba a las partes para solicitar que la Gran Sala del Tribunal, integrada por 17 jueces, revisara el caso.

El Gobierno de España presentó su recurso en plazo y un panel de cinco magistrados lo estudió este lunes 29 de enero, cuando decidió remitir el caso a la Gran Sala del Tribunal de Estrasburgo, que deberá así de nuevo revisar todas las circunstancias concurrentes y volver a pronunciarse.

La sentencia contó con la discrepancia de uno de los siete jueces que estudiaron el caso, el juez ruso Dmitry Dedov, que votó en contra de la reparación económica.

Poco frecuente

Es poco frecuente que se remitan casos a la Gran Sala, ya que desde que en noviembre de 1998 entró en vigor el protocolo que regula este sistema, el panel de jueces ha examinado 2.129 solicitudes de remisión y sólo ha aceptado el 5,16%. De esos 110 casos admitidos, 59 fueron instados por gobiernos, 44 por particulares y siete por ambas partes, de acuerdo a los datos del Tribunal de Estrasburgo.

Son así, "casos excepcionales", conforme los describe el TEDH y que pueden darse cuando concurren circunstancias como que la sentencia previa no sea coherente con el resto de la jurisprudencia del tribunal, cuando se plantea la oportunidad de desarrollar, clarificar o establecer determinada jurisprudencia, o de casos de "perfil alto", es decir, con serias implicaciones para el Estado concernido o para el conjunto de la UE.

En esta ocasión, el panel de jueces analizaba ocho recursos, siete fueron rechazados y el de España, admitido para su estudio en la Gran Sala.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias