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Caso Juana Rivas La asesora de Juana Rivas niega haber cometido intrusismo, como denuncia el Colegio de Abogados de Granada

En un escrito enviado al juzgado de instrucción número 3 de esa ciudad, sus abogados afirman que Francisca Granados no ha cometido delito alguno, y que según la denuncia habría que imputar a los alcaldes y asesores legales de más de 4.000 ayuntamientos de toda España.

Francisca Granados, asesora jurídica de Juana Rivas / EFE Miguel Ángel Molina

La asesora jurídica y directora de la Unidad de la Mujer del Ayuntamiento de Maracena, Francisca Granados, niega que haya cometido intrusismo profesional en el caso de Juana Rivas, tal como afirma la querella presentada contra ella por el Ilustrísimo Colegio de Abogados de Granada el pasado mes de diciembre y que ha sido admitida por el juzgado de instrucción número 3 de esa ciudad.  

En una nota de prensa distribuida por Aránguez Abogados (sus representantes legales en esta causa), resaltan que Granados ejerció esta labor de asesoramiento ”en su condición de licenciada en derecho, tal y como establece la Orden de 22 de marzo de 2006, por la que se establece el procedimiento y las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por el Instituto Andaluz de la Mujer a Ayuntamientos, Mancomunidades de Municipios y Consorcios para el mantenimiento de los centros municipales de información a la mujer".

Según el artículo 4.3a de esta orden estos centros deberán contar con “personal técnico cualificado para la promoción de igualdad de oportunidades; debiendo disponer de una persona especializada en información y animación socio cultural, contratada a jornada completa, con categoría profesional de, al menos, titulada de grado medio. Así mismo deberán contar con otra persona para asesoramiento jurídico, licenciada en Derecho”. 

El escrito enviado al juzgado por los abogados de Granados pide el archivo inmediato de la causa y afirma que no se ha cometido “delito alguno ya que en ningún momento se han ejercitado actos de ejercicio de la abogacía, sino un mero asesoramiento legal” y concluye que según las tesis del Colegio de Abogados de Granada, esta querella tendría que ampliarse también “a todos aquellos que procedieron a su contratación en el Ayuntamiento de Maracena, así como a todos y cada uno de los alcaldes y Ayuntamientos de toda España (más de cuatro mil) que tengan entre su personal una asesoría jurídica en un Centro de la Mujer (que como recordamos, exige únicamente para serlo una licenciatura en Derecho, pero no un abogado) por delitos de prevaricación y de malversación de caudales públicos”.

Si este fuera el caso, afirma el escrito remitido por los abogados de Granados, la única competente para ver estos hechos sería la Audiencia Nacional (en virtud del artículo 65 de la Ley Orgánica del Poder Judicial) “pues la querella se dirige también contra “todas aquellas personas que resulten criminal o civilmente responsables de los hechos en las diligencias que se practiquen”.

"Si se admite la querella, solicitamos la imputación de los más de 4.000 alcaldes que han puesto en marcha centros de apoyo a la mujer"

“Si se admite la querella, solicitamos la imputación de los más de 4.000 alcaldes que han puesto en marcha Centros Municipales de información y apoyo a la mujer, por delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos; y del mismo modo la imputación de todos los trabajadores o trabajadoras de dichos centros que ejerzan el mismo puesto de trabajo que mi patrocinada”, afirma la demanda.

Fuentes consultadas por Público que trabajan en el ámbito de la atención a víctimas, afirman también que el requisito de dar una atención integral a las víctimas de violencia de género a todos los niveles está recogido en el artículo 19 de la ley de violencia de género de 2004. Según estas fuentes, la denuncia contra Granados es un ataque más que se produce en el ámbito judicial a la defensa de estas víctimas, en la que se ha avanzado mucho en el ámbito de las leyes pero aún tienen una aplicación deficiente.

Errores en la presentación de la querella

La nota de prensa hecha pública por los representantes legales de Granados destaca, también, que el Ilustre Colegio de Abogados incurrió en error al presentar la demanda contra ella, puesto que no se presentó “el debido poder especial para interponerla”, cosa que se subsanó con posterioridad, por lo que la demanda no fue aceptada el 27 de diciembre pasado, sino el 5 de febrero de este año.

Otra de las irregularidades que desvela el escrito de la defensa es que el Colegio de Abogados no persentó la debida fianza, necesaria para personarse como acusación particular, que se exhime en contadas ocasiones, pero que no aplican a este caso “ya que no puede considerarse el Ilustre Colegio de Abogados de Granada como ofendido en el presunto delito que se le imputa a nuestra patrocinada, al proteger como bien jurídico los intereses de toda la sociedad, esto es, potenciales profesionales y consumidores, pero no de uno de los múltiples colegios profesionales de abogados que existen en nuestro país”.

Esta querella contra Francisca Granados, viene a sumarse a un proceso complicado y ampliamente criticado por las asociaciones de mujeres y especialistas en violencia de género. Granados ya había sido inculpada (junto a la psicóloga del mismo centro de atención a la mujere de Maracena) por la jueza que instruyó el caso de Juana Rivas en agosto pasado y que finalmente fue desestimada. Sin embargo, tal como resaltó Público en su momento, este tipo de actuaciones podían supoenr un ataque a la línea de flotación del sitema de asistencia y protección de las víctimas de violencia de género que se ha construido desde la aprobación de la ley integral en 2004.

Esta última demanda a Francisca Granados por parte del Colegio de Abogados, vuelve a poner en tela de juicio los mecanismos implementados en los ayuntamientos para asesorar y apoyar a estas víctimas.

Francisca Granados ha manifestado en innumerables ocasiones que su labor ha sido sólo la de asesora jurídica, no de representación letrada y que sus actuaciones han estado siempre dentro del marco de la ley, colaborando con otras instituciones del Estado en el caso de Juana Rivas.

El artículo 19 de la La ley integral de violencia de género, obliga a los servicios sociales de atención de estas víctimas de comunidades autónomas o entes locales a actuar “coordinadamente y en colaboración con los Cuerpos de Seguridad, los Jueces de Violencia sobre la Mujer, los servicios sanitarios y las instituciones encargadas de prestar asistencia jurídica a las víctimas, del ámbito geográfico correspondiente. Estos servicios podrán solicitar al Juez las medidas urgentes que consideren necesarias”.

En su escrito al juzgado, los abogados de Granados solicitan la inadmisión la querella” o en su defecto “con carácter subsidiario, se solicita que el Ilmo. Colegio de Abogados de Granada, aporte fianza de 20.000€ para responder por los graves perjuicios morales que ya se están causando”.

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