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Tribunal Europeo de Derechos Humanos Estrasburgo condena a Bélgica por excluir a una mujer con velo de un tribunal

La sentencia señala que la exclusión de la demandante de la sala de vistas constituyó "una restricción en el ejercicio del derecho a manifestar su religión".

Una mujer con velo pasa junto a una tienda de venta de pañuelos en una imagen de archivo. / REUTERS - FRANCOIS LENOIR

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó este martes a Bélgica por desamparar a una mujer a la que se impidió la entrada a la sala de vistas de un tribunal porque rehusó quitarse el pañuelo islámico. Hagar Lachiri, ciudadana belga de 32 años, formaba, junto a otros miembros de su familia, la parte civil del caso de un crimen en el que murió su hermano.

La corte europea concluyó, por seis votos contra uno, que Bélgica vulneró el artículo 9, donde se establece el derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión, del Convenio Europeo de Derechos Humanos. El fallo señala que la exclusión de la demandante de la sala de vistas constituyó "una restricción en el ejercicio del derecho a manifestar su religión", por lo que la demandante será indemnizada con 1.000 euros por daños morales.

Esa restricción se había basado en un artículo del Código Judicial previsto para prevenir comportamientos irrespetuosos hacia la institución o perturbadores del buen desarrollo de la vista, es decir, "la protección del orden".

En este fallo, Estrasburgo recuerda que un tribunal "es un establecimiento público en el que el respeto de la neutralidad hacia las creencias puede primar sobre el libre ejercicio del derecho de manifestar su religión, como en los establecimientos de enseñanza pública". Según el Tribunal, el comportamiento de la demandante "no fue irrespetuoso o no constituyó -o no corría peligro de constituir- una amenaza para el buen desarrollo de la vista".

La sentencia cita la diferencia con el fallo de la Gran Sala que en 2014 rechazó la queja de una joven por la ley francesa que prohíbe vestir burka. Entonces, el TEDH dio la razón a Francia por 15 votos contra dos. Tres años después, la corte europea avaló también la prohibición del niqab en Bélgica.

En 2016, el TEDH rechazó por un defecto de forma la demanda de la abogada española Zoubida Barik Edidi, a quien el juez de la Audiencia Nacional de España, Javier Gómez Bermúdez, había expulsado del estrado en 2009 por llevar la cabeza cubierta por un velo islámico.

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