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Bebés robados El doctor Vela robó a la bebé Inés Madrigal, pero es absuelto porque el delito ha prescrito

La víctima ha anunciado este lunes que recurrirá ante el Supremo la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid. 

El doctor Vela, en el juicio por el caso de los bebés robados. / EP

PÚBLICO | EFE

La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto al doctor Eduardo Vela, de 85 años, único acusado en el primer juicio de bebés robados en España, al haber prescrito todos los delitos que se le imputaban por supuestamente haber participado en el robo de Inés Madrigal en 1969.

En la sentencia, la Sección Séptima de la Audiencia de Madrid le considera responsable de todos los delitos -detención ilegal, suposición de parto cometidos por facultativo y falsedad en documento oficial- pero le absuelve de todos ellos al determinar que el inicio de la prescripción tuvo lugar en 1987, cuando Madrigal cumplió la mayoría de edad.

Las magistradas consideran a Vela autor de los tres delitos "de forma incontestable" cuando en 1969 entregó al matrimonio formado por Inés Pérez y Pablo Madrigal a "una niña de pocos días de edad fuera de los cauces legales, simulando la existencia de un parto que no se había producido y estableciendo una filiación falaz".

"Y todo ello sin que conste que hubiera mediado consentimiento ni tan siquiera conocimiento por parte de los progenitores del recién nacido, siendo el acusado, la persona que hizo la certificación falaz acerca del supuesto parto de Inés, a sabiendas de que tal hecho no era cierto", añade la sentencia de 61 paginas.

Los delitos prescribieron hace más de veinte años

Pese a quedar probado que el doctor Vela certificó con su puño y letra que Inés Pérez dio a luz en su presencia el 4 de junio de 1969 a una niña, lo que jamás tuvo lugar, que esa niña fue entregada sin consentimiento a aquel matrimonio y que gracias a estas maniobras la recién nacida pudo ser inscrita en el Registro Civil como su hija biológica, las magistradas lo absuelven por prescribir los delitos.

La Sala acoge así la tesis de la defensa que consideraba que los hechos habían prescrito, pues al tratarse de tres delitos conexos, el plazo de prescripción se toma a partir del más grave, que en este caso es el de detención ilegal, de 10 años, por lo que cuando Inés Madrigal denunció los hechos en 2012, los delitos habían prescrito hacía ya quince años.

Y aunque la detención ilegal tiene carácter permanente, esto es, que su consumación no se agota en el acto de la sustracción sino "que continúa ejecutándose mientras se mantiene la situación de encierro o privación de libertad", la Sala admite que "la limitación de libertad termina en el momento en que el menor alcanza la mayoría de edad".

Es a partir de entonces cuando "su libertad se ejercita de modo independiente, sin precisar del auxilio de sus tutores o guardadores", señala la resolución que Madrigal ya ha anunciado que recurrirá en casación ante la sala II del Tribunal Supremo.

Madrigal no sabe quiénes son sus padres biológicos

Además, la Sala señala que Inés Madrigal empezó a conocer su verdadera situación familiar cuando cumplió la mayoría de edad por lo que "evidentemente, a partir de ese momento pudo realizar las pesquisas y acciones que tuviera por conveniente" ya que no dependía de nadie.

A diferencia del delito de detención ilegal, los otros dos -el de suposición de parto y falsedad- no son permanentes aunque sus efectos se perpetúen en el tiempo, por lo que la prescripción empieza a contar desde el momento en el que se consuman.

En su sentencia, la Sala rechaza que se deduzca testimonio contra la mujer de Vela por no haber querido desvelar quiénes son los padres biológicos de Inés Madrigal al considerar que no ha quedado probado que la testigo tuviera conocimiento de su verdadera identidad.

Y precisa que ni se han conocido los padres biológicos de la denunciante ni se han encontrado los libros de registro de la Clínica San Ramón de Madrid.

Inés Madrigal llevará al TS la absolución del doctor Vela

Inés Madrigal ha anunciado este lunes que recurrirá ante el Supremo la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid. Así lo han manifestado tanto Madrigal como su abogado al conocer la sentencia. La mujer ha declarado tener una sensación "agridulce": "Contenta" por el reconocimiento de que la "arrebataron" de su madre, pero decepcionada porque se hayan considerado prescritos los hechos. A su juicio, el tribunal debería haber sido "valiente" y haberse "tirado al barro".

"Es una de cal y una de arena", ha dicho Madrigal, quien ha añadido que tiene la "obligación" de recurrir al Supremo no sólo por su caso, sino por el de centenares de casos de bebés robados que le siguen, ya que el dictamen del tribunal podría crear jurisprudencia.

Su abogado, Guillermo Peña, ha explicado que recurrirán la sentencia porque a pesar de que ésta reconoce que la filiación de Inés Madrigal fue "falaz" y que fue robada y entregada por el doctor Vela, no entra en el "fondo" porque "considera aplicable la prescripción" de los delitos.

Ante esto, Peña ha señalado que "un delito no puede prescribir cuando alguien no es consciente de ser víctima" y que, por ello, intentarán que el Tribunal Supremo les dé la razón y finalmente pueden derribar "este último obstáculo".

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