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Transparencia Nueva condena a RTVE por opaca, ahora por la compra de películas a Enrique Cerezo

Esta sentencia se suma a otra, que también condena en costas a la Corporación pública —deberá pagar el litigio con dinero de todos—, contra la negativa a informar cuánto costó el fallido programa de Carlos Herrera 'Cómo lo ves'.

Enrique Cerezo, en una imagen de archivo. EFE

La Audiencia Nacional vuelve a lanzar un puñetazo judicial a la opacidad de la Corporación RTVE, que se niega a proporcionar la información sobre cuántas películas se adquirieron a Video Mercury Films, propiedad del productor Enrique Cerezo, qué criterios se siguieron para esta operación y quiénes fueron los miembros del Consejo de Administración que votaron a favor de dicha compra.

Y nuevamente condena a RTVE en costas, es decir, deberá pagar parte del coste del litigio con dinero de todos.

El juzgado central contencioso administrativo número 7, el mismo que condenó a la Corporación por negar la información sobre el coste del programa de Carlos Herrera 'Cómo lo ves', ha fallado de la misma forma en una sentencia larga y demoledora, en la que tumba los argumentos de RTVE y de Mercury Films, los recurrentes, para ocultar la información.

El 5 de febrero de 2016, Samuel Parra, director de ePrivacidad, elevó una petición de información a la Corporación a raíz de la compra por parte de RTVE de cine español por importe de 1,3 millones de euros, y solicitó textualmente:

1) Copia del contrato de compra-venta que conforma esa operación de compra-venta de cine a la productora Video Mercury Films.

2) Listado de esas 100 películas (si es que han sido 100) compradas en esta operación.

3) Informes o estudios realizados por TVE o encargados a terceros que recomienden esta operación y su futura rentabilidad. Esto es, se trata de que se aporten los documentos que acreditan que esta operación está fundada en datos objetivos y no en otras cuestiones. Estos informes deben reflejar el por qué adquirir 100 títulos y no 110 o 90 y por qué esos títulos.

4) Dado que esta ha sido una operación autorizada por el Consejo de Administración de TVE, se solicita la identidad de los consejeros que votaron a favor, los que no votaron y los que votaron en contra.

Como la Corporación se negó (calificó esta petición de "repetitiva" y "abusiva"), el asunto llegó a manos del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno que, con fecha 22 de enero de 2018, emitió una resolución en la que instaba a RTVE a proprocionar dicha información, simplemente porque la Ley de Transparencia obliga a ello.

Ahora, a raíz del recurso de RTVE y Mercury Films, la jueza señala que, pese a que la ley no obliga a motivar, "en ningún caso puede considerarse injustificada la petición de información sobre una compra millonaria que, en base a la información publicada, era susceptible de suscitar al menos recelos en el receptor".

Tampoco considera, como alega RTVE, que esa información afecte al derecho a la intimidad de nadie, en tanto que la normativa prevé que se puedan ocultar los datos personales en las copias de los documentos (como los contratos). "Nada impide por tanto que RTVE facilite la información relativa a la copia del contrato, eliminando nombre, apellidos, DNI, firmas o rúbricas de los representantes de las sociedades mercantiles", dice la sentencia. Vamos, que se pueden tachar.

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Vista de unas instalaciones de RTVE | EFE

Tampoco cuela el argumento tanto de la Corporación como de Mercury Films (Enrique Cerezo) de que existe "un posible perjuicio para los intereses económicos y comerciales, como el conocimiento de los precios de compra-venta de las películas, que podría llevar a abusos de posición dominante por otras empresas en competencia con ésta". Para el juez, ese perjuicio ni se acredita ni se concreta, sino que es "una mera hipótesis o posibilidad".

"Además", prosigue la sentencia, "en relación a la productora y a la vista del contenido de la noticia en la que se dice que [el productor] tiene prácticamente el monopolio del cine en España, difícilmente se podrían producir los hipotéticos perjuicios que se alegan".

RTVE pierde los recursos

El empeño de RTVE por litigar para negarse a proporcionar información pública, algo que obliga la Ley de Transparencia, choca con la realidad en los tribunales. La semana pasada, Público informaba de una sentencia similar en la que se obligaba a RTVE a informar sobre el coste para las arcas públicas del fallido programa de Carlos Herrera en TVE '¿Cómo lo ves?'.

Ya a finales de 2018 la Audiencia Nacional avaló otra decisión del Consejo de Transparencia que instaba a RTVE a facilitar la información sobre las retribuciones percibidas en 2014 y 2017 por su personal directivo. Ni cortos ni perezosos, los responsables de la Corporación recurrieron al Tribunal Supremo.

Asimismo, el pasado año el propio Tribunal Supremo obligó a publicar el coste de la participación de España en los festivales de Eurovisión de 2015 y 2016 (400.000 y 450.000 euros respectivamente). Estos procedimientos judiciales tienen un coste que ha de abonar la Corporación con dinero de todos.

¿Por qué RTVE se empeña en recurrir a los tribunales las resoluciones del Consejo de Transparencia, en lugar de cumplir sencillamente la ley e informar de sus contrataciones con dinero de todos? 

Desde la Corporación, fuentes oficiales comentaron a Público que "no está valorado aún si se van a recurrir estas sentencias, dado que son muy recientes las últimas sentencias". "El comité de dirección tomara una decisión dependiendo del criterio jurídico", añadieron las fuentes, que recordaron que "existen unos criterios empresariales y los recursos ya interpuestos responden también a esos criterios".

"Aunque seamos una entidad de derecho público, nos comportamos como una empresa privada en ocasiones, y hay determinados criterios empresariales que tenemos que defender", concluyeron.

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