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Justicia machista ¿Por qué los jueces siguen utilizando el inexistente Síndrome de Alienación Parental en las custodias de menores?

Juristas, psicólogos, forenses, expertos en género e instituciones como el CGPJ advierten de que no debe ser utilizado en sentencias en las que se dirime la custodia de los hijos. Sin embargo su uso se abre paso a través de la utilización de eufemismos diversos.

Manifestación contra la violencia machista/EFE

Marisa Kohan

Una guía elaborada por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en relación a la violencia de género, previene a jueces y operadores jurídico sobre el uso del Síndrome de Alienación Parental (SAP) en las sentencias cuando se diriman casos de custodia de los hijos en procesos de separación de los progenitores.

Este síndrome, afirma esta institución, "no ha sido reconocido por ninguna asociación profesional ni científica, habiendo sido rechazada su inclusión en los dos grandes sistemas diagnósticos de salud mental utilizados en todo el mundo, el DSM-V de la Asociación Americana de Psiquiatría, y el ICE-10 de la
Organización Mundial de la Salud. Según una declaración de 1.996 de la Asociación Americana de Psicología, no existe evidencia científica que avale el SAP, criticando dicha institución el mal uso que de dicho término se hace, especialmente en los casos de violencia de género". 

​¿Pero por qué una institución cuyo fin es ejercer el gobierno del Poder Judicial para garantizar su independencia se dedica a advertir sobre el uso de un término pseudo-científico que pertenece a la rama de la psicología?

Por la sencilla razón de que este supuesto síndrome sólo existe en las sentencias judiciales, dentro de contextos en los que se dirimen la custodia de los menores y en donde de una u otra forma está presente la violencia de género. Es decir, se trata de un síndrome de uso exclusivamente jurídico.

Precisamente porque no es una patología reconocida por ninguna institución médica, psiquiátrica o jurídica, su uso literal es más bien escaso. Sin embargo, a lo largo de los últimos años han ido floreciendo en diversas sentencias (su número va en aumento, según afirma el propio CGPJ), una serie de eufemismos más o menos ingeniosos para referirse a él.

El último caso conocido, fue la sentencia del juez Enrique Agudo del juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Colmenar Viejo (Madrid), que decidió retirar la custodia provisional de sus dos hijas a una madre, aduciendo que "es preciso alejarlas provisionalmente del entorno materno, pues la permanencia en las menores de recuerdos negativos sobre la figura de padre justificarían su rechazo y podría estar instaurando un trauma que viene dado precisamente por la actitud de la madre”.

La valoración de las psicólogas del juzgado, que no evaluaron directamente a las menores, sino que utilizaron la valoración de un equipo terapéutico pagado por el padre, es más contundente. Culpan a la madre del hecho de que las niñas no quieran ver al padre y proponen al juzgado realizar una "desprogramación afectiva".  Con este argumento, se prohibió a la madre de las menores tener contacto alguno con las niñas durante un período de nueve meses y en este momento sólo a través de visitas vigiladas de una hora a la semana en un punto de encuentro familiar. Es interesante resaltar que la madre de las menores había denunciado hacía unos años (2012) a su expareja por supuestos abusos sexuales a una de sus hijas, acusación de la que finalmente fue absuelto por un error en la grabación de la prueba preconstituida.

Otro caso reciente es el de Karen Gutiérrez, en el que un juez decidió cambiar el sentido de la custodia en favor del padre, a pesar de los informes en contra de los servicios sociales del juzgado. En este caso, la justificación utilizada por el juez de la Audiencia Provincial de Bizkaia es la "instrumentalización del niño" por parte de la madre. Joel, que así se llama el menor, ha estado siempre con su madre, que era su cuidadora habitual y ha mostrado en diversas ocasiones pruebas de terror a ver o estar con su padre. Desde finales de julio pasado, la madre sólo puede ver al niño en un Punto de Encuentro Familiar, y las visitas habían sido desaconsejadas para propiciar la supuesta integración con el padre.

Se utilice el término que se utilice, explican los expertos, de lo que se trata es de darle cierta apariencia de cobertura científica a un síndrome que no existe, ni está reconocido. "Lo de desprogramación afectiva o instrumentalización del menor, son sólo dos ejemplos de supuestas terapias para curar el SAP", afirma el médico forense y ex delegado del Gobierno para la violencia de Género, Miguel Lorente.

Se trata, para este experto, de "inventos que hacen desde la psicología quienes están a favor de la idea de que las madres manipulan a los hijos e hijas contra los padres. Pero del mismo modo que no existe la alienación, tampoco existe la desprogramación. Se trata de nombres que se inventan para darle apariencia científica a planteamientos ideológicos sin ninguna base real".

En todos estos casos hay un elemento que es real: que el niño o la niña no quiere ver al padre. Pero para los expertos, lo importante es entender el por qué de esta actitud. La causa más frecuente de este rechazo afectivo y cognitivo es, según muchos de ellos, es la violencia que ha sufrido en la relación de pareja de los padres. "Puede haber otras causa, afirma Lorente, pero mayoritariamente este rechazo se da en casos donde ha habido violencia de género", del que los niños son víctimas directas. 

El hecho de que su uso comience a ser habitual en los juzgados de familia cuando los niños no quieren ver a los padres en causas en los que no hay violencia declarada, hace pensar a muchos jueces y operadores jurídicos que la causa del rechazo no está relacionada con la violencia de género. Sin embargo, tal como afirma Lorente, "esto es una trampa". Según la macroencuesta de violencia contra la mujer realizada en 2015, el 73% de las mujeres que sufren este tipo de violencia deciden salir de ella a través de la separación, no por la vía de la denuncia. El resultado, tal como explican los expertos, es que los juzgados de familia tienen una sobrerepresentación de situaciones de violencia no declarada, donde "los niños han vivido intimidación para la que han generado estrategias para minimizar su impacto mientras la sufren, pero que cuando se sienten más seguros ante una separación, es cuando abiertamente manifiestan no querer ver al padre", explica Lotente. La lectura que se hace en muchos de estos juzgados, es que la madre ha manipulado a los niños en contra del padre. Las posibilidades de que esto ocurra, según afirma este médico forense, es "ninguna". "Ni existe el síndrome, ni se dan las condiciones para que ese proceso de decognición se pueda llevar a cabo.

Para Lorente, "este proceso de alienación que significa romper el plano afectivo y cognitivo es imposible. Cuando está descrito, ese proceso necesita de una serie de circunstancias como el de aislamiento y desconexión de la realidad, de falta de contacto absoluto con el progenitor... Circunstancias que no se dan en los procesos de separación, en los que el niño sigue yendo al colegio, tine contacto con la realidad y viendo al padre, aunque sea en los regímenes de visitas".

Lo que sí ocurre con demasiada frecuencia, afirma Carmela del Moral, Analista jurídico de derechos de infancia en Save the Children, es que "a los menores no se las escucha en los procesos judiciales, lo que contradice la legislación, que afirma que en cualquier proceso de separación se debe escuchar a los niños o niñas (tengan la edad que tengan) y que esta evaluación debe ser realizada por profesionales preparados para ello". Otro tema a tener en cuenta, afirma del Moral, es que "la decisión que tome el magistrado, debe estar basado en el interés superior de los menores, que no es algo etéreo, sino que se trata de una evaluación que hacer teniendo en cuenta elementos concretos. En todo caso, afirma, las decisiones judiciales deben estar debidamente argumentadas, cosa que en demasiados casos no ocurre y sólo se hace mención a un supuesto síndrome que no tiene base científica.

"Necesitamos un sistema judicial que escuche a niños y niñas de forma adecuada, que no los revictimice y que cuente con psicólogos forenses formados para este tipo de interrogatorio", afirma del Moral.

"Una mentira repetida infinitas veces, no se convierte en verdad"

"Una mentira repetida infinitas veces, no se convierte en verdad. Y esto es lo que están intentando hacer con el SAP", afirma Sonia Vaccaro, psicóloga clínica especialista en violencia de género. "Estamos frente a un fraude absoluto que, lo disfracen de lo que lo disfracen, en realidad es ideología pura. Ideología patriarcal".

Para esta experta, el SAP es una herramienta ideal para cualquier abogado que quiera ganar causas, porque una vez que este síndrome hace su aparición, niega toda la evidencia y la remite siempre a que todo lo que sucede a partir de ese momento, ocurre precisamente por lo pérfida y malísima que es la mujer madre", añade Vaccaro.

"Las instituciones tienen que actuar"

"No basta con decir que no se recomienda utilizar el SAP", afirma Marisa Soleto, presidenta de Fundación Mujeres. "Además de prevenir su uso, las instituciones tienen que actuar cuando lo detectan".

En un comunicado hecho público este lunes, esta fundación recuerda que "han sido ya muchas las instituciones y organizaciones que se han manifestado contra el uso judicial de este inexistente síndrome y han denunciado sus consecuencias, en especial en relación con la vulneración de los derechos fundamentales de los niños y las niñas, que ven cómo este síndrome se utiliza para obviar sus declaraciones ante los tribunales y apartarles del entorno materno sin las mínimas garantías procesales y, muchas veces, en contra de sus deseos".

Por eso piden que se incrementen los esfuerzos de formación de los profesionales de la psicología, incorporando la perspectiva de género y un amplio conocimiento de los derechos de los niños y las niñas.

Exigen al CGPJ que vaya más allá que simplemente desaconsejar su utilización, y que abra investigaciones sobre los juzgados que estén aplicando este síndrome o "la terapia para su supuesta curación", y se investiguen las posibles vulneraciones de los derechos de los menores. 

También el ministerio de Justicia y las Consejerías competentes de las distintas comunidades autónomas debería tomar cartas en el asunto. Fundación Mujeres exige que estas entidades emitan "instrucciones necesarias para evitar las actuaciones profesionales de los equipos psicosociales e institutos de medicina legal apliquen el SAP o cualquiera de las terapias que se derivan de este inexistente síndrome.

La sentencia del juzgado de primera instancia número 5 Colmenar Viejo provocó también la reacción de la Asociación de Psicología y Psicoterapia Feminista. En comunicado exigen tanto al Consejo General de la Psicología, como al Colegio de Psicología de Madrid, que se posicionen claramente frente al SAP

"El SAP y sus denominaciones (interferencias, instrumentalización, etc.), se han manifestado como un constructo de corte misógino y patriarcal, utilizado en la justicia para castigar a las madres que denuncian violencia en general y abuso sexual contra sus hijas e hijos en particular", concluyen en el comunicado.

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