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Libertades Alerta, censura: cuando las normas sobre internet perjudican tu libertad de expresión

Leyes de derechos de autor que se usan para 'censurar' contenidos; plataformas que bloquean usuarios para evitar problemas; filtrados previos de información que fallan; un 'derecho al olvido' que se 'olvida' de proteger la historia. La falta de perspectiva a la hora de establecer reglas y ciertos usos espurios de las mismas conducen, a menudo, a situaciones que pueden cercenar la libertad de expresión del ciudadano. El equilibrio no es nada fácil.

Imagen: Pete Linforth | PIXABAY (CC0)

Durante las dos décadas que llevamos de siglo, la explosión de internet ha supuesto un cambio tan radical en la forma de comunicarnos que muchas de las viejas normas de convivencia han tenido que actualizarse a una realidad que —en principio— no tiene fronteras y está abierta a casi todos. Problemas propios de este medio como el espionaje digital, la 'cibervigilancia', la ausencia de privacidad, los ataques informáticos, la piratería digital o la desinformación han impulsado nuevas medidas y normas que, a menudo, pueden perjudicar a los ciudadanos más que protegerlos. Y en el eterno dilema entre la seguridad y la libertad, asoma la amenaza de la censura en múltiples formas.

"Parece que lo que está permanentemente en juego es la libertad de expresión y de información, que es el derecho fundamental para ejercer una gran parte del resto de derechos", comenta a Público el abogado Carlos Sánchez Almeida, director jurídico de la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI).

Este veterano de internet sabe de lo que habla: fue una de las voces más críticas contra la primera redacción de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI), la primera en España en la que se intentaba abordar de una forma general las actividades 'online', que en 2002 eran sobre todo comerciales. Y durante su tramitación se llegó a plantear la obligación general de supervisar los contenidos para que sean 'lícitos' e incluso la censura administrativa (sin pasar por un juez) de contenidos. ¿Les suena de algo estas medidas?

La red ha experimentado cambios muy profundos en 20 años: la aparición y generalización del 'smartphone', el internet de bolsillo, con el iPhone (2007); la omnipresencia de Google y Facebook; la brutal concentración de las plataformas 'online' hasta convertirlas en las compañías más poderosas del mundo; la economía de los datos. Con todo ello han surgido nuevos problemas contra los que hay que luchar: la desinformación y la manipulación, los discursos de odio, la discriminación, la violación de la intimidad, los plagios...

En un interesante análisis publicado esta semana en el New York Times, se pone de manifiesto que las crecientes restricciones normativas para regular dichos problemas, especialmente en la Unión Europea, están generando críticas por el riesgo de censura que conllevan. Una censura que es un verdadero problema no porque puedan afectar a los 'gigantes de la red', sino porque la podemos sufrir usted y yo.

¿Se pueden utilizar todas esas normas para, al final, restringir más allá de sus límites razonables el derecho a la libertad de expresión? Claro que se puede hacer. ¿Es algo éticamente bien hecho? No. ¿Legalmente? Depende. Ofelia Tejerina, abogada de la Asociación de Internautas, pone sobre la mesa dos conceptos fundamentales comprender cómo el creciente laberinto de normas y condiciones sobre el mundo digital: el abuso de derecho y el fraude de ley.

Derecho al olvido

¿Se puede usar la protección de datos personales, algo tan necesario en esta era digital, como una manera de limitar la libertad de expresión? El equilibrio entre ambos derechos es complejo. Por un lado, parece claro que necesitamos normas que nos protejan de la extracción masiva de nuestros datos personales en la red; por otro, algunos de los últimos preceptos, aunque bienintencionados, abren la puerta a comportamientos cuestionables.

Desde que comenzó a hablarse del derecho al olvido —o la supresión de contenidos en buscadores en relación con la protección de datos personales y los derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen— enseguida surgió la controversia: ¿puede conducir tal derecho a dejar inaccesibles documentos y contenidos a petición de cualquiera?

No hace falta remontarse hasta hace mucho para atisbar la potencial dimensión del asunto. La nueva Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), aprobada hace pocos meses, ampliaba de alguna manera el derecho de rectificación, que ahora se puede ejercer contra cualquiera que tenga un perfil en redes sociales (sobre este tema hablaremos más abajo); y también ampliaba su alcance al referirse también a rectificaciones sobre honor e intimidad en internet, independientemente de su veracidad.

Samuel Parra, responsable de ePrivacidad, comenta que si bien no le consta que alguien haya hecho un uso abusivo de este precepto, está seguro de que sucederá: "Alguien intentará colar su caso por esta vía, tal y como hacen algunas empresas con la normativa de protección de datos, pese a que ésta sólo se aplica a las personas".

La protección de este derecho al olvido en internet ya era fuerte antes de la entrada en vigor de la nueva norma, hasta el punto de que Google está obligada a desindexar noticias antiguas con información inexacta que afecte a la reputación de una persona, e incluso se puede obligar a un periódico a desvincular el nombre algunas personas de noticias en los resultados que ofrece el buscador interno de su hemeroteca. Aunque siempre habrá excepciones.

Por si fuera poco, hace dos años la Agencia de Protección de Datos multó a Google por notificar a un interesado la retirada de enlaces de sus resultados a raíz de una reclamación por derecho al olvido. Se busca así la efectiva protección del supuesto perjudicado, pero tiene serias consecuencias: ya no se avisa de esta falta de información. De este modo, no hay forma de saber qué contenidos concretos han sido desindexados por el buscador y, por tanto, resultan ilocalizables para el común de los mortales.

Derechos de autor

La lucha contra la 'piratería' digital ha dejado décadas de titulares sobre las sucesivas normas que endurecían cada vez más la actividad de intercambiar contenidos protegidos (música, vídeo, libros) en internet. Desde la famosa actualización de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) que estableció la llamada Ley Sinde, hasta la última actualización de la misma, esta normativa ha abierto la puerta a la peligrosísima censura administrativa.

La penúltima vuelta de tuerca se produjo con la aprobación reciente de la Directiva del Copyright, cuyo artículo 17 (durante su tramitación era el artículo 13) pretende evitar que los usuarios cualquier plataformas sociales de publicación de contenidos, como Twitter, Facebook, Instagram y aplicaciones comerciales, publiquen material infractor, con una serie de excepciones como la cita y la parodia.

Imagen: Pete Linforth | PIXABAY (CC0)

Imagen: Pete Linforth | PIXABAY (CC0)

Muchos temen que estas plataformas se verán obligadas a la instalación de filtros automáticos para evitar que los usuarios suban materiales con derechos de autor, algo que ya hace YouTube con ID Content, por ejemplo, o Instagram, mediante sus propios algoritmos.

¿Se usan las normas de derechos de autor como excusa para limitar la libertad de expresión? Como ya vimos recientemente, una sobreprotección de los derechos de autor puede llevar a situaciones en las que, debido al celo de las plataformas por preservar los derechos de autor, terminen bloqueando contenidos legítimos por reclamaciones que no se comprueban lo suficiente. Y esta celeridad de las plataformas para bloquear infractores es algo demasiado tentador, como veremos ahora.

Un cóctel de ambos

En una pirueta un tanto retorcida, algunos recurren a normativas de copyright para obligar a Google a 'desindexar' contenidos incómodos de forma que, en la práctica, sean ilocalizables: plagian un contenido, modifican la fecha y lo denuncian al buscador. Este asunto —que nada tiene que ver con el derecho al olvido ni con la protección de datos personales— pone de manifiesto además los fallos del buscador a la hora de comprobar las denuncias falsas por de derechos de autor, por muy evidentes que sean. Se trata de un "uso espurio" de la legislación de copyright que, sin embargo, funciona.

Google 'desindexa' los contenidos a partir de las denuncias que se realizan a través de un formulario. Y la decisión es automática: si el algoritmo ve que una publicación está fechada antes que otra igual, como pasó en este caso, la eliminará de sus resultados aunque esa fecha esté manipulada. Por si acaso. Se trata de un ejemplo perfecto de cómo las plataformas de contenidos se curan en salud frente a posibles reclamaciones, demandas y millonarias multas.

Google asegura que cada petición de retirada de una URL es revisada por sus "equipos" (no especifica si son humanos o simplemente máquinas). "Si cumple todos los requisitos y no se detecta ningún problema, eliminamos la URL de los resultados de búsqueda", sostiene en su informe de transparencia sobre este asunto. Todas las retiradas por supuesta infracción de copyright son notificadas a los webmásteres afectados, para que puedan alegar. Hasta la fecha, el buscador asegura que ha recibido peticiones de supresión para 4.087.261.381 URL por supuestas infracciones de derechos de autor en todo el mundo.

Algo así hizo en su día el Centro de Seguridad de la Información de Catalunya (CESICAT) cuando comenzaron a publicarse los informes que destapaban el escándalo de la vigilancia y perfilado de activistas en Twitter: lo primero que intentaron desde esta institución pública fue reclamar a plataformas como Dropbox la retirada de los documentos que evidenciaban este seguimiento, filtrados por Anonymous, por infracción de la ley estadounidense de copyright.

Como apunta el abogado Sánchez Almeida, "este uso de las normas de copyright es absolutamente espurio", al instrumentalizar este tipo de leyes para borrar el rastro de informaciones veraces pero incómodas.

Para él, sería necesario "exigir a Google que hubiese una revisión humana antes de tomar la decisión de eliminar un contenido o un enlace, especialmente en asuntos con tantos matices como los derechos de autor en los que el hecho ilícito no es tan evidente como en otros casos, como la pornografía infantil". "Que tome esas decisiones una máquina es peligroso, así que quizá habría que exigir a los legisladores que aborden este asunto en la próxima transposición de la nueva directiva de copyright", concluye. Porque está claro que los filtros algorítmicos fallan.

Términos de uso

¿Cuántas veces hemos visto cuentas de Twitter bloqueadas por violación de los términos y condiciones de uso de la plataforma? ¿Recuerdan la reciente desaparición de cuentas de WhatsApp y Facebook de varios partidos políticos en la recta final de la última campaña electoral para el 28A? Todas las plataformas y redes sociales vigilan muy de cerca posibles comportamientos contrarios a sus condiciones, aunque ello a veces suponga eliminar de la conversación pública ciertos contenidos.

Es necesario ponderar la libertad de expresión con la seguridad de la sociedad y la libertad de la prestación de un servicio, recuerda el abogado e ingeniero Sergio Carrasco, en conversación telefónica. En este contexto, recuerda es experto, "lo que sucede es que la normativa, indirectamente pero cada vez más, atribuye la condición de controlador de contenidos al prestador, ya que están viendo que es el que puede reaccionar más rápido ante una reclamación".

Reflejo del logo de Facebook en un ojo. REUTERS/DADO RUVIC/

Reflejo del logo de Facebook en un ojo. REUTERS/DADO RUVIC/

O sea, estamos convirtiendo a Google, Facebook, Twitter, etc. en los jueces de lo que se puede publicar y de lo que no. "Con el añadido de que estas multinacionales están sometidas a multitud de normativas diferentes en cada país: no es lo mismo la normativa en Egipto o Turquía que en la UE", apunta Carrasco. Esto se traduce en una variedad de medidas a tomar. Y la más sencilla es, sencillamente, el bloqueo. Por si acaso.

¿Pueden usarse los términos y condiciones como excusa para limitar la libertad de expresión? Pues existe el riesgo, claro. "Al final", razona este especialista, "ante las peticiones de bloqueo de un gobierno, de unos jueces o de los particulares, basados en los términos y condiciones de uso y en los volúmenes que reciben las plataformas como Twitter, YouTube o Google, les obliga a aceptar falsos positivos causados por mecanismos automatizados".

Estas empresas van a tender siempre a bloquear cualquier incumplimiento de sus términos de uso, y ofrecer procedimientos para que los afectados puedan recurrir. "Y la decisión de bloquear la tomará un sistema porque es imposible que un equipo humano pueda revisar los miles y miles de reclamaciones que reciben", concluye.

Discurso de odio

Los 'discursos de odio' suelen estar incluidos como uno de los motivos de suspensión de cuentas o eliminación de contenidos de redes sociales y plataformas, precisamente en los citados términos y condiciones. Unido al endurecimiento de las normas que combaten los llamados delitos de opinión, el resultado es claro: más bloqueos 'online' y una cierta sensación de autocensura.

El auge de los delitos de opinión en internet ha tenido serias consecuencias en las redes sociales desde hace relativamente poco. Una interpretación extensiva del delito de odio, por ejemplo, puede terminar por menoscabar la libertad de expresión. Especialmente cuando se hace crítica política. Existen decenas de condenados por delitos de enaltecimiento del terrorismo en Twitter, injurias a la Corona o insultos a la Policía, aunque en algunos casos la cosa ha terminado en absolución.

¿Puede usarse la protección contra los discursos de odio como excusa para limitar la libertad de expresión? Ofelia Tejerina, abogada de la Asociación de Internautas, cree que se ha incrementado "rotundamente" el riesgo para la libertad de expresión por este motivo.

El logo de Twitter, visto a través de un cristal roto

El logo de Twitter, visto a través de un cristal roto

"Este tipo de comportamientos en las redes es un problema importante y hay que atajarlo, pero la capacidad de las autoridades judiciales, policiales y del Legislador son limitadas y no ven la manera de atajarlo", afirma la experta. "Por eso", añade, "están matando moscas a cañonazos, tratan de ejemplificar a través de la ley para que nadie haga esto".

Esta abogada sostiene que la diferencia entre los delitos de opinión (injurias, enaltecimiento, etc.) y "el mal gusto" está definida desde hace años en la jurisprudencia, pero en internet lo que se está buscando es ejemplificar. ¿Y el humor? Tejerina considera que lo que estamos viendo hoy en las redes es "mucho justiciero". "Como nos escandalizamos por todo, vamos perdiendo poco a poco el sentido del humor", comenta, "y parece que estamos reprimiendo mucho de lo que se podría publicar perfectamente: estamos en la era del ofendidito". Y no es para tomárselo a risa.

Además, como ya hemos visto, las plataformas de internet y las redes sociales incluyen prohibiciones expresas sobre los discursos de odio en sus términos y condiciones, de modo que si alguien notifica que un mensaje, contenido o imagen le ofende, estas empresas pueden bloquear y hasta eliminar cuentas. Es decir, los gigantes de internet se han convertido en jueces de lo políticamente correcto en la red.

Cibervigilancia

Que no hay forma de salir de la vigilancia constante en la era digital es un hecho contrastado. Cualquier excusa —desde la lucha contra el terrorismo hasta un mero beneficio para los partidos políticos— es buena para aumentar tanto el poder de las plataformas como de los gobiernos para monitorizar nuestra vida. Y ello deriva en decisiones, muchas de ellas secretas, que afectan a nuestra relación con lo digital e incluso a la misma infraestructura de la red. ¿Puede usarse la cibervigilancia como excusa para limitar la libertad de expresión?

La cibervigilancia sí afecta a la libertad de expresión e información 'per se', según afirma Paloma Llaneza, prestigiosa abogada y consultora de seguridad y autora del libro 'Datanomics' (Deusto, 2019). "Si uno tiene la sensación de sentirse vigilado, su libertad de expresión se ve limitada automáticamente", añade. Porque cuando hablamos de privacidad no sólo nos referimos a la intimidad individual, sino también al derecho de poder expresarse ahora sin tener que pensar en las consecuencias que puede tener en un futuro haberse expresado de un modo determinado.

Nuevamente el fantasma de la autocensura aparece en la foto: "Nos limitamos para no tener que enfrentarnos a juicios sociales, o a perder un trabajo o una amistad; el propio sistema obliga a limitar la libertad de expresión porque es la única buena práctica que te garantiza evitar ser trazado o tener problemas en el futuro", añade Llaneza.

Esta abogada, además, recuerda que nuestra relación con las plataformas de contenidos y las redes sociales son de naturaleza contractual privada: "Al usarlas, nos sometemos a una serie de normas de comportamiento, y ahí se produce una limitación de la libertad de expresión de esas entidades: desde la retirada de una foto en Instagram o Facerbook, hasta cómo se gestionan los discursos de odio o la desinformación".

Por tanto, resume la autora, "nuestros derechos fundamentales en internet están sometidos y restringidos por cláusulas contractuales que, además, no podemos negociar".

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