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Violencia de género El Supremo condena el "silencio cómplice" que aboca a víctimas de maltrato a la soledad

Denuncia en una sentencia la "soledad" y la "falta de apoyo y ayudas de su entorno" que sufren muchas víctimas de violencia de género que, unida a la "presión" del círculo del agresor supone una auténtica "losa" para denunciar. 

Zona de cuidados habilitadas durante la manifestación feminista del 8M (2019). MANOLO FINISH

Publico / agencias

Una sentencia emitida por el Tribunal Supremo este miércoles advierte y condena lo que denomina "el silencio cómplice" que sufre la víctima de violencia de género por parte de su entorno y que acaba llevándolas a una situación de "soledad" debido a la "falta de apoyo y ayudas" que, unida a la presión del círculo del agresor, actúa como "una losa" que le impide denunciar.

Lo ha hecho en una sentencia en la que rebaja de 17 años y 9 meses de prisión a 16 años y 11 meses la condena que le impuso el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco a un hombre que agredió sexualmente a su pareja tras haberla maltratado en anteriores ocasiones, algo que la víctima ocultó previamente y se había negado a denunciar.

La sentencia, de la que fue ponente el magistrado Vicente Magro, reconocido por utilizar en las decisiones la perspectiva de género, vuelve a recordar que "la falta de denuncia de hechos previos por la víctima no puede convertirse en dudas acerca de su credibilidad por su denuncia tardía", y destaca, como elemento novedoso la presión que sufre la víctima por parte del círculo del agresor y por el silencio de familiares y amigos.

La víctima sufrió a lo largo de dos años varias agresiones de gravedad por parte de su pareja que la llevaron incluso a someterse a una operación quirúrgica por la rotura de la nariz provocada por un puñetazo, o a una baja de 60 días por retorcerle los brazos y provocare lesiones en un codo. Casos que la mujer siempre achacó a accidentes, sin denunciar las agresiones.

Tras dos años y medio de relación, la víctima decidió ponerle fin en 2015 pero en junio de 2016, el agresor la esperó en su portal

Tras dos años y medio de relación, la víctima decidió ponerle fin en 2015 pero en junio de 2016, el agresor la esperó en su portal, la presionó para que lo dejara subir al piso con amenazas de montar un espectáculo. Una vez dentro de la vivienda le propinó varios puñetazos y la agarró "fuertemente" del cuello generándole un "efecto de asfixia" por el que perdió el conocimiento. Cuando lo recuperó, la víctima se encontró "al condenado sobre ella, habiéndola penetrado al tiempo que le agarraba las muñecas sujetándola, y le decía que 'si no era de él no eres más de nadie'".

Después, el condenado se manchó la cara con la sangre de la víctima y llamó a la Policía. Fue entonces cuando la mujer, que nunca quiso denunciar, contó todo, si bien el tribunal de instancia recordó en su sentencia que si no hubiera sido por esa llamada del agresor, el caso hubiera quedado "fuera de los juzgados".

La Audiencia de Vizcaya alertó de "la soledad y vulnerabilidad" de la mujer, que "en el momento en que sigue adelante con la denuncia que deriva de la llamada a la policía, se queda sola y ve que todos sus paisanos y paisanas declaran en favor del acusado" hasta el punto de "organizar eventos" para apoyarle y cuestionar la credibilidad de la víctima, de manera que "parece probable que ella percibiera ese devenir y motivara que no quisiera denunciar nunca".

Ahora, el Supremo respalda a la Audiencia de Vizcaya por hacer notar la soledad en la que se encuentran muchas víctimas ante su propio entorno y el círculo del agresor, ya que "ello es lo que provoca y coadyuva al silencio de las víctimas ante el maltrato".

"Se habla, así, del silencio cómplice del entorno de la víctima de malos tratos y el acoso cómplice del entorno del agresor, o llegar mucho más lejos, como reconoce el Tribunal en este caso, cuestionando ese entorno del agresor la credibilidad de la víctima en estos momentos, negando la existencia del maltrato", agrega.

"El sentimiento de temor de las víctimas ante lo que pueda ocurrir es lo que provoca el rechazo a la denuncia"

La sentencia recalca que “el sentimiento de temor de las víctimas ante lo que pueda ocurrir es lo que provoca el rechazo a la denuncia, junto con la falta de ayuda de su entorno, e, incluso, como aquí ha ocurrido, la oposición a que mantenga los hechos agresivos que han ocurrido y que el Tribunal ha declarado probados.

Por eso, abunda el escrito, ese silencio y acoso que se mueve en dos direcciones "se convierten en una losa para la víctima cuando quiere denunciar y no encuentra ayudas, por lo que el retraso en la denuncia en estos casos no puede ser sinónimo de duda de credibilidad por suponer una característica, cuanto menos extraña y especialísima, en esta criminalidad de género".

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