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Consumidores en Acción FACUA denuncia a más de 40 festivales de música por impedir el acceso con comida y bebida

La asociación critica la pasividad de las autoridades de protección al consumidor e indica que al no imponerse multas contundentes se está facilitando que las empresas inflen sus beneficios.

Un concierto durante el festival Cabo de Plata / Cabo de plata

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La organización FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a las empresas organizadoras de más de cuarenta festivales y conciertos en España por no permitir a los usuarios acceder con alimentos o bebida adquiridos en el exterior. 

Las denuncias se han presentado contra las promotoras de los festivales ante las administraciones de consumo de las comunidades donde se celebran estos eventos, según lo indica la organización.

Se trata de cuarenta y dos eventos celebrados entre mayo y agosto en nueve comunidades autónomas. Seis de ellos se han organizado en Andalucía, uno en Cantabria, seis en Castilla y León, cinco en Cataluña, siete en la Comunidad de Madrid, siete en Comunidad Valenciana, cuatro en Euskadi, cuatro en Galicia y dos en Navarra. 

A pesar de que a finales de los años 90 las autoridades de consumo han consensuado que estas prohibiciones son ilegales, FACUA considera "lamentable que no actúen ante unas irregularidades que se producen en numerosos eventos musicales, cines y parques de atracciones." 

Al no imponerse multas contundentes desde las administraciones de protección al consumidor autonómicas, la organización considera que se está facilitando que las empresas inflen sus beneficios al provocar que los usuarios tengan que adquirir la comida y bebida en los establecimientos de los propios recintos, a precios generalmente más elevados. 

No permitir la entrada de comida y bebida es "abusivo"

La organización advierte de que el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios considera que no permitir la entrada con comida y bebida de fuera es una cláusula abusiva según el artículo 82.1, que establece como tales todas aquellas prácticas que causen "un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato". 

De la misma manera, la Comisión de Cooperación de Consumo, considera que "las cláusulas en las que se impone al consumidor limitaciones en orden a la adquisición de los productos sin fundarse en circunstancias objetivas, deben ser consideradas abusivas", en relación a la limitación del derecho de admisión en los cines.

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, sobre la prohibición de entrar a los cines con comida y bebida, recoge que "resulta irrazonable entender la limitación de la capacidad de elección del consumidor", señala FACUA. 

FACUA recomienda a los usuarios que se encuentren con esta prohibición que denuncien

 Por último, la organización de consumidores recomienda a los usuarios que se encuentren con esta limitación que procedan a denunciarla mediante una hoja de reclamaciones en los establecimientos o con un escrito de la denuncia a la administración de consumo de su comunidad autónoma. 

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