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Infancia Libre La Audiencia de Granada devuelve la custodia de su hija a la vicepresidenta de Infancia Libre

Establece que la madre no pudo cometer un delito de sustracción de la menor porque "ya en junio de 2019 tenía atribuida definitivamente la guardia y custodia" de su hija. Además reprende al juez de instrucción que le quitó la custodia porque "carecía de competencias"  para tomar dicha medida.

Algunas de las mujeres ligadas a Infancia Libre, tres de las cuales fueron detenidas.

Marisa kohan

Una sentencia de la Audiencia Provincial de Granada devuelve la custodia de su hija a Rocío de la Osa, la vicepresidenta de Infancia Libre. La niña había sido entregada a una tía paterna de la menor por un juez de instrucción el pasado mes de junio, cuando la madre fue requerida para presentarse ante la justicia por un supuesto delito de sustracción de menores y por desobediencia por no cumplir el régimen de visitas del padre.

Este caso se encuadró dentro de las diversas actuaciones llevadas a cabo por la Unidad de la Policía adscrita a los Juzgados de Plaza de Castilla, que entre los meses de abril y junio detuvo a otras tres madres pertenecientes a dicha organización, acusadas de sustraer a sus hijos e hijas y de incumplir las visitas con los padres de las menores. De la Osa nunca fue detenida, pero si llamada a presentarse en el juzgado, trayecto durante el que fue acompañada por la policía. 

En ese momento, el juez de instrucción nº 9 de Granada decidió un cambio de custodia inmediata de la menor, que no entregó al padre (condenado por violencia hacia la madre), sino a una tía de la niña, retirándole la custodia y las visitas a la madre de la menor.

Ahora, en un auto fechado el día 20 de noviembre, pero conocido este miércoles, la Audiencia de Granada afirma que el juez instructor que retiró la custodia a la madre, "carecía de competencia para acordar las medidas de naturaliza civil que acordó" y estima que las medidas impuestas en mayo de 2017 por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº1, que otorgaban la custodia a la madre tenían "carácter definitivo".

Los magistrados entienden, también, que el delito de sustracción aducido para el cambio de custodia por el juez instructor no existe "porque la Sra. de la Osa no podía cometer en aquel momento sustracción de menores al ser la progenitora con quien la hija común convivía habitualmente".

El auto explica que desde mayo de 2017 la madre tiene al guarda y custodia en exclusiva de la menor por una sentencia del Juzgado de Violencia sobre la Mujer, que en esa fecha archivó una orden de busca y captura hacia ella por sustracción. En esa misma sentencia de 2017 el juzgado estableció que la visitas de la niña con su padre debían ser establecidas de mutuo acuerdo entre los dos progenitores, pero no estableció ni día ni hora para éstas. Hasta junio pasado en que el juez de instrucción decidió el cambio de custodia de la menor y se la entregó a una tía paterna, estas medidas no se habían acordado.

"Este problema se inicia a raíz de la investigación que abre por la Unidad de la Policía adscrita a los Juzgados de Plaza de Castilla en su intento de demostrar que Infancia Libre es una organización criminal", afirma Vicente Tovar, abogado de De la Osa. Entonces, explica este abogado, la Policía remite a los juzgados de Granada una orden de busca y captura contra la vicepresidenta de Infancia Libre que ya no estaba en vigor, porque había sido archivada en 2017.

"Lo que es un auténtico disparate es que con una información policial pero sin ninguna vista o comparecencia de las partes, un juez de instrucción decida reabrir una supuesta causa de sustracción y desobediencia y dictar un auto suspendiendo una sentencia de un juzgado de familia", afirma Tovar.

Los magistrados de la Audiencia de Granada también desechan una supuesta amenaza por parte de De la Osa hacia su expareja y afirman que "desconocemos en qué consisten, pues si se refieran a la nota que según dijo el Sr. G.G.S [padre de la menor], apareció debajo de la puerta de su domicilio en Madrid, no contiene amenaza alguna". 

El auto de la Audiencia concluye que De la Osa no pudo cometer el delito de sustracción de menores "ya que en junio de 2019 tiene atribuida definitivamente la guarda y custodia de la menor. Al no existir indicios fundados de la comisión de los delitos que el Sr. instructor aduce para dictar la orden de protección, ésta debe dejarse sin efecto".

Según el abogado de De la Osa, esta sentencia es de ejecución inmediata, por lo que espera que en cuestión de pocos días la niña vuelva a convivir la la madre.

Investigación policial por "organización criminal"

Entre los meses de abril y junio de esta año tres mujeres ligadas a la asociación Infancia Libre fueron detenidas y una, Rocío de la Osa, fue requerida ante la justicia bajo pena de arresto. Las detenciones sucedieron en un corto período de tiempo y todas ellas fueron aireadas a la prensa en tiempo real.

A pesar de que cada caso tiene características distintas, la Unidad de la Policía Adscrita a los juzgados de Plaza de Castilla (que fue quien llevó a cabo las detenciones), se centró las características comunes (como que algunas de ellas compartían abogada, o había utilizado los servicios de los mismos pediatras o psiquiatras de la sanidad pública...) para abrir una investigación que para determinar si Infancia Libre era una "organización criminal". Finalmente, la investigación fue entregada por la Policía a la Ficalía el pasado 23 de julio, para que decidiera si investigar los hechos.

El pasado 29 de noviembre, María Sevilla y su actual pareja (presidenta y secretario respectivamente de la organización), declararon ante la Fiscal que lleva el caso.
En su declaración, María Sevilla afirmó conocer sólo a cuatro de las más de 20 mujeres que figuran en el informe policial, y negó que la organización se constituyera para delinquir. Sevilla explicó que se trataba de un grupo de apoyo y ayuda contra los abusos sexuales a menores y que tenía como objetivo dar apoyo a las familias y cambiar la legislación para favorecer la protección de dichos menores.

Sevilla también resaltó en hecho de que las cuatro madres ligadas a la organización que reconoce en el informe policial, habían denunciado a sus exparejas por abusos hacia sus hijos e hijas con anterioridad a la creación de la organización. El hecho de que todas la denuncias fueran archivadas por falta de pruebas no demuestra según Sevilla, que fueran falsas, tal como afirma el informe policial, sino que se trata de una práctica extendida en la justicia.

De hecho, el 70% de las denuncias de abusos a menores en nuestro país no llegan nunca a abrir un juicio oral y se cierran por falta de pruebas, tal como han denunciado diversas organizaciones, entre ellas Save the Children. La falta de credibilidad en el testimonio de los menores y de las madres, así como la falta de personal y de especialización de los servicios psicosociales de los juzgados, son algunas de las motivos de esta baja condena. Se estima que cada tres horas se denuncia un abuso sexual hacia un menor en nuestro país, aunque esto sólo supone la punta de un iceberg, porque se calcula que sólo se denuncian el 15% de los casos. 

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